PROYECTO DE TP
Expediente 7171-D-2006
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA TRAMITACION Y ENTREGA DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD.
Fecha: 30/11/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 184
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional que, a través del Ministerio del Interior y el Registro Nacional de las
Personas (Ley Nacional Nº 17.671), informe acerca de los siguientes puntos
relacionados con la tramitación y entrega del Documento Nacional de
Identidad:
1.- Si existen trámites atrasados
en la actualización de la información relacionada con los registros de identidad
de las personas, en el Registro Nacional de las Personas (RE.NA.PER). En caso
afirmativo, especificar las razones por las cuales se generan los atrasos.
2.- Si existe alguna planificación de
las reparticiones destinadas a la implementación de una estrategia de acción
para reducir o eliminar los atrasos. En caso afirmativo, cuáles son las
características, modo y tiempo de la misma.
3. Qué acciones y/o tareas de coordinación
conducentes a la agilización y perfeccionamiento de los trámites se han propuesto o
llevado a cabo con las provincias, conforme lo prevé y posibilita la legislación nacional,
a partir de los inconvenientes y demora registrada en la tramitación de los D.N.I.
4.- Descripción de los circuitos y
controles que se realizan, desde la jurisdicción provincial, en los trámites de
actualización del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) y en la solicitud de
nuevos ejemplares por inutilización o extravío de los mismos.
5.- En qué consiste el trámite
administrativo previsto en las provincias para el retiro del D.N.I. y qué controles
se realizan para garantizar su efectiva entrega a los ciudadanos titulares.
6.- Si la entrega de D.N.I. a los
legítimos titulares se realiza en forma personal al interesado o intervienen en la
distribución personas que no revisten el carácter de empleados o funcionarios
públicos especialmente habilitados para tal actividad. En su caso, especificar
cómo se realiza la distribución, especialmente cuando se efectúa en forma
masiva y descentralizada.
7.- Cuál es el tiempo promedio del
trámite de otorgamiento de un D.N.I., sea por actualizaciones o nuevos
ejemplares por extravío o inutilización. Especificar el tiempo promedio desde
que el ciudadano inicia el trámite en cada provincia hasta el momento en que
efectivamente cuenta con el documento solicitado en su poder.
8.- Cuál es la relación entre el
RE.NA.PER con los Registros Civiles provinciales.
9. Cuál es la cantidad de D.N.I.
correspondientes a ciudadanos de la Provincia de Santa Fe, durante el año 2005 y
2006, expedidos por el RE.NA.PER para su entrega a los solicitantes.
10. Cuáles son los soportes de registración
(informático/papel) disponibles en el RE.NA.PER y qué medidas se prevén para la
actualización y control de datos o novedades relacionados con los D.N.I..
11. Cuáles son medidas adoptadas
por los distintos organismos para garantizar la veracidad y actualización
permanente de la información transmitida finalmente a la Cámara Nacional
Electoral para su asentamiento en los registros o padrones correspondientes a
los distritos electorales provinciales, evitando dobles y falsas identificaciones y
toda otra infracción que pudiera incidir negativamente en la regularidad de los
mismos.
12.- Informar sobre la demora injustificada
o ilegítima presuntamente efectuada por funcionarios públicos para la identificación de
personas, comunicación o remisión de documentos que por disposición de la ley Nº
17671 debe cumplir. En su caso, informar acerca de los responsables y actuaciones
llevadas adelante para deslindar la responsabilidad y/o imponer las sanciones
dispuestas en la mencionada ley.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Registro Nacional
de las Personas (RE.NA.PER), creado por la Ley Nº 13.482/48, cuyas
competencias y funciones están previstas en la Ley Nº 17.671 y sucesivas
modificaciones, es el organismo encargado de la identificación, inscripción,
registro y documentación de todas las personas de existencia visible que se
domicilien en territorio argentino y de todos los argentinos con residencia en el
exterior. Este organismo, autárquico y descentralizado, expide con carácter
exclusivo el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.).
En el proceso de expedición,
cambio y/o reposición del D.N.I. interviene el Estado Nacional a través del
RE.NA.PER. Asimismo, también lo hacen las oficinas seccionales que son las
encargadas de llenar el formulario de inscripción sobre la base de datos y
pruebas aportados. Se consideran como tales todas las oficinas de registro civil
del país, dependientes de las Direcciones Provinciales de Registros Civiles y las
de Estado Civil y Capacidad de las Personas. Por ejemplo en la Provincia de
Santa Fe, la Ley Nº 9742 establece que la Dirección General del Registro Civil
actúa como órgano delegado del RE.NA.PER, en situación de dependencia
funcional, en las tareas de identificación de personas y el otorgamiento de
D.N.I.. Los formularios de inscripción conjuntamente con la documentación
anexa, son remitidos a la Delegación Regional para su revisión y posterior envió
al RE.NA.PER.
El RE.NA.PER o sus delegados
regionales, proceden a su vez, a remitir las fichas electorales, nómina de
electores fallecidos y las comunicaciones de cambio de domicilio a las
secretarías de registro de enrolado. Asimismo debe comunicarse en forma
periódica y actualizada, la situación de la expedición de nuevos ejemplares de
D.N.I. para el registro correspondiente (Ley Nº 17671- Art. 45).
