PROYECTO DE TP
Expediente 7211-D-2006
Sumario: CREACION DEL REGISTRO DE ANTECEDENTES DE PERSONAS IMPUTADAS, PROCESADAS O CONDENADAS POR DELITOS COMETIDOS EN ESPECTACULOS DEPORTIVOS, EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION.
Fecha: 30/11/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 184
El Senado y Cámara de Diputados...
Articulo 1º- Crease en el
ámbito del Ministerio de Justicia de la Nación el Registro de Antecedentes de
Personas Imputadas, procesadas o condenadas por Delitos cometidos en
espectáculos Deportivos.
Articulo 2º- En el
registro constara la información indicada en el Articulo 3º respecto de
las personas Imputadas, procesadas o condenadas por los delitos
incluidos en los Capítulos I Y II de la ley 23184 de régimen penal y
contravencional para violencia en espectáculos.
Artículo 3- El
Registro contara con la información del nombre, seudónimo, fecha de
nacimiento, domicilio, número de documento, huellas dactilares,
Descripción física, fotografía, antecedentes criminales, etc., y cualquier
otra información que el Ministerio de Justicia de la Nación considere
relevante y pertinente.
Articulo 4º-La
información indicada en el articulo precedente será suministrada al
Registro
a) Por los tribunales
competentes que impongan la imputación de delitos cometidos en
ocasión de espectáculos deportivos.
b) Por los
establecimientos penitenciarios respecto de los condenados por delitos
cometidos en Espectáculos Deportivos que sean liberados.
Articulo 5º- La
información obrante en el Registro se suministrara periódicamente a
las dependencias policiales, establecimientos deportivos, asociaciones
de deportes y toda otra dependencia que establezca la reglamentación
o que requiera de la misma. Para que pueda ser utilizada por toda
dependencia, asociación o establecimiento deportivo, afín de poder
ejercer el Derecho de Admisión.
Articulo 7º- Se
faculta al Ministerio de justicia a realizar los convenios y gestiones que
sean necesarios para el funcionamiento del sistema previsto. Asimismo
se autoriza a celebrar acuerdos con las provincias y la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires con el fin de implementar la presente
ley.
Articulo 8º- Esta
ley comenzara a regir a los 90 días a partir de su publicación.
Articulo 9º-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El
presente proyecto busca generar un sistema de protección para la
Sociedad frente a los delitos cometidos en espectáculos deportivos
.Especialmente este tipo de hechos se suceden en su gran mayoría en
el ámbito del fútbol, dentro de un estadio o en la periferia del
mismo.
La ciudadanía se encuentra
consternada ante el incremento de todo tipo de delitos. En los últimos años, la
violencia y la crueldad con que se llevan a cabo estas especies de batallas
preocupan, e impiden el normal desarrollo de espectáculos deportivos. A través de
este proyecto queremos contribuir a erradicar hechos violentos, de los que nadie
está exento de tener que vivir cuando se asiste a disfrutar de un espectáculo de
estas características. Los medios de comunicación han dado muestras de la
realidad que hoy nos toca vivir, ya que de estos temas se habla con más
frecuencias que en décadas pasadas, y muchos de estos incidentes son de público
conocimiento.
Por tal motivo
consideramos imprescindible la creación de un “Registro de
Antecedentes de Personas Imputadas, Procesadas o
Condenadas por Delitos Cometidos en Espectáculos
Deportivos”.
Poder contar con un
registro de estas características nos ayudará a erradicar la violencia y
por consiguiente favorecer el regreso de las familias a los
espectáculos deportivos sin temor a resultar heridos, o sufrir cualquier
otra forma de violencia.
Por lo expuesto
anteriormente, solicito a mis pares la aprobación del presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BONACORSI, JUAN CARLOS | BUENOS AIRES | UNIDAD FEDERALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DEPORTES (Primera Competencia) |
LEGISLACION PENAL |