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PROYECTO DE TP


Expediente 7153-D-2014
Sumario: JUSTICIA FEDERAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE; CREACION DE: CAMARA, JUZGADOS Y MODIFICACION DE COMPETENCIAS.
Fecha: 10/09/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 120
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1º - Créase una Cámara Federal de Apelaciones con asiento en la ciudad de Santa Fe, compuesta de tres jueces y tres secretarios (uno penal y dos civiles) y un prosecretario (civil), que será tribunal de alzada y ejercerá funciones de superintendencia sobre los juzgados federales con asiento en las ciudades de Santa Fe, Reconquista y Rafaela, provincia de Santa Fe.
ARTICULO 2º - Créase el Ministerio Público que ejercerá sus funciones ante la Cámara Federal de Apelaciones de Santa Fe, el cual se integrará con un fiscal general y un defensor público oficial, quienes contarán con un secretario cada uno.
ARTICULO 3º - Modificase la competencia territorial de las cámaras federales de apelación de las ciudades de Rosario (provincia de Santa Fe) y Resistencia (provincia de Chaco).
ARTICULO 4º - Las causas provenientes de los juzgados federales de primera instancia 1 y 2 de la ciudad de Santa Fe, y de las ciudades de Rafaela y Reconquista, provincia de Santa Fe, y del Tribunal Oral en lo Criminal de la ciudad de Santa Fe que se encuentran en trámite ante las cámaras federales de apelación de las ciudades de Rosario, provincia de Santa Fe, o de Resistencia, provincia de Chaco, serán giradas a la Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de Santa Fe en oportunidad de su instalación y habilitación.
ARTICULO 5º - Créanse dos (2) Juzgados Federales de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Rosario y uno (1) en la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, los que tendrán competencia en materia criminal y correccional.
ARTICULO 6º - Créanse en el ámbito del Ministerio Público: dos (2) Fiscalías de Primera Instancia en la ciudad de Rosario; una (1) Fiscalía de Primera Instancia en la ciudad de Santa Fe, una (1) Defensoría de Primera Instancia y Cámara en la ciudad de Rosario.
ARTICULO 7º - El Consejo de la Magistratura y el Ministerio Público adoptarán las medidas necesarias para la instalación de los cargos creados por esta ley y para el cumplimiento de los de demás efectos derivados de su implementación.
ARTICULO 8º - Créanse los cargos de magistrados y funcionarios del Poder Judicial, del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa, personal administrativo y técnico; y personal de servicio obrero y maestranza conforme a los anexos I y II que acompañan a la presente.
ARTICULO 9º - Las disposiciones de esta ley serán implementados una vez que se cuente con el crédito presupuestario necesario para la atención del gasto que su objeto demande, el que se imputará al presupuesto del Poder Judicial de la Nación, del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa.
ARTICULO 10° - Los magistrados, funcionarios y empleados que se designen en los cargos creados, sólo tomarán posesión de los mismos cuando sean dadas las condiciones financieras precedentemente establecidas.
ARTICULO 11º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. -

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La creación de la Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de Santa Fe, capital de la provincia de Santa Fe, tiene como objetivo ser el órgano de alzada de los Juzgados Federales de Primera Instancia números 1 y 2, con actual asiento en la mencionada ciudad, del Juzgado Federal de Primera Instancia con actual asiento en la ciudad de Reconquista, y del Juzgado Federal de Primera Instancia de la ciudad de Rafaela, creado por Ley 26.131; todos en el ámbito de la Provincia de Santa Fe.
La concreción de la presente iniciativa es anhelada por la sociedad toda, no solo por implicar un fortalecimiento institucional de la justicia federal, sino también, para el mejor ordenamiento del mapa judicial correspondiente al territorio de la provincia de Santa Fe y de su vecina provincia del Chaco, aportando un imprescindible avance en pos de descomprimir la enorme cantidad de cuestiones en trámite por ante la Cámara Federal de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.
Desde una perspectiva histórica debe tenerse presente que la ciudad de Santa Fe a pesar de ser la capital de la segunda provincia argentina en importancia (según diversos parámetros, poblacional, económicos, etc., y derivados de ello, también en cuanto a la cantidad de conflictos susceptibles de tratamiento judicial), es una de las pocas capitales de provincia que no es sede de un órgano de alzada en materia federal, siendo asimismo relevante que en septiembre del
2010 se cumplieron cien años de la creación de la Cámara Federal de la ciudad de Rosario, resultando evidente que el transcurso de un siglo, de por sí, implica la necesidad de replantear la estructura territorial de la justicia federal en el territorio santafesino y de las provincias aledañas.