La inscripción e identificación de
las personas con la correspondiente expedición del D.N.I., los registros de los
antecedentes o novedades, son utilizados para confeccionar los padrones
electorales correspondientes a los distritos electorales de cada Provincia. Por lo
tanto, la inscripción en el registro electoral y el D.N.I., constituyen un requisito
y la documentación base para el ejercicio del derecho político al voto.
En la conformación del registro o
padrón electoral, participan además las respectivas Secretarías Electorales de
los Juzgados Federales con competencia electoral de los distritos electorales
correspondiente a cada provincia. La formulación del padrón o registro
electoral, tanto provisorio como el definitivo, está a cargo de la Cámara
Nacional Electoral.
Por lo tanto, resulta imprescindible
conocer cómo se encuentran estructurados los circuitos administrativos de
tramitación y los controles que se ejecutan para la expedición, cambio y/o
reposición de los D.N.I y demás novedades, como así también el tiempo que
insume todo el trámite, es decir, desde que la persona solicita la documentación
hasta que la obtiene. A su vez, e necesario analizar el estudio de los registros,
cómo se encuentran actualizados los registros de otorgamiento, cambio o baja
de la documentación.
Es por ello que consideramos pertinente
informarse sobre las disposiciones, medidas y/o acciones que el Poder Ejecutivo
Nacional y/o el RE.NA.PER han tomado o deberán tomar a los efectos que todos los
ciudadanos/as, puedan contar en su poder con el D.N.I. en tiempo y forma de acuerdo
a sus necesidades o requerimientos y, particularmente, para las fechas de las
comicios para cargos públicos electivos -primarias obligatorias y/o generales-
nacionales, provinciales, municipales o comunales.
Resulta fundamental para garantizar la
transparencia en los actos comiciales, que las autoridades encargadas de la
confección de los padrones electorales y, más aún, las intervinientes en los actos
comiciales, puedan contar con la documentación que garantice la veracidad de los
datos registrados, asegurando a su vez que la documentación sea utilizada por los
legítimos titulares evitando su disposición y/o utilización por terceros.
Los hechos de dominio público sobre los
problemas con los D.N.I. en poder de terceros -que fueran denunciados en las
recientes elecciones realizadas en la Provincia de Misiones-, la utilización de
documentos en forma ilegítima, falsos, anulados, reemplazados o correspondientes a
otras personas, deben evitarse con la actualización de los datos, impidiendo la
manipulación de información y documentación por terceros.
Las posibles causas que hacen que
los D.N.I. terminen en poder de terceros, serían a modo de ejemplo las
siguientes: denuncia de pérdida de documento realizada por su titular que
solicita el nuevo documento, luego encuentra el extraviado y no procede a
retirar el nuevo que ya está emitido y termina en poder de terceros. Otros
casos se presentarían cuando se emiten y se entregan al ciudadano que lo
solicita copias del documento sin correlatividad, ejemplo: se pide un
cuadruplicado y se recibe un quintuplicado, pero en realidad se habrían emitido
los dos quedando en poder de terceros uno de los dos ejemplares del
documento; hay casos de ciudadanos enrolados en dos provincias distintas; y
también se presentarían casoa de solicitud de expedición y renovación de DNI
a los 16 años que no llegan a sus dueños y terminan en terceros.
Es de público conocimiento que luego de
las elecciones generales de la provincia de Santa Fe realizadas en octubre de 2005,
no fueron entregados miles de D.N.I. y por lo tanto esos ciudadanos no pudieron
votar, hechos que se reprodujeron en otras provincias. Los ciudadanos damnificados
manifestaron haber concurrido a las oficinas correspondientes para retirar su D.N.I.,
pero éstos no fueron entregados. Se puede decir, entonces, que existe una morosidad
del Estado en la entrega de los D.N.I. cuya tardanza supera, en algunos casos, los
seis meses.
Este tipo de irregularidades tienen un
impacto en el procedimiento electoral, a la vez que existe un creciente número de
personas damnificadas por acciones realizadas con D.N.I. emitidos por el RE.NA.PER,
que caen en manos de terceros quiénes realizan actos reñidos con la ley, obligando a
los auténticos titulares a interminables trámites para demostrar que estas acciones no
fueron realizados por ellos mismos. Situación que se agrava, cuando las víctimas son
ciudadanos de bajos recursos, que debido a la falta de medios para subsanar estos
hechos se dificulta el esclarecimiento.
Por último, queremos hacer
referencia a los atrasos generados en el RE.NA.PER que llegarían en el orden
nacional a cientos de miles de novedades, incluso se menciona un atraso en
millones de novedades sin actualizar, lo que conforma un hecho grave que
incide, sin dudas, sobre la actualización de datos y/o registros de los
ciudadanos.
Es necesario que los poderes de
estado tengan en cuenta que la problemática derivada de la indocumentación o
de la documentación irregular, involucra al Estado como actor principal y
excluyente. Por lo tanto, la implementación de mecanismos eficientes facilita el
proceso de actualización de la información y por el contrario la ineficiencia,
atraso y/o falta de medidas adecuadas, entorpece el normal ejercicio de los
derechos civiles y políticos de los ciudadanos.
Por todo lo aquí expuesto,
solicitamos a nuestros pares nos acompañen en su aprobación.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BINNER, HERMES JUAN | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
AUGSBURGER, SILVIA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
SESMA, LAURA JUDITH | CORDOBA | PARTIDO SOCIALISTA |
ZANCADA, PABLO V. | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
DI POLLINA, EDUARDO ALFREDO | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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