PROYECTO DE TP
Expediente 7248-D-2013
Sumario: ESTABLECIMIENTO DE UN SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS PARA LA DETECCION TEMPRANA, PREVENCION Y ASISTENCIA DE LA DISLEXIA.
Fecha: 31/10/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 165
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTÍCULO 1º:
Objeto: La presente ley tiene por objeto establecer un sistema
de prestaciones básicas para la detección temprana,
prevención y asistencia de la dislexia de manera de brindar
una cobertura integral en atención a las necesidades y
requerimientos de cada caso en particular.
Art. 2°:
Beneficiarios: Son beneficiarios de la presente ley los alumnos
menores de 18 años que cursen sus estudios de educación
inicial obligatoria, primaria y secundaria, ya sea que
concurran a instituciones públicas como privadas.
Art. 3°:
Definición: Se entiende por dislexia el trastorno que se
presenta en el aprendizaje y que se manifiesta en alteraciones
en la lectoescritura, en la dificultad en la comprensión del
significado de las palabras y en el aprendizaje de las ciencias
exactas, como así también en la alteración de la percepción
de orden y secuenciación.
Art. 4°:
Autoridad de Aplicación: El Ministerio de Salud es la autoridad
de aplicación de la presente ley en coordinación con el
Ministerio de Educación.
Art. 5°: Sujetos
obligados a las prestaciones: Las obras sociales, enmarcadas
en las leyes N° 23.660 y 23.661, la obra social del Poder
Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el
Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina
prepaga y las entidades que brinden atención al personal de
las universidades, así como también todos aquellos agentes
que presten servicios asistenciales a sus afiliados
independientemente de la figura jurídica que tuvieren, deben
brindar cobertura a las prestaciones básicas enunciadas en la
presente ley.
Art. 6°:
Cobertura universal: Los beneficiarios que carecen
de cobertura de
obra social, pueden acceder a la totalidad de las prestaciones
básicas contempladas en la presente ley a través de los
efectores dependientes del Estado.
Art. 7°:
Prestaciones básicas:
Las prestaciones
básicas comprenden las:
a) Prestaciones psicopedagógicas: Las
instituciones educativas de los niveles obligatorios ya sean
públicas o privadas, a través de gabinetes especializados en
psicopedagogía, deben realizar en forma anual los estudios
que determine la autoridad de aplicación para la detección
temprana de la dislexia, indicando sus características
específicas, el grado de incidencia en el aprendizaje y las
derivaciones que correspondan.
b) Prestaciones terapéuticas educativas: Se
entiende por prestaciones terapéuticas educativas, aquellas
que desarrollan acciones de aprendizaje diseñado para
alumnos con dislexia a fin que puedan cumplir en cada año
lectivo los objetivos de las asignaturas contenidas en los
programas de enseñanza regular.
c) Prestaciones asistenciales: Se entiende por
prestaciones asistenciales, aquellas desarrolladas por
psicoterapeutas, psicólogos y fonoaudiólogos, ya sea que
actúen en forma individual o en forma interdisciplinaria,
tendientes a la detección temprana y al seguimiento de las
personas con dislexia contempladas en la presente ley.
Art. 8°:
Asignación presupuestaria: Los gastos que demande la
implementación de la presente ley serán solventados con las
partidas presupuestarias asignadas anualmente al Ministerio
de Salud y al Ministerio de Educación de la Nación.
Art. 9°:
Reglamentación: El Poder Ejecutivo Nacional debe
reglamentar la presente ley dentro de los 180 días contados a
partir de su publicación.
Art. 10°:
Adhesión: Invitase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires a adherir a la presente ley.
Art. 11°:
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La
dislexia es la principal alteración de las llamadas 'Dificultades
Específicas del Aprendizaje' (DEAS), un grupo de situaciones
que afectan al 15 por ciento de los niños. Según la Asociación
Dislexia y Familia (DISFAM), la dislexia es un trastorno del
aprendizaje de la lectoescritura, de carácter persistente y
específico, que se da en niños que no presentan ningún
hándicap físico, psíquico ni sociocultural y cuyo origen parece
derivar de una alteración del neurodesarrollo. Según el CIE-
10, los disléxicos manifiestan de forma característica
dificultades para recitar el alfabeto, denominar letras, realizar
rimas simples y para analizar o clasificar los sonidos. Además,
la lectura se caracteriza por las omisiones, sustituciones,
distorsiones, inversiones o adicciones, lentitud, vacilaciones,
problemas de seguimiento visual y déficit en la comprensión,
(OPS, 1997). La dislexia es mucho más que tener dificultades
en la lectura y en la escritura, ya que existen problemas de
compresión, de memoria a corto plazo, de acceso al léxico,
confusión entre la derecha y la izquierda, dificultades en las
nociones espacio-temporales, entre otras. Además, la dislexia
puede venir acompañada de otros trastornos, como el TDHA,
Dispraxia, Déficit de Atención, Discalculia y Trastornos
Emocionales.
