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PROYECTO DE TP


Expediente 7259-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, JULIO CESAR ALAK, ANTE LAS COMISIONES DE JUSTICIA Y ASUNTOS CONSTITUCIONALES DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, SOBRE EL INCUMPLIMIENTO DE LA LEY 26376, DE DESIGNACION DE JUECES SUBROGANTES DE PRIMERA INSTANCIA, NACIONALES O FEDERALES.
Fecha: 12/10/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 143
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Citar al Ministro de Justicia y Derechos Humanos Julio César Alak en virtud del artículo 204 del Reglamento de la Cámara de Diputados y artículo 71 de la Constitución Nacional para que explique ante las Comisiones de Justicia y Asuntos Constitucionales los motivos del incumplimiento de la ley 26.376 que ordena el envío de un listado de conjueces al Senado con el fin de designar jueces subrogantes y que pasados cuatro años de la sanción de la norma sigue sin enviarse.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El pasado viernes asistimos a una inusual conferencia de prensa presidida por el Ministro de Justicia desde el Consejo de la Magistratura, flanqueado por miembros oficialistas de ese órgano.
El Ministro Alak desplegó un alegato centrado en las irregularidades que a su juicio exhibe la designación del Juez subrogante Raúl Tettamanti en el Juzgado 1 del fuero en lo Civil y Comercial Federal.
Alak descalificó a Tettamanti por no tratarse de un "juez natural", al no haber sido designado por el procedimiento establecido por la Constitución Nacional, que requiere la intervención del Consejo de la Magistratura, destacando negativamente el hecho de que Tettamanti se trata de un juez ya jubilado.
Más allá del desconocimiento jurídico que exhibió al usar un concepto, el de "juez natural", que no se refiere a las personas físicas sino a la institución de los juzgados, es alarmante la falta de buena fe en la que incurrió al silenciar información esencial para entender el problema, del que él y la Presidenta son hoy los mayores responsables.
La existencia de jueces subrogantes es una práctica establecida por el propio Consejo de la Magistratura en 2004 y que fue declarada inconstitucional en mayo de 2007 por la Corte Suprema de Justicia por afectar la garantía de acceso a un juez independiente.
En mayo de 2008 se dictó la ley 26.376, que intentó reparar la cuestión y estableció un sistema que requiere la confección de un listado de conjueces que debe ser elaborado por el Poder Ejecutivo.
Desde esa fecha ni la Presidenta ni el Ministro Alak -que ocupa la cartera de Justicia desde julio de 2009- enviaron el listado de conjueces que ordena el artículo 3 de la norma para poder superar un panorama caótico en el que cada Cámara designa los jueces subrogantes en un marco de escasa transparencia.
Para peor Julio Alak no sólo se agravió únicamente por la situación del Juez Tettamanti sino que además en dos recientes notas periodísticas demostró desconocer el procedimiento que establece la ley 26.376 o al menos darle una interpretación "controversial" al artículo 3:
"Escuché que la oposición se ha quejado de que no hayamos utilizado la ley de jueces subrogantes, enviando al Senado la nómina de jueces subrogantes para que sea la Cámara la que seleccione esos nombres. No lo hemos hecho porque hemos apostado a la dinámica del Consejo de la Magistratura en el proceso de selección ordinario de jueces a través de lo que establece la Constitución y la ley del Consejo de la Magistratura. Pasa que la maniobra se perfecciona en dos frentes: en uno se procede a la designación irregular mediante un sorteo poco transparente y en otro el bloqueo en la designación de las ternas que desde hace tres años llevó adelante el Consejo de la Magistratura en el concurso 258." (1)
Asimismo en un artículo de La Nación sostuvo que no habrían dado cumplimiento a la ley en razón de esperar que el sistema de sorteos funcione adecuadamente (2).
Esta interpretación se contradice con la norma y da muestras de que el Ministro Alak, deliberadamente incumple la ley decidiendo no enviar el listado de conjueces que debe enviar el Poder Ejecutivo al Senado.
Para peor, como un verdadero abogado de parte, cuestiona sólo un caso y no el sistema, confundiendo su rol, ya que él mismo es el responsable operativo que debió instrumentar los mecanismos para que no solo ese sino otros doscientos casos de designaciones inconstitucionales sigan prolongándose en el tiempo. Esta actitud revela también el interés por evadir sistemas transparentes e igualitarios de designación, aprovechándose del poder de presión que tiene el Ejecutivo al disponer de la facultad de confirmar a los subrogantes que aspiran a obtener el cargo en modo definitivo y vetando a aquellos que no satisfagan sus expectativas, como ocurre lastimosamente en este caso.
Por otro lado, reclama independencia judicial para una causa en la que el gobierno es parte, la misma independencia que le niega con su omisión a miles de argentinos que deben litigar en otras causas ante esos mismos jueces. Sin ir más lejos, el propio juez cuestionado terminó renunciado luego del revuelo mediático que causaron el Ministro y los consejeros, dando una clara muestra de cómo la situación actual de los subrogantes atenta contra un adecuado servicio de justicia.
En una investigación que realizamos desde CIPPEC en 2010 (3), advertimos que el 22,6% de los cargos judiciales se hallaba vacante y de esos cargos el 7% era subrogado por jueces ya jubilados.
Recientemente, la Asociación por los Derechos Civiles (4) ha realizado un estudio similar que refleja que el 26,26% de los juzgados de primera instancia del Poder Judicial de la Nación están en manos de jueces provisorios. Ese estudio determinó que en mayo 2012 del total de 165 jueces subrogantes, 137 son titulares de algún cargo en el Poder Judicial, 6 son jubilados, 2 abogados de la matrícula y sobre el resto no se pudo obtener información.
En junio de 2012, con ocasión de la visita del Jefe de Gabinete a la Cámara de Diputados le pregunté expresamente sobre esta cuestión y la respuesta oficial fue que "las actuaciones correspondientes a designaciones de conjueces se encuentran en trámite ante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, a estudio".
Insólitamente, el abogado escogido por el gobierno para cuestionar consecuencias del sistema de designación de subrogantes es el principal responsable de su vigencia.
Por los motivos expuestos, les solicito a mis colegas que me acompañen con su firma.
Referencias:
(1) Victoria Ginzberg, "Quieren digitar al juez", 07 de octubre de 2012, Diario Página 12.
(2) Paz Rodríguez Niell, "El Gobierno recusará al juez del caso Clarín", 06 de octubre de 2012, Diario La Nación.
(3) Manuel Garrido, "La situación actual de los jueces subrogantes en el ámbito federal", 2010.
(4) Asociación por los Derechos Civiles, "Los jueces subrogantes en el Poder Judicial de la Nación", 2012.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GARRIDO, MANUEL CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
ASUNTOS CONSTITUCIONALES