PROYECTO DE TP
Expediente 7033-D-2006
Sumario: SECUESTROS VIRTUALES. PROHIBICION DE UTILIZACION DE TELEFONOS CELULARES A INTERNOS ALOJADOS EN ESTABLECIMIENTOS DEPENDIENTES DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.
Fecha: 22/11/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 179
El Senado y Cámara de Diputados...
SECUESTROS
VIRTUALES
Artículo 1º): Prohíbase a
las personas alojadas en los establecimientos de detención
dependientes del Servicio Penitenciario Federal, el uso de teléfonos
celulares.-
Artículo 2º): Comuníquese
al Poder Ejecutivo.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El secuestro
virtual consiste en llamar a un número telefónico al azar y
manifestarle al interlocutor que tiene secuestrado a un miembro
cercano de su familia, que por el momento no puede decirle quien es,
pero que si hace todo lo que le indican, el familiar pronto será
liberado.
Luego le
dicen que cuenta con 10 minutos para ir a comprar tarjetas
telefónicas, por un valor que oscila entre los 200 y los 500 pesos, y
que se apure, ya que volverán a comunicarse para dar mas
indicaciones.
Efectivamente
vuelven a llamarlo, le indican que raspe las tarjetas y les pasen el
código, la clave y la empresa de cada una, para posteriormente decir
que dejará en libertad a su familiar.
Se detectó
también que esta maniobra es realizada por presos desde el teléfono
instalado en el interior de las cárceles, por lo cual algunas llamadas
ingresan por sistema de cobro revertido, aunque no siempre sucede de
este modo. Aquí resulta importante destacar que la mayoría de la
información sobre el parentesco y el nombre del supuesto damnificado,
siempre es aportada por comentarios que realiza el que esta siendo
extorsionado.
Otro modo de engaño
consiste en lo siguiente:
1. Se recibe una
llamada telefónica donde se hace saber que tienen una persona en un
hospital que sufrió un accidente, y que tenía ese número de
teléfono.
2. Luego le solicitan el
nombre de algún familiar y cuando otorgan todos los datos, algunas
veces hasta como estaba vestido, pasan a decirle que, en realidad lo
tienen secuestrado.
3. El engaño radica en
que no se ha secuestrado a ningún familiar, lo que se busca en
realidad es desesperar a quien recibe la llamada, al no estar con sus
familiares cercanos.
La segunda variante es cometida por
varias personas. Esta modalidad se lleva a cabo del siguiente modo:
1- En este caso, se
cuenta con alguna información de la persona que recibe la
llamada.
2- Se comunican con
el damnificado a varios teléfonos.
3- Lo llaman por su
propio nombre.
4- Le indican quien es
el familiar secuestrado.
5- Se solicitan claves
de las tarjetas telefónicas, como en el caso anterior, o la entrega de
dinero, siempre en cantidades que puedan ser conseguidas en poco
tiempo.
6- Luego le indican
donde dejarlo o en que lugar esperar para que alguien pase a
retirarlo.
En estos casos
tampoco se ha secuestrado a persona alguna.
La cantidad de
llamadas de este tipo, se incrementan los viernes por la noche y, muy
especialmente, los sábados, ya que son días en los cuales muchos
hijos concurren a sitios donde es difícil ubicarlos.
Ante un hecho de esta
naturaleza se recomienda:
1- No perder la calma
y procurar no aportar información que podría ser utilizada por los
delincuentes.
2- Si quien recibe el
llamado no resulta shokeado por la noticia, dar el nombre de una
persona y parentesco inexistentes, para confirmar de este modo la
mentira.
3- También se
aconseja comenzar a rastrear telefónicamente a sus familiares mas
directos, y hacerse ayudar por otro familiar para dividirse las personas
a llamar, y así poder ubicar a las posibles víctimas en el menor tiempo
posible.
4- Avisar siempre a la
Policía.
5- Se recomienda
además no tirar las tarjetas telefónicas, ya que de esa manera se
puede rastrear al autor y o cómplices del delito.
Nunca y bajo ningún concepto
debe aceptar un código ni claves telefónicas, que no provengan de una tarjeta en
perfecto estado, ya que los códigos informados de cualquier otro modo
seguramente proviene de un delito de los mencionados, con lo cual no solo
permite completar el delito sino que se convierte en participe necesario con las
consecuencias penales que ello implica.
El secuestro virtual es
una modalidad delictiva de la que fueron víctima desde el músico
Charly García, hasta un juez y un policía acostumbrados a investigar
secuestros extorsivos, un piloto presidencial y el despachante de
aduanas Facundo Azulay que terminó asesinado.
El caso de Charly
García ocurrió en agosto de 2004, cuando al músico le dijeron que su
hijo estaba secuestrado, ya que a los pocos minutos, el joven llegó a la
casa.
El 11 de mayo de 2004
fue el turno del juez Jorge Luis Ballestero. La empleada doméstica del
magistrado y su esposa atendieron una llamada en la que le advertían
que una de sus hijas estaba secuestrada, cuando en realidad estaba
rindiendo un examen en la facultad.
El 10 de febrero de
2005 Facundo Azulay, un despachante de aduanas, recibió un llamado
en sus oficinas en el que le dijeron que tenían un familiar secuestrado,
aunque todo era una farsa.
Azulay salió a pagar el
rescate, pero los delincuentes decidieron transformar lo que era un
secuestro virtual en uno real, lo capturaron, cobraron un rescate, pero
lo asesinaron de un balazo en la cabeza en una villa del Partido de La
Matanza.
Por todo lo expuesto
solicito de mis pares el acompañamiento del presente proyecto de
Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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SOLANAS, RAUL PATRICIO | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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