PROYECTO DE TP
Expediente 7157-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SE PROCEDA A AUTORIZAR LA EXTRADICION DEL CIUDADANO CHILENO GALVARINO APABLAZA GUERRA.
Fecha: 29/09/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 144
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
La Honorable Cámara de Diputados de la
Nación, en efectivo cumplimiento de los tratados internacionales suscriptos por la
República Argentina y en atención al pedido de la justicia y el gobierno chilenos y a la
resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, solicita al Poder Ejecutivo
Nacional que proceda a autorizar la extradición del ciudadano chileno Galvarino
Apablaza Guerra.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La cuestión abierta en torno al pedido de
extradición del ciudadano chileno Galvarino Apablaza Guerra no deja lugar a dudas ni
a las polémicas. La justicia y el gobierno de Chile reclaman el envío del Apablaza
Guerra por acusaciones que pesan sobre él relacionadas con el asesinato del senador
Jaime Guzmán en el año 1991, y por el secuestro de un empresario periodístico.
Ambos delitos fueron cometidos cuando
Chile se había quitado de encima la tiranía del General Augusto Pinochet y se abría
paso, con muchísimas dificultades, a una transición democrática que hoy muestra en
forma ejemplar el funcionamiento de instituciones democráticas consolidadas cuya
legitimidad es aceptada por todos los actores políticos y sociales del país vecino y del
mundo.
Esto es reconocido así por todas las
tendencias políticas chilenas, incluso las más ligadas a la izquierda, como consta en
las declaraciones de Marco Enríquez Ominami a Radio Continental del 22 de
septiembre de 2010. Ominami sostuvo: "Me parece correcto que Chile ejerza su
potestad y también que Argentina delibere de acuerdo a su institucionalidad [...] Hay
condiciones para juzgar a Apablaza, hay condiciones para que se defienda también".
Con relación al asesinato del senador derechista Jaime Guzmán, Ominami señaló en
declaraciones al diario Perfil del mismo día: "Cuando no hay Estado de derecho es
legítimo que cualquier ciudadano se defienda... (pero) es completamente inaceptable
el crimen de un senador por muy reaccionario que haya sido. Ese fue un gran error
de una parte de la izquierda chilena. Y concluyó: "El crimen de un chileno, una vez
que hay democracia, me parece inaceptable. Y siempre me parece inaceptable".
La democracia chilena ofrece hoy todas
las garantías necesarias para que el ciudadano Apablaza ejerza sus derechos y
pruebe -si fuera el caso- su prescindencia de los hechos por los cuales es acusado. El
proceso judicial llevado a cabo en Argentina contó, en primera instancia, con una
sentencia del juez Claudio Bonadío a favor del acusado. Frente al pedido de revisión,
la Corte Suprema de Justicia dictaminó dando lugar a la apelación presentada por el
gobierno chileno. La principal línea argumental del fallo consistía en que no podía
considerarse un crimen político el asesinato de un senador y un secuestro extorsivo
mientras en el país regía un sistema democrático.
Como es de público conocimiento, la
resolución final de este caso depende ahora de la acción del PEN, que estaría
evaluando la posibilidad de aplicar a Apablaza Guerra el status de refugiado político
para evitar su extradición, evitando al acusado rendir cuentas ante la justicia de su
país y aceptando en forma no implícita sino directa que el Estado chileno no otorga
las garantías necesarias para ejercer el derecho a la defensa. Además de desconocer
la decisión de la justicia de ambos países, esta determinación tendría serias
consecuencias en las relaciones con Chile, país decisivo en la integración regional con
el que se ha conseguido una excelente relación diplomática en los últimos tiempos, lo
que ha generado importantes avances en lo comercial y lo geopolítico.
La experiencia del conflicto con Uruguay
por la instalación de las pasteras debe actuar como recordatorio que las relaciones
del Estado con los países vecinos deben tomarse con la máxima seriedad y previsión
porque no es recomendable utilizarlas para contentar a grupos partidarios o
sectoriales. La posibilidad que sea negada la extradición tornaría contradictoria la
adhesión argentina a diversos tratados internacionales -algunos firmados por este
mismo gobierno- y debilitaría su posición para reclamar su aplicación cuando esto
responda al pedido del gobierno o la justicia argentina, como es el caso de los
funcionarios iraníes acusados en la Causa AMIA.
