PROYECTO DE TP
Expediente 7137-D-2006
Sumario: ELECCIONES NACIONALES. INCORPORACION DEL VOTO ELECTRONICO.
Fecha: 28/11/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 182
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º: Incorpórase el sistema de
votación electrónico para las elecciones nacionales.
Art. 2º: El sistema de votación electrónico
deberá garantizar: a) el carácter secreto del voto, b) la seguridad de los datos y c) la
emisión de un comprobante que registre cada voto emitido para su posterior envío a la
Junta Electoral.
Art. 3º: La puesta en funcionamiento del
sistema de voto electrónico podrá hacerse en forma gradual, parcial o integral, de
acuerdo con la reglamentación que establezca el Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 4º: La Junta Electoral Nacional deberá
adecuar los instrumentos electorales a las modalidades propias del sistema por voto
electrónico.
Art. 5º: El Poder Ejecutivo nacional, dictará
la reglamentación pertinente para la implementación del sistema de votación creado por
la presente ley.
Art. 6º: Comuníquese al Poder Ejecutivo
nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Los avances tecnológicos
alcanzados en las últimas décadas han revolucionado la vida de los individuos tanto en
las tareas hogareñas como en los más complejos procedimientos, brindando al mismo
tiempo mayor precisión y credibilidad.
El sistema democrático y su ejercicio por
parte de los ciudadanos a través del voto, no ha quedado ajeno a estos cambios. Por el
contrario, el avance de la tecnología ha influido fuertemente, exigiendo la renovación de
los sistemas tradicionales electorales mediante la implementación del voto
electrónico.
Es así que en muchos países se ha
reemplazado el antiguo sistema de boletas de papel y urnas de cartón, por instrumentos
mecánicos hasta llegar a la incorporación de los sistemas electrónicos de votación.
Entre las ventajas del sistema se advierte
una simplificación en el trabajo de las autoridades de mesa, asegurando la exactitud,
rapidez y conocimiento inmediato del resultado del escrutinio, sin posibilidad de
manipulación o fraude alguno.
Distintas provincias han comenzado a
incursionar en este nuevo sistema. A modo de ejemplo las elecciones municipales
llevadas a cabo en la ciudad de Bantán Provincia de Buenos Aires adquirió singular
importancia a nivel nacional a pesar de la pequeña cantidad de personas habilitadas
para votar (4.111 electores.). También en la provincia de Río Negro se implementará
este sistema de votación en San Antonio Oeste.
Por otro lado las recientes elecciones
que tuvieron lugar en la República de Brasil que permitió el triunfo de Luiz Inacio Lula
da Silva, demostraron la eficiencia de este nuevo sistema que permite garantizar una
total celeridad en el proceso eleccionario y tomar conocimiento del resultado del
escrutinio en forma casi inmediata, evitando reclamos e impugnaciones.
En el proyecto se prevé una
implementación progresiva del nuevo sistema teniendo en cuenta la compleja
infraestructura de hardware y telecomunicaciones (servidores de redes locales,
regionales y centrales), que serán necesarios para lograr una infraestructura básica que
permita la operatividad del sistema.
Asimismo también se considera el tiempo
que demorará contar con la capacitación de miles de asistentes para poner en
funcionamiento el sistema.
No obstante lo expuesto y a pesar del
tiempo que demande la puesta en marcha del nuevo sistema de votación
consideramos necesaria la aprobación del proyecto como punto de partida a una nueva
dimensión por la modalidad en la emisión del voto que garantiza sus elementos
esenciales y al mismo tiempo celeridad en el escrutinio.
Por las consideraciones
expuestas, solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley a fin de
afianzar las instituciones de nuestro sistema republicado y Federal de gobierno,
fortaleciendo el ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos en orden a
lo dispuesto por el art. 37 de la Constitución Nacional.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BALADRON, MANUEL JUSTO | LA PAMPA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
JUSTICIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |