PROYECTO DE TP
Expediente 7203-D-2012
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA RENUNCIA DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA A LA CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS.
Fecha: 10/10/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 141
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su preocupación por la acción iniciada por el
Gobierno del Presidente Hugo Rafael Chávez Frías de la República Bolivariana de
Venezuela, de renunciar a la Convención Americana de Derecho Humanos, con lo cual
dejó de pertenecer a la Comisión y se sustrajo de la autoridad de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos, Convención conocida como Pacto de San José de Costa Rica.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El objeto de esta declaración es
manifestar una profunda preocupación por el accionar del gobierno de Venezuela, de privar
a los ciudadanos de esa Nación, el derecho fundamental de justicia en una instancia
superior e independiente de los tribunales nacionales. Asimismo, esta decisión violenta
claramente la propia Constitución Bolivariana de Venezuela, que en su artículo 31 afirma
que "toda persona tiene derecho, en los términos establecidos por los tratados, pactos y
convenciones sobre derechos humanos ratificados por la República, a dirigir peticiones o
quejas ante los órganos internacionales creados para tales fines, con el objeto de solicitar el
amparo a sus derechos humanos".
Al crear la Organización de Estados
Americanos (OEA) en 1948, los Estados -incluida Venezuela- expresaron como objetivo
de la Organización el "consolidar en este Continente, dentro del marco de las instituciones
democráticas, un régimen de libertad individual y de justicia social, fundado en el respeto
de los derechos esenciales del hombre". En ese espíritu, los Estados crearon el sistema
interamericano de derechos humanos. Los Estados miembros y los órganos políticos de la
OEA constituyen la garantía colectiva de ese sistema. En esta línea de acciones a lo largo
de los años, en la última Asamblea General de la OEA, celebrada en junio de este año en
Cochabamba, Bolivia, los Estados Miembros -incluida Venezuela- ratificaron su intención
de avanzar en la universalización del sistema interamericano de derechos humanos. En la
Asamblea General de Cochabamba, los Estados Miembros también acogieron el informe
del Grupo de Trabajo Especial de Reflexión sobre el funcionamiento de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos para el Fortalecimiento del Sistema Interamericano
de Derechos Humanos. La Convención Americana entró en vigencia en 1978. A la fecha,
24 de los 35 Estados Miembros de la OEA han ratificado la Convención. La denuncia de la
Convención por parte de Venezuela constituye un grave retroceso en el esfuerzo por
fortalecer el sistema interamericano de derechos humanos.
Así, manifestaba Amnistía Internacional: "una
vez que esta decisión entre en vigor, víctimas de violaciones de derechos humanos de ese
país ya no podrán acceder a la Corte. Se trata de una afrenta a las víctimas actuales y a
generaciones futuras de venezolanos y venezolanas. La posibilidad de recurrir a un
organismo internacional como la Corte Interamericana es un derecho que todos y todas los
venezolanos han adquirido y cuyo ejercicio debe garantizarse".
La Corte Interamericana de Derechos
Humanos, al igual que la Comisión, son órganos autónomos e independientes, que en el
ejercicio de sus funciones han contribuido a la construcción de estándares más garantistas
de los derechos humanos en nuestra región. Estos órganos han sido instrumentales en la
protección de los derechos de miles de víctimas y ciudadanos/as de nuestro continente.
Desde su creación ambos órganos del Sistema han analizado situaciones de graves
violaciones a los derechos humanos aportando de forma significativa a la consolidación de
instituciones democráticas, la adopción de legislación más igualitaria y garantista, así como
a la lucha contra la impunidad. Cabe destacar la labor enfocada en la debida protección de
personas o grupos en situación de vulnerabilidad, la lucha por la erradicación de la
violencia de género y la discriminación por orientación sexual, la protección de los
derechos de los pueblos indígenas, la prohibición de la tortura, así como de prácticas de
desaparición forzada. Asimismo, ambos órganos han hecho una importante contribución
para la promoción, desarrollo y una mejor garantía de los derechos económicos, sociales y
culturale
Las razones que fundamentan la decisión del
Gobierno Venezolano son carentes de contenido frente a la trayectoria de de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos.
El Estado Argentino como
miembro de la Organización de los Estados Americanos (OEA), miembro fundador del
Mercado Común del Sur (Mercosur) y la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) no
puede ignorar este hecho. Así, Argentina y sobre todo este gobierno que ha tomado como
propia la bandera de la defensa de los derechos humanos, debe recordar el importante rol
que tuvo la histórica visita de la Comisión a la Argentina. Hace 30 años, la Comisión
estableció la magnitud y la gravedad del problema de los detenidos-desaparecidos y fue el
principio del fin de la dictadura. En este sentido, su utilidad no ha menguado en
democracia. En la Argentina sirvió para derogar el desacato. Chile acaba de crear un
mecanismo de acceso a la información pública como consecuencia de un caso ante el
Sistema Interamericano.
Así los Estados parte de la OEA, Mercosur y
la UNASUR deben reafirmar su compromiso con la defensa de los derechos humanos y en
consecuencia con la universalidad del Sistema Interamericano mediante la realización de
todas las acciones necesarias para que el Estado venezolano reconsidere su decisión
Conforme a los principios que inspiran esas
organizaciones y a los fines de tener un actuar coherente y consistente en la defensa de la
democracia y los derechos humanos universales habría que pedir aclaraciones al gobierno
de la República Bolivariana de Venezuela sobre los motivos de esta denuncia (término
jurídico que implica renunciar) a la Convención. Un claro ejemplo de esto fue el accionar
del Mercosur en relación al lamentable hecho ocurrido en Paraguay contra el presidente
Fernando Lugo, sancionando a ese país con la suspensión de sus derechos políticos dentro
de la organización.
Por todo lo expuesto y
esperando alguna acción del gobierno argentino en este sentido, es que pido a este
honorable cuerpo que apruebe el presente proyecto de Declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
VAQUIE, ENRIQUE ANDRES | MENDOZA | UCR |
JURI, MARIANA | MENDOZA | UCR |
CHEMES, JORGE OMAR | ENTRE RIOS | UCR |
NEGRI, MARIO RAUL | CORDOBA | UCR |
BURYAILE, RICARDO | FORMOSA | UCR |
ALVAREZ, ELSA MARIA | SANTA CRUZ | UCR |
ALBARRACIN, JORGE LUIS | MENDOZA | UCR |
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
DE FERRARI RUEDA, PATRICIA | CORDOBA | UCR |
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
YAGÜE, LINDA CRISTINA | NEUQUEN | UCR |
ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO ALFONSIN (A SUS ANTECEDENTES) |