Durante este largo lapso no sólo aumentó la población y evolucionaron sustancialmente las condiciones socio económicas, sino que también se extendió y tornó más complejo el delito, incrementándose enormemente las causas civiles, laborales, tributarias, previsionales, de derechos humanos, etc., todas ellas propias de sustanciación ante los magistrados federales distribuidos en todo el territorio nacional. Debe reconocerse que desde este Congreso se adoptaron medidas diversas para acompañar la dinámica de esta realidad, como la creación de nuevos juzgados (cítense como ejemplo los casos más recientes de la región, como la Ley 26.131 de creación del Juzgado Federal de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe; la Ley 26.218 modificatoria de la Ley 21.188 de creación del Juzgado Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña, provincia del Chaco, las leyes 26.068 y 26174 que crean juzgados de primera instancia en las ciudades de Paraná, Concepción del Uruguay y Corrientes, o la no muy distante en el tiempo creación de la Cámara Federal de la ciudad de Corrientes, en la provincia del mismo nombre, a través de Ley 23.650, entre otros).
Sin embargo lo hecho no resulta suficiente debiendo reconocerse legislativamente, y luego de un siglo de desempeño de la Cámara Federal de la ciudad de Rosario, la necesidad de instalar en la ciudad de Santa Fe otro órgano de alzada que, como veremos, tendría un área de competencia importante y un volumen de actuaciones significativo en lo inmediato, dando coherencia a un mapa judicial en el cual actualmente la capital santafesina, a pesar de su importancia y la de su área de influencia, es casi la única capital del litoral argentino que no es sede de una Cámara Federal.
Desde la perspectiva de la jurisdicción territorial a asignar al tribunal cuya creación se propone, la misma viene a componer un cuadro racional en tanto hace coincidir el ámbito de competencia de los órganos de justicia federal en Santa Fe con los límites geográficos de esta provincia. En la actualidad un vasto territorio del norte santafesino, compuesto por los departamentos General Obligado, 9 de julio, San Cristóbal, San Javier y Vera, donde ejerce jurisdicción el Juzgado Federal de Primera Instancia de la ciudad de Reconquista, se halla bajo la órbita de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, provincia del Chaco, como órgano de alzada.
La situación se torna más compleja y carente de lógica si consideramos que el Tribunal Federal Oral en lo Criminal de Santa Fe funciona (según Acordada de la Suprema Corte de Justicia Nacional) como alzada de las causas tramitadas en esa materia por ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Reconquista.
Se deduce también de lo afirmado en cuanto a la falta de coincidencia de este mapa judicial con el límite político de las provincias de Santa Fe y Chaco, su no coincidencia con los mapas de las respectivas justicias ordinarias de ambas provincias. Esto redunda en una innecesaria complejidad, en el viaje de expedientes judiciales unas veces del norte santafesino hacia Chaco, las otras veces hacia Santa Fe. Esto genera una verdadera incongruencia: que un Tribunal Oral en lo Criminal encuadrado en el ámbito de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, deba también atender cuestiones generadas en parte del ámbito de competencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia.
Con la creación del órgano propuesto se alcanzaría, por el contrario, una total coherencia de límites provinciales y jurisdicciones judiciales tanto federales como provinciales.
Es evidente que esto redundará en mayor celeridad de los trámites, la reducción de costos de traslados y otros gastos causídicos, y la mejora de las tareas de superintendencia, todo ello dentro de un ámbito geográfico homogéneo y con un sentimiento de unidad histórica (el centro- norte santafesino).
Debe agregarse a todas las razones apuntadas, las que nos marcan las estadísticas de causas judiciales en trámite.
Esos números nos muestran la necesidad de descomprimir el enorme volumen de causas que se tramitan por ante la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario y que provienen de los Juzgados de primera instancia de esa ciudad, así como de los de Santa Fe, San Nicolás de los Arroyos (provincia de Buenos Aires), a los que se sumarían los del ya creado Juzgado Federal de Primera Instancia de la ciudad de Rafaela.
La necesidad aparece palmariamente si se analizan las estadísticas de otras Cámaras Federales como las instaladas en Posadas o Corrientes, o Paraná.
Tratándose de una materia relacionada directamente con una finalidad esencial del Estado, y sin que necesitemos destacar que es una cuestión crítica para la sociedad, por un lado, una acción sin dilaciones frente a la complejidad del delito (cítese al narcotráfico, trata de personas entre otros presentes en el área) así como la tutela efectiva de los intereses de los particulares, se haya plenamente justificada la inversión para la instalación de este nuevo tribunal.
