PROYECTO DE TP
Expediente 7163-D-2013
Sumario: DECLARAR DE INTERES NACIONAL LA PROMOCION, FOMENTO, DESARROLLO DE LA PRODUCCION, COMERCIALIZACION E INVESTIGACION DE LA STEVIA (STEVIA REBAUDIANA BERTONI).
Fecha: 24/10/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 161
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTÍCULO 1°: Declárese de interés
nacional la promoción, fomento, desarrollo de la producción, comercialización e
investigación de la Stevia (Stevia rebaudiana Bertoni).
ARTÍCULO 2°: Créase en el ámbito
del Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca, el Programa Nacional para el
Estudio, Promoción y Desarrollo de la Stevia.
ARTÍCULO 3°: El Programa Nacional
para el Estudio, Promoción y Desarrollo de la Stevia tendrá por objetivos:
Promover las características y
beneficios de la Stevia.
Asesorar en materia económica y
tecnológica para mejorar y diversificar la producción a escala industrial y
artesanal.
Promover la participación de
pequeñas y medianas empresas y de entidades cooperativas en el desarrollo
de emprendimientos productivos a través del empleo de Stevia como materia
prima.
Generar mayor valor agregado en el
proceso de producción de la Stevia con tecnología apropiada.
Asegurar un sistema de control de
calidad.
Incluir los productos de la Stevia
en los planes nacionales alimentarios.
Difundir e informar a nivel
institucional, al público en general y a los mercados nacionales e internacionales
sobre los avances y desarrollos de la cadena de valor de Stevia que se
están cumplimentando en la República Argentina, por los distintos medios de
difusión o a través de campañas organizadas al efecto.
Coordinar con las autoridades
jurisdiccionales las normas y recomendaciones fitosanitarias y de bioseguridad que
se requieran para el cuidado y seguridad de personas, de los ecosistemas y del
medio ambiente con relación a estos cultivos.
Impulsar alianzas estratégicas con
industrias agroalimentarias, fundaciones y otros, así también establecer convenios
de cooperación con entidades públicas y privadas nacionales e
internacionales.
Desarrollar estrategias para la
comercialización nacional e internacional para productores de Stevia.
Establecer convenios de cooperación
con entidades públicas y privadas nacionales e internacionales.
ARTÍCULO 4°: El Programa Nacional
para el Estudio, Promoción y Desarrollo de la Stevia tendrá como responsable
directo de la administración a un Director/a, asistido por cinco áreas técnicas
profesionales:
1- Biotecnología,
2- Tecnología agrícola,
3- Industrialización y
comercialización,
4- Formación, capacitación y
difusión,
5- Conservación de la
biodiversidad,
ARTÍCULO 5°: El Banco de la Nación
Argentina otorgará líneas de crédito para el estímulo, la producción, el desarrollo,
el fortalecimiento y la comercialización del cultivo de Stevia a los productores que
cumplan con los recaudos exigidos por las normas bancarias. Estos créditos se
otorgarán bajo las condiciones y las modalidades de la línea más favorable vigente
al momento de otorgarse la asistencia crediticia.
ARTÍCULO 6°: El Programa Nacional
para el Estudio, Promoción y Desarrollo de la Stevia se financiara con las partidas
presupuestarias que a los efectos destine el Ministerio de Agricultura Ganadería y
Pesca. Asimismo podrá, mediante la firma de convenios de cooperación,
recibir donaciones, subsidios y fondos especiales provenientes tanto de
instituciones nacionales y provinciales, sean públicas o privadas, como de
organismos internacionales.
ARTÍCULO 7°: Invitase a las
provincias apropiadas para la producción de Stevia a dictar medidas de promoción
similares a las de la presente ley.
ARTÍCULO 8°: Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Stevia (Stevia rebaudiana Bertoni)
es una planta utilizada desde hace más de 1000 años por los aborígenes del lugar
para endulzar sus alimentos. El sabor dulce de la planta se debe a un glucósido
llamado esteviosido (19-0-beta glucopiranosil-13-0-beta glucopiranosil steviol),
compuesto de glucosa, y rebaudiosida. La Stevia en su forma natural es 15 veces
más dulce que el azúcar de mesa y el extracto son de 100 a 300 veces más dulce,
hoy se ha extendido su utilización a otras ramas como la cosmética, uso medicinal
y gastronómico.
La zona productiva de la cual es
originaria es la zona selvática paraguaya en el norte, en los altiplanos del
Amambay en el límite con Brasil.
En Argentina se la encuentra en
Misiones (Oberá, Leandro Alem, San Javier)-Entre Ríos (Concepción del Uruguay,
Gualeguay, Paraná, V. Paranacito) Córdoba (Traslasierras) Buenos Aires y Salta.
También se la encuentra en otros países como, Japón, China, Corea, Taiwán,
Tailandia, India, Indonesia, Filipinas.
Se la utiliza industrialmente para
alimento endulzante para productos como gaseosas, aguas saborizadas, yogures,
postres en polvo, también en panadería, confitería e infusiones.
Tiene usos medicinales como
digestivo, hipoglucemiante y antioxidante.
En el rubro gastronómico se demostró
que sometida a temperaturas de 200ºc no se observan modificaciones de sabor ni
estructurales, ni genera tóxicos, por lo cual se comenzó a utilizar en gastronomía y
se está haciendo su difusión entre los chefs.
En cosmetología se usa para el
tratamiento de la piel con manchas, mascarilla facial y además se utiliza en abonos
y fertilizantes, como antioxidantes para frutas, suplemento pecuario, usado para
compostado para mejora de las condiciones del suelo (reducción de nitratos,
descomposición de dioxinas)
Características productivas: "Iguazú
CTM": primer variedad de Stevia protegida de la República Argentina. La
producción se lleva acabo principalmente por productores minifundistas (menos de
2ha).Entre 50.000 a 85.000 plantas por ha.
- Se realizan cortes en primavera y
otoño. Rendimiento promedio: 2.500 a 3.500 kg/ha/año de hoja desecada. Rindes
crecientes durante los 3 primeros años de cultivo, luego se reduce, siendo
conveniente cambiarlo de terreno. Duración del cultivo: 4 a 5 años.
- Se multiplica por hijuelos, que la
misma planta ofrece cada año, y se utilizan para replantar nuevas superficies, sin
necesidad de comprar plantines.
La producción se la puede trabajar
integrando la Stevia como complemento de otra actividad en una superficie menor
a una hectárea, es decir unas 20 mil plantas. Este esquema resulta ideal para un
avicultor, un tambero o un horticultor, que pueden amortizar la mano de obra que,
si bien no es mucha, significa un costo importante en la ecuación.
Hay un gran número y variedad de
patentes de procesos de extracción y purificación del esteviósido. Estos procesos
podrían resumirse en los siguientes pasos: (Extracción de las hojas de Stevia con
agua o solventes orgánicos- Filtración-Precipitación de impurezas y coagulación por
cambio de pH- Clean-up sobre resinas de intercambio iónico-Cristalización-
Secado)
En Argentina aún no hay laboratorios
ni fábricas para el procesamiento y extracto, por eso la exportación está limitada a
las hojas. A nivel mundial hay demanda pero no suficiente producción. La clave es
seguir sembrando porque hay un mercado por explotar.
Por ejemplo en Japón hace 40 años
que se consume Stevia y el 40% de los productos de bajas calorías en ese país son
en base a esta planta.
Argentina posee posibilidades de
crecer más desde que la Stevia fue incluida en el Código Alimentario Argentino y
se aprobó su uso por parte de la Autoridad Europea de Salud Alimentaria.
En el Mercado mundial hay demanda
creciente en Estados Unidos, la Unión Europea y Japón. En Brasil, Japón, Corea,
Paraguay, y algunos países Europeos se está utilizando ampliamente en la
industria alimenticia y también como edulcorante de mesa, principalmente en
Japón, donde están prohibidos los edulcorantes sintéticos.
El cultivo de Stevia tiene mucho
potencial a nivel regional (Paraguay, Brasil y Argentina) desde el enfoque
productivo y comercial. En el caso de Argentina el cultivo es más incipiente, siendo
la provincia de Misiones la más avanzada en esta producción. El sector se
caracteriza por pequeñas plantaciones y es una alternativa interesante para el
productor de menor escala, con una demanda creciente a nivel mercado interno e
internacional.
Las propiedades edulcorantes de la
hierba dulce son ideales para satisfacer las necesidades de consumidores que
deben controlar la ingesta de azúcares por padecer problemas de salud vinculados
a desórdenes metabólicos como la diabetes. También para aquellas personas
con dificultades para ingerir azúcar en exceso, ya sea por intolerancia o problemas
vinculados a la obesidad.
Es precisamente por los grandes
beneficios y potencialidad que tiene el cultivo y que podría beneficiar grandemente
a las economías locales donde se desarrollen sus plantaciones, con la evidencia de
que esta hierba se presenta como una propuesta factible para el crecimiento de
nuestras comunidades regionales, es que solicito a mis pares me acompañen en la
aprobación de este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BASTERRA, LUIS EUGENIO | FORMOSA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDOZA, SANDRA MARCELA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
---|
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
20/05/2014 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
10/06/2014 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
04/11/2014 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
06/11/2014 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1225/2014 | CON MODIFICACIONES | 07/11/2014 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA MENDOZA SANDRA (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | CITACION SESION ESPECIAL | 12/11/2014 | |
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 12/11/2014 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - | ||
Senado | MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) | 27/05/2015 | |
Senado | CONSIDERACION Y SANCION | 27/05/2015 | SANCIONADO |