PROYECTO DE TP
Expediente 7114-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL TRAFICO ILEGAL DE ESTUPEFACIENTES Y PRECURSORES QUIMICOS A TRAVES DE LA "HIDROVIA PARAGUAY-PARANA".
Fecha: 21/10/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 158
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
para que, a través de los organismos que resulten competentes, se sirva informar
a esta Honorable Cámara acerca de los siguientes interrogantes, que guardan
relación con los controles efectuados respecto del tráfico ilegal de estupefacientes
y precursores químicos a través de la "Hidrovía Paraguay - Paraná":
1) Cuáles son los mecanismos de
control que efectúan las autoridades de la Aduana, de la Prefectura Naval
Argentina y el Servicio de Sanidad Animal (SENASA) en todos los puertos y
terminales ubicados sobre la extensión completa de la "Hidrovía Paraguay -
Paraná", especificando especialmente los efectuados en puertos privados.
2) Cuáles han sido los resultados de
esos controles en lo referido al tráfico de estupefacientes y precursores químicos
durante el período 2009 - 2013 y cuántos sumarios y denuncias han sido
practicados.
3) En relación al punto anterior,
detállese la totalidad de expedientes en trámite ante la Justicia Federal sobre los
delitos constatados a los que venimos haciendo referencia
4) En caso de haberse detectado
acciones irregulares en este sentido, detállese cuales fueron las medidas o
procedimientos que han implementado los organismos competentes a fin de
mejorar la eficiencia en el control de cargas ilícitas.
5) Informe si el Estado Nacional
cuenta con estadísticas actualizadas acerca del comercio ilícito de estupefacientes
y precursores químicos en la Hidrovía. En caso afirmativo sírvase remitir testimonio
escrito de las mismas.
6) Informe si el Estado Nacional
cuenta con estadísticas actualizadas sobre el volumen y tipo de tráfico fluvial que
transita la Hidrovía Paraguay - Paraná
7) Informe cómo está compuesta la
dotación de personal afectada a las referidas actividades de control, precisando la
distribución de personal por dependencias;
8) Informe cuáles son los recursos
materiales puestos a disposición para llevar adelante dichas funciones de
auditoria;
9) Indique si existen ámbitos
permanentes de discusión, colaboración y coordinación conjunta entre las distintas
fuerzas o poderes del Estado que comparten el espacio jurisdiccional (AFIP,
Prefectura Naval, Policía Federal, etc.) a los fines de desarrollar un eficiente
control;
10) Indique si existen tareas de
coordinación efectiva entre las Aduanas de los países firmantes del acuerdo de
Hidrovía, con el objeto de garantizar una adecuada vigilancia del tránsito
fluvial;
11) Indique si actualmente el PEN
cuenta con un sistema de seguimiento de barcazas, buques y demás tipo de
embarcaciones que circulan por la Hidrovía Paraná-Paraguay.
12) Indique las razones por las que
no se ha procedido a reglamentar la Ley 24.385 sancionada y promulgada en el
año 1994.
13) Cualquier otra información que a
vuestro criterio sirva al presente.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Hidrovía Paraguay-Paraná -que se
extiende desde Puerto Cáceres, perteneciente a Brasil en el extremo norte y Puerto
Nueva Palmira, perteneciente a Uruguay en el extremo sur- es la principal vía
fluvial de la Argentina y una de las más importantes de todo el mundo. La mitad
de su extensión pertenece a nuestro país. A través de la misma circula diariamente
una vasta cantidad de barcos de gran calado que transportan productos y
mercaderías de gran significado económico. Ello la transforma en un recurso
estratégico, no sólo para los puertos y productores de la llamada Cuenca del Plata,
sino fundamentalmente para la propia economía nacional, en tanto de allí surge la
provisión de divisas con más peso en el balance de nuestro comercio exterior. Vale
destacar que por esta ruta transitan buques y barcazas con granos que concentran
el 82% de las exportaciones de este sector. Es preciso agregar que este
importante sistema fluvial es compartido por nuestro país, Bolivia, Brasil, Paraguay
y Uruguay, circunstancia que lo erige como un elemento de integración física y
económica de toda la región sur del continente.