Por su parte, la creación de los Juzgados, Fiscalías y Defensoría en las ciudades de Rosario y Santa Fe, surgen de la necesidad de brindar respuestas efectivas a los requerimientos de los justiciables, sobre todo teniendo en cuenta la notable proliferación de causas surgidas en los últimos seis años en este fuero federal íntimamente relacionadas con el narcotráfico.
En este sentido, el incremento de causas y su complejidad tienen por epicentro la jurisdicción de Rosario que comprende el sur de la provincia de Santa Fe donde se asienta la mayor parte de la población, en localidades como Villa Constitución, Arroyo Seco, Villa Gobernador Gálvez, Pérez, Funes, Roldán, Casilda, Carcarañá, Granadero Baigorria, Capitán Bermúdez, Fray Luis Beltrán, San Lorenzo y Puerto General San Martín, entre otras.
Cabe señalar que el último Juzgado Penal creado en la ciudad de Rosario data del año 1990, y en el caso de la ciudad de Santa Fe los dos Juzgados existentes son de fuero pleno contando sólo con una Secretaría Penal cada uno, evidenciando la insuficiente organización jurisdiccional para dar respuesta al accionar delictual y las demandas propias del crecimiento demográfico.
Por otra parte, es dable destacar que el paradigma de justicia que comulga con los principios que surgen de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos con jerarquía constitucional, conforme el art. 75 inc. 22 de nuestra Carta Magna, y de los precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, exige que el estado brinde posibilidades reales de acceso a la justicia en condición de igualdad a todos los habitantes y particularmente a los sectores más vulnerables de la sociedad.
A mayor abundamiento, también resulta menester tener en cuenta que el "derecho de acceso a la justicia" se ve afectado cuando existe demora o dilación de dichos operadores, generando con ello incluso, responsabilidad internacional del estado por falta de respuesta oportuna en la reparación de los derechos afectados.
Es así como existen razones de entidad suficiente que hacen indispensable la presente propuesta.
Por las razones vertidas, Señor Presidente, solicito a mis pares me acompañen en la sanción de la presente ley.
ANEXO I
Magistrados y funcionarios de Cámara
Juez de Cámara...................... Tres (3)
Secretario de Cámara.............Tres (3)
Prosecretario de Cámara........ Uno (1)
Subtotal....................................Siete (7)
Funcionarios del Ministerio Público
Fiscal General.......................Uno (1)
Defensor público oficial........Uno (1)
Secretario (1 para Fiscalía y 1 para defensoría)..Dos (2)
Subtotal.................................Cuatro (4)
Personal administrativo y técnico de Cámara de Apelaciones
Auxiliar..................................Cuatro (4)
Auxiliar Administrativo.........Cuatro (4)
Subtotal.................................Ocho (8)
Personal de servicio, obrero y maestranza de Cámara de Apelaciones
Ayudante...............................Tres (3)
Subtotal.................................Tres (3)
Personal administrativo y técnico del Ministerio Público ante la Cámara
Auxiliar...................................Dos (2)
Auxiliar Administrativo..........Dos (2)
Subtotal.................................Cuatro (4)
Personal de servicio, obrero y maestranza del Ministerio Público ante la Cámara
Ayudante...............................Uno (1)
Subtotal.................................Uno (1)
TOTAL...........................Veintisiete (27)
ANEXO II
Magistrados de primera instancia, funcionarios del Ministerio Público Fiscal y de la Defensoría General de la Nación
Juez Primera Instancia.....................Tres (3)
Secretario de Primera Instancia .......Seis (6)
Prosecretario.....................................Seis (6)
Subtotal.............................................Quince (15)
Funcionarios del Ministerio Público
Fiscal .................................................Tres (3)
Defensor público oficial.......................Uno (1)
Secretario (3 para Fiscalías y 1 para Defensoría).Cuatro (4)
Subtotal.................................Cuatro (8)
Personal administrativo y técnico de los juzgados
Auxiliar................................. .Seis (6)
Auxiliar Administrativo...........Seis (6)
Subtotal.................................Doce (12)
Personal de servicio, obrero y maestranza
Ayudante...............................Tres (3)
Subtotal.................................Tres (3)
Personal administrativo y técnico del Ministerio Público
Auxiliar..................................Dos (2)
Auxiliar Administrativo..........Dos (2)
Subtotal................................Cuatro (4)
Personal de servicio, obrero y maestranza
Ayudante...............................Uno (1)
Subtotal.................................Uno (1)
TOTAL................................Cuarenta y tres (43)
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PEROTTI, OMAR ANGEL SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA