PROYECTO DE TP
Expediente 7120-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA QUE LAS EMPRESAS QUE PRESTAN EL SERVICIO DE TRANSPORTE INTERPROVINCIAL CHACO - CORRIENTES, UNIFIQUEN EL COBRO DEL SERVICIO UTILIZANDO UNA SOLA TARJETA MAGNETICA, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 10/09/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 120
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicita al Poder
Ejecutivo Nacional que a través de la Secretaría de Transporte de la
Nación y la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT),
se arbitren las medidas conducentes a los efectos de implementar
en lo inmediato el descuento del veinte por ciento (20%) en los
pasajes de transporte automotor interurbano Chaco - Corrientes,
para los estudiantes secundarios, universitarios y personal docente,
de conformidad con lo establecido en la Resolución Nº 203/89 de la
Subsecretaría de Transporte y Obras Publicas de la Nación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Resolución Nº
203/89 de la Subsecretaría de Transporte y Obras Publicas de la
Nación- SETOP- , establece un régimen tarifario diferencial para el
transporte de los estudiantes secundarios, universitarios y personal
docente, previendo una reducción tarifaria para las empresas
interurbanas de jurisdicción nacional utilizadas por aquellos.
El Decreto 2407/02 que declaraba la emergencia del transporte
público de pasajeros, estableció la aplicación de bandas tarifarias,
además de un régimen transitorio de frecuencias del mencionado
transporte, y normas generales relativas a la recategorización de los
vehículos. El mencionado sistema de bandas tarifarias provocó que
en la actualidad los descuentos que rigen para estudiantes en la
práctica no se apliquen por una cuestión de interpretación, no
obstante a que la propia Comisión Nacional Reguladora del
Transporte ha informado la existencia del descuento del 20% para
los estudiantes secundarios, universitarios y docentes.
Son numerosos los
reclamos existentes en las provincias de Chaco y Corrientes sobre la
necesidad que se aplique el descuento establecido por el Decreto Nº
203/89; estos reclamos han surgido desde distintos sectores de la
sociedad y se repiten año tras año.
La Defensoría del
Pueblo del Chaco y de Corrientes han expresado su reclamo
reiterado por el incumplimiento de la normativa que fija el boleto
estudiantil a precio diferencial, menor al costo general, tal lo
establece la resolución N° 203/89. Ediles municipales de ambas
ciudades, Centro y Agrupaciones Estudiantiles han solicitado la
intervención de funcionarios Nacionales para que las Empresas de
Transporte de Pasajeros de Jurisdicción Nacional den cumplimiento
a la Resolución Nº 203/89; sin obtener respuestas concretas.
La resolución Nº
203/89, no tienen vigencia real, mas específicamente su
cumplimiento va desde irregular a inexistente por una falta de
voluntad de gestión real de los organismos competentes.
Esta situación descripta
debe solucionarse como así también los eventuales conflictos de
interpretación de la normativa, por lo que corresponde reclamar
que los Organismos administrativos involucrados arbitren las
medidas necesarias y conducentes para la plena y efectiva
aplicación del descuento estudiantil a los estudiantes secundarios,
universitarios y docentes, por lo que solicito a mis pares el
acompañamiento a fin de la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
VALDES, GUSTAVO ADOLFO | CORRIENTES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TRANSPORTES (Primera Competencia) |