El subsecretario de Puertos y Vías
Navegables de la Nación, Horacio Tettamanti, identificó las hidrovías como "una
oportunidad para la integración nacional y continental" y señaló que "la industria
naval debe tener otro protagonismo en comparación con la extensión territorial y
de vías navegables" del país. Asimismo, reconoció que "Argentina debe dar un
salto en energía y en transporte" y expresó su preocupación sobre cómo se
movilizarán las 150 millones de toneladas previstas por el PEA 2020 (Programa
Estratégico Agroalimentario y Agroindustrial 2020): "Con esta infraestructura no lo
podemos sostener"(1)
Sin embargo, la Hidrovía Paraguay-Paraná es al mismo tiempo un ámbito propicio
para que operen las organizaciones vinculadas con el tráfico ilícito de
estupefacientes, en la medida en que este importante corredor hídrico, por su
conexión con el Atlántico, es una vía de acceso directo al resto del mundo. De este
modo permite a quienes se dedican al comercio ilegal de narcóticos acceder al
mercado europeo.
La difusión del informe anual de
drogas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ubica a Argentina en el
tercer lugar de los principales puertos de embarque de cocaína por detrás de Brasil
y Colombia. No obstante, esto último no hace referencia a la producción de esta
droga en nuestro país. Para elaborar ese ranking se tomó en cuenta la captura de
drogas entre 2001 y 2012. En esas evaluaciones, realizadas por las autoridades de
cada país, se hizo referencia en repetidas oportunidades a la Argentina como lugar
de despacho de los cargamentos de cocaína.
El análisis de las incautaciones
durante 2011 muestra también una alerta de la ONU sobre la falta de información
oficial por parte de la Argentina respecto de los secuestros de drogas. El
documento informa claramente que debió nutrirse de información parcial en el
caso argentino, único país que fue señalado por esa falta de datos.
Lo anteriormente expuesto puso de
relieve el deficiente control fiscal sobre los puertos de la hidrovía. En este sentido,
la Auditoría General de la Nación (AGN) elevó a la AFIP un documento con duras
conclusiones luego de inspeccionar los muelles de Buenos Aires, Campana y San
Lorenzo.
El mismo jefe de la AGN, Leandro
Despouy, calificó como "zona liberada" estas terminales por el funcionamiento
ineficiente de los escáneres. Esto es así porque la cantidad de artefactos no es
suficiente para analizar el caudal de la operatoria y tampoco tienen la capacidad de
determinar si un contenedor transporta drogas, al no discernir entre sustancias
orgánicas e inorgánicas.
La auditoría se realizó entre julio de
2010 y junio de 2012, abarcó a las aduanas de Buenos Aires y Campana. Pero la
oficina de San Lorenzo, tiene especial trascendencia por tener a su cargo el
complejo de puertos por donde sale la mayor cuota de las exportaciones del país:
entre 2008 y 2010 salió de esos amarres el 34% de las cargas despachadas al
exterior, por un valor de $53.331 millones de dólares.
Los veedores de la AGN observaron
que los llamados "controles de fondeo" sobre los buques amarrados en los puertos
privados del cordón norte están a cargo de la sección Resguardo, pero que los
perros para realizar esa tarea están a cargo de otra área, Medición, que no tiene
tareas que requieran de esos animales entrenados. También descubrieron que los
agentes aduaneros en San Lorenzo eligen qué buque inspeccionar de manera
azarosa, sin una norma que los guíe, y a criterio de la orden del administrador de
la Aduana. "No se nos aportó ninguna norma que especifique la manera de llevar a
cabo la selección de los buques", cuestionó la auditoría. Un funcionario confirmó
que la nave a inspeccionar se define en función de "analizar el destino del buque,
la naturaleza de la mercadería y el seguimiento de control a determinadas
terminales por magnitud de operaciones".
La AGN detectó otra anomalía en el
modo de analizar muestras de las mercaderías que se exportan. En el caso de las
cargas peligrosas, como gases y combustibles, dichas muestras son
proporcionadas directamente por las empresas exportadoras, y retiradas por un
agente aduanero de la Terminal, aproximadamente una vez por semana. En
cambio, el reglamento de la AFIP manda que esa extracción de muestras debe ser
supervisada por los agentes aduaneros para constatar que la muestra entregada
corresponda a la mercadería a ser exportada, para evitar adulteraciones. Eso no
ocurre en los puertos locales. Tampoco llevan un registro ni consta quién traslada
esas muestras de carga hasta la Aduana.
En ese punto, el informe del
organismo dirigido por Despouy señaló exportaciones de Minera Alumbrera SA, con
permisos de embarque de cinco años de antigüedad y sin terminar de cargar al
Sistema Informático María, fuente central de información para la AFIP.
El informe describió una situación
caótica en el depósito, cuya puerta no se encontraba precintada, y con las
muestras sin ordenar según sus características, algunas de varios años
anteriores.
La inspección denunció que las
balanzas fiscales en cada puerto no están sujetas a control de vencimientos por
parte del INTI, y señaló como criticable que la Aduana sanlorencina cuente con un
solo bote para realizar tareas de control en las embarcaciones que arriban por la
hidrovía. También encontró que el personal aduanero es insuficiente a juzgar por
la proliferación de nuevos puertos que hubo en los últimos años entre los
kilómetros 464 y
441 del río, el incremento de
operadores con planta propia y el creciente movimiento de mercadería
transportada por barcazas desde la hidrovía Paraguay - Paraná. "La falta de
personal trae aparejado un deterioro en la calidad del servicio prestado", indicó el
informe de la AGN.
Otros graves problemas de seguridad
fueron detectados en lo que respecta a la inexistencia de una clara norma para
verificar a los precintos de los contenedores, situación que puede permitir la
recarga del transporte tras una inspección. Además fue verificado que no
funcionaban las cámaras de seguridad tanto en el puerto de Campana como en
San Lorenzo. Incluso no hay resguardo de las imágenes cuando son efectivamente
filmadas, por lo cual no se tiene garantías sobre su utilidad en caso de ser
requeridas por una investigación judicial. Y menos constancia queda sobre posibles
verificaciones antidrogas con otros métodos, como el uso de perros
adiestrados.
La utilización de canes adiestrados
para detectar drogas no queda grabada en sistemas electrónicos al "no estar
informatizado" el resultado de las pesquisas. Sólo queda un registro manual de
esos procedimientos.
En diciembre de 2012 fue decomisada
en Lisboa una carga de 1200 kilogramos de cocaína que había partido del puerto
de Campana, uno de los que tiene instalado el escáner que no puede detectar
drogas.
Además, no todos los contenedores
pasan por el sistema de control electrónico, sino que la AGN determinó que en ese
puerto se utiliza un sistema especial para decidir qué carga pasará por el escáner:
un agente decide cada día si serán inspeccionados camiones con patentes
terminadas en números pares o impares.
La auditoría sobre el control aduanero
en las terminales portuarias se encuentra desde mayo pasado en poder del titular
de la Afip, Ricardo Etchegaray.
Además de todo esto, requerimos
saber las razones por las que la Ley 24.385 no ha sido reglamentada. La misma
fue sancionada y promulgada en el año 1994, por la cual el Congreso Argentino
aprobó el Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay- Paraná y
Protocolos Adicionales, que establece derecho y obligaciones en ese ámbito.
Con respecto a esto, en el año 2010
solicitamos explicaciones de por qué habían transcurrido 16 años en los que no se
procedió con la efectivización de la norma y no hemos recibido respuesta alguna.
Ahora reiteramos este pedido habiendo pasado 19 años, lo que genera un vacío
legal en lo que refiere al ámbito de la hidrovía.
Como expresáramos en los fundamentos de un proyecto de resolución anterior (Nº
de expediente 8021-D-2010), "la lucha contra el narcotráfico exige la adopción de
políticas de Estado orientadas a reducir las enormes ventajas comparativas que
nuestro país ofrece, tales como cercanía a países productores de estupefacientes
como Bolivia, Perú y Colombia, extensas fronteras que dificultan los controles
estatales, presencia de un polo industrial que permite a los narcotraficantes
hacerse de precursores químicos vitales para la síntesis de drogas. Sin embargo
vemos con preocupación que no se adoptan las medidas necesarias a tal fin. En
este sentido debemos señalar que tampoco se ha reglamentado aún la ley 26.045
-que crea el Registro Nacional de Precursores Químicos- sancionada y promulgada
en el año 2005; no se ha dado cumplimiento al plan de radarización del Espacio
Aéreo Argentino; no se actúa en materia de lavado de activos provenientes de
actividades ilícitas".
Por los motivos expuestos solicito a mis pares que me acompañen en el
tratamiento y posterior aprobación del presente proyecto de resolución.
(1)
http://www.lacapital.com.ar/ed_impresa/2013/10/edicion_1791/contenidos/noticia
_5164.html
(2)
http://www.hcdn.gov.ar/proyectos/proyecto.jsp?id=120947
Firmante | Distrito | Bloque |
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PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia) |