Por otra parte, resulta difícil pensar el
desarrollo de este caso -como el del ex procurador de la Provincia Santa Cruz- sea
ajeno al conflicto que mantiene el actual gobierno argentino con la Corte Suprema de
Justicia de la Nación.
Esta situación tiene como transfondo la
independencia con que la máxima instancia judicial del país necesita contar para
realizar su trabajo, la que no es aceptada por un gobierno que ha hecho de la
acumulación de poder y la obediencia -por cooptación o por la fuerza- una
característica distintiva de su práctica política, en particular con aquellos organismos
destinados a controlar o marcar los límites en el accionar del poder ejecutivo. Las
palabras del Secretario Legal y Técnico de la Presidencia, Carlos Zanini (se ve al
funcionario kirchnerista en un video publicado en la pagina digital del diario Clarín del
22 de septiembre de 2010, sobre el encuentro que mantuvo el viernes anterior con
dirigentes oficialistas de Santa Cruz donde asegura: "¿Dónde está mi decepción con
esta Corte? Nosotros los pusimos para otra cosa" son la mejor muestra de la molestia
del Gobierno ante a la independencia de los magistrados y el contenido de sus
decisiones.
Finalmente, también existe otra cuestión
de fondo con respecto a la situación de Apablaza Guerra, y se relaciona con debates
y autocríticas aun no realizadas frente a nuestro pasado reciente y se vincula con la
utilización de la violencia armada como parte legítima de la política. En el conocido
debate iniciado por la carta de Oscar del Barco a la revista "La intemperie" y que se
conoció como "No matarás" se desarrolló detalladamente una discusión al respecto.
Allí, numerosos intelectuales y protagonistas de la conflictiva -y terrible- política
argentina de los 70, reflexionaron sobre la cuestión de la violencia política, aunque
sin llegar a un acuerdo que permita dar por cerrado un debate que -en sus
implicancias morales y éticas- se encuentra también en el centro del caso del
ciudadano chileno acusado del crimen del senador Guzmán.
En el caso Apablaza Guerra esto es peor
aún, ya que el crimen se concretó bajo el imperio de un gobierno democrático, lo cual
sugiere que muchos de los actores que defienden y reclaman la suspensión de la
extradición siguen considerando que la violencia es una herramienta legítima para
dirimir conflictos políticos, y que la renuncia a ella es sólo una cuestión táctica que
podría reverse en el futuro.
Para finalizar, reproducimos fragmentos
de la carta de Oscar del Barco que sintetizan el núcleo moral que contiene la decisión
de considerar la supresión física del adversario político como una posibilidad abierta
de la lucha política
Este reconocimiento me lleva a plantear
otras consecuencias que no son menos graves: a reconocer que todos los que de
alguna manera simpatizamos o participamos, directa o indirectamente, en el
movimiento Montoneros, en el ERP, en la FAR o en cualquier otra organización
armada, somos responsables de sus acciones. Repito, no existe ningún "ideal" que
justifique la muerte de un hombre, ya sea del general Aramburu, de un militante o de
un policía. El principio que funda toda comunidad es el no matarás. No matarás al
hombre porque todo hombre es sagrado y cada hombre es todos los hombres. La
maldad, como dice Levinas, consiste en excluirse de las consecuencias de los
razonamientos, el decir una cosa y hacer
otra, el apoyar la muerte de los hijos de los otros y levantar el no matarás cuando se
trata de nuestros propios hijos. Y mientras no asumamos la responsabilidad de
reconocer el crimen, el crimen sigue vigente.
No sé si es posible construir una nueva
sociedad, pero sé que no es posible construirla sobre el crimen y los campos de
exterminio.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
RE, HILMA LEONOR | ENTRE RIOS | COALICION CIVICA |
MORAN, JUAN CARLOS | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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03/11/2010 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como proyecto de declaración |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1847/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 6914-D-2010, 7077-D-2010 y 7157-D-2010 | CON MODIFICACIONES; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 37/2010 | 25/11/2010 |