Las necesidades
prioritarias de un niño o adolescente con dislexia son varias.
Después de obtener un diagnóstico, se requiere trabajar con
un especialista en reeducación del aprendizaje, y trabajar, si
fuera el caso, todo el aspecto emocional que conlleva la
dislexia. Es necesario dar a conocer al niño y/o adolescente lo
que le pasa y normalizar el trastorno en la casa y en el
colegio. En el colegio se debe poner en marcha una
Adaptación Curricular No Significativa y trabajar la
normalización para prevenir conflictos en el aula, concienciar,
aceptar la diversidad y prevenir el bullyng. Esta Adaptación
consiste en que el alumno cumplirá con los mismos objetivos
que el resto de compañeros, tendrá los mismos contenidos,
pero el acceso a estos debe ser distinto, es decir, esta
Adaptación será de tipo metodológico y de acceso. Esta
Adaptación se realiza para no dañar la autoestima del niño, e
implica, por ejemplo, no evaluarlo con lectura oral delante del
grupo, no remarcarle los errores de ortografía ni la
desprolijidad en la escritura, y que dé las pruebas en forma
oral.
Si bien uno de
cada diez chicos sufre este problema, el sistema educativo no
aborda correctamente el trastorno y basa todo el esquema de
aprendizaje en el código escrito, por lo cual niño disléxico no
puede asimilar ciertos contenidos, porque no es capaz de
llegar a su significado a través de la lectura, y este es el
principal problema de la dislexia. El niño disléxico debe poner
tanto esfuerzo en las tareas de lectoescritura que tiende a
fatigarse, a perder la concentración, a distraerse y a rechazar
este tipo de tareas. Los padres y profesores procesan esta
conducta como desinterés y presionan para conseguir mayor
esfuerzo, sin comprender lo que realmente sucede. Como
manifiesta el doctor Gustavo Abichacra, médico pediatra,
miembro del Comité Científico de la Asociación Dislexia y
Familia (DISFAM) Argentina, y Jefe de Pediatría del Sanatorio
Las Lomas, San Isidro: "El gran problema es que el sistema
educativo no está preparado para detectar ni para adaptarse
a las necesidades de aprendizaje de los chicos con dislexia, y
debemos tener en cuenta que en promedio hay entre 1 y 2
chicos por aula con esta alteración. Ante un niño con
dificultades se piensa que es un problema psicológico
vinculado a su grupo familiar, un divorcio de los padres, etc.,
y se demora el verdadero diagnóstico, y lo que realmente
puede generar un problema psicológico es si no lo ayudamos
a tener éxito en el aprendizaje".
Así, se puede ver
que la persona que padece dislexia se encuentra con diversas
dificultades y necesidades: es indispensable contar con un
diagnóstico acertado, con la adaptación del material y el
método de estudio en el colegio primario y secundario, con la
formación de las maestras y maestros, y con acceso a un
tratamiento. Actualmente, las obras sociales limitan la
cantidad de sesiones con psicólogos o fonoaudiólogos, por lo
cual, la carga económica es inmensa para una familia que
debe costear el tratamiento. No hay, hoy en día, ninguna ley
ni ningún proyecto de ley a nivel nacional que dé respuesta a
estas necesidades (sólo existe una normativa en la provincia
de Buenos Aires), y la gravedad de esta situación se
comprende mejor si tomamos en cuenta que la dislexia es
considerada como una de las principales causas del fracaso
escolar. Según los datos ofrecidos en la Casa de la Provincia
de Buenos Aires, cuatro de cada seis fracasos escolares tienen
que ver con Dificultades Específicas del Aprendizaje, de las
cuales, como se dijo antes, la dislexia es la más
frecuente.
Por todas estas
razones, invito a mis pares a que acompañen este
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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REGAZZOLI, MARIA CRISTINA | LA PAMPA | PARTIDO JUSTICIALISTA LA PAMPA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
EDUCACION |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |