PROYECTO DE TP
Expediente 7250-D-2012
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LOS MEDIOS NECESARIOS PARA INCLUIR EN LA PUBLICIDAD DE LOS JUEGOS DE AZAR, UNA LEYENDA QUE ADVIERTA SOBRE LOS PERJUICIOS QUE IMPLICA PARA LA SALUD EL JUEGO COMPULSIVO.
Fecha: 11/10/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 142
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el Poder
Ejecutivo por medio de los organismos que correspondan, arbitre los medios
necesarios para que en la publicidad de los juegos de azar con apuestas en
dinero que dependen de su jurisdicción, se incluya en lugar visible una leyenda
que advierta sobre los perjuicios que implica para la salud el juego
compulsivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Ponemos en consideración
este proyecto de declaración, a fin de que el Poder Ejecutivo incluya en la
publicidad de los juegos de azar en los que se apuestan cifras en dinero y que
dependen de su jurisdicción, una leyenda en lugar visible que indique sobre lo
perjudicial que es para la salud jugar en forma compulsiva.
El proyecto se fundamenta
en uno de los mayores flagelos que aquejan a nuestra sociedad, como es el de
la adicción al juego o ludopatía. No podemos permanecer indiferentes ante esta
conducta que conduce a la destrucción de familias enteras y con graves
secuelas en la sociedad.
Sabemos que el juego
puede tener consecuencias problemáticas, practicado en exceso, pero sin duda
que la ludopatía implica un impulso que la persona no puede frenar, es una
adicción y como tal debe ser tratada desde todos los ámbitos del Estado.
En este sentido creemos
que el propio Estado debe utilizar todos los medios a su alcance para no
fomentar la ludopatía ni incluso el exceso de juego, desde los propios juegos de
azar que administra.
Nos referimos a los juegos
de azar que se promueven desde la Lotería Nacional S.E., los que dependen de
sorteos como el Loto, y que son promocionados en la vía pública por publicidad
gráfica o visual.
No es congruente el
accionar de un estado benefactor por medio del juego con el de quien lo provee
de recursos por una conducta patológica que puede acarrear su ruina y la de su
familia.
No es la primera vez que
la Cámara de Diputados considera esta temática, ya que en el año 2010 se
aprobó una declaración en el sentido de no alentar mensajes que aludan al
beneficio social como justificativo para jugar.
Esta declaración tiene el sentido
de promover un mensaje a quien juegue, una advertencia para generar
conciencia en lo compulsivo de cualquier juego de azar en el que se hagan
apuestas, y en las consecuencias perjudiciales que acarrea para la salud y el
patrimonio del jugador y de su familia.
Creemos que el mensaje debe
ser claramente visible y no en una letra ilegible que nadie entienda ni le llame
la atención, debe ser una leyenda destacada que ocupe buena parte del
tamaño del aviso, tal como se ha implementado en los paquetes de cigarrillos,
con la reciente aplicación de la ley 26.687 de Regulación de la publicidad,
promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco.
Señor Presidente, apoyamos
desde nuestro lugar en las comisiones de Acción Social y Salud Pública y
Prevención de Adicciones y Control del Narcotráfico, la legislación que trata
sobre la prevención de todas las adicciones, entre las que está la
ludopatía.
Una acción reglamentaria como
la que pedimos no necesita una ley y puede ser dictada en cualquier momento
por el órgano competente; y sus consecuencias, aunque no sean notables al
comienzo, podrían tener en el mediano plazo un efecto multiplicador, lo que
representaría un peldaño en la lucha contra el flagelo de la ludopatía.
Por los motivos mencionados
solicitamos el acompañamiento de nuestros pares en la aprobación de este
proyecto de declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE | SALTA | UDESO SALTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
31/10/2012 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 108 primer parrafo del reglamento de la H. Cámara |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1371/2012 | ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 34/2012 | 14/11/2012 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 14/12/2012 | APROBADO |