PROYECTO DE TP
Expediente 7018-D-2006
Sumario: CARGOS PUBLICOS. PROHIBICION DE UNA SEGUNDA REELECCION PARA OCUPAR EL MISMO CARGO.
Fecha: 22/11/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 179
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º.-Ningún ciudadano puede ser
electo para ocupar un mismo cargo público más de dos veces en forma
consecutiva.
Artículo 2º.-La presente Ley será aplicable a
todos los cargos públicos electivos nacionales respecto de los cuales la Constitución
Nacional no haya previsto un régimen específico.
Artículo 3º.-La presente Ley será aplicable
retroactivamente a las personas que a la fecha de la sanción de la presente ley se
encuentren en ejercicio de su mandato en el cargo público electivo de que se trate.
Artículo 4º.-Invitase a las Provincias, a la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los Municipios a adoptar las normas necesarias
para modificar las disposiciones previstas en su legislación a los efectos de armonizar las
mismas al régimen establecido en esta Ley.
Artículo 5º- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto tiene por objeto llenar
uno de los cometidos más importantes que la Constitución ha dejado en manos del
Congreso, al no prever soluciones expresas. Se trata de la reglamentación de los
períodos que legalmente pueden ocupar los distintos detentadores de cargos electivos.
Nadie duda que lo más sano para la
República y para sus instituciones es que exista un recambio natural y periódico de los
dirigentes políticos. Viene a ser, de hecho, uno de los prerrequisitos para que exista una
democracia plena. Si no hay rotación y reemplazo de la clase dirigencial cada cierto
tiempo razonable, es difícil o imposible tener una democracia que nos convenga a todos.
Tendremos un sistema nominalmente democrático y, talvez, algunos síntomas parecidos
a la democracia (elecciones, libertad de prensa, etc.) pero no tendremos una democracia
realmente representativa por que el voto se reducirá a convalidar mandatos y no a
consagrar propuestas renovadoras de la política y de los cambios sociales.
La democracia se exige a si misma no
contar con la apetencia natural de los hombres a perpetuarse. Aquí exige –como la
naturaleza misma- que algo muera y deje paso naturalmente a lo que viene. Y así,
paulatinamente, esto alumbra un proceso que lentamente decanta en más democracia,
convirtiéndola en un estilo de vida.
Por eso, estamos totalmente de acuerdo en
que no exista posibilidad constitucional para nadie de ocupar más un cargo electivo por
más de dos períodos consecutivos.
Nosotros en Neuquén, mucho antes de que
el tema estuviera en los medios, logramos plasmar en nuestra Constitución lo que hoy
parece ser un hallazgo nacional luego de la debacle de Misiones. El artículo 305 de la
Constitución provincial tajantemente prohíbe a todo el mundo la reelección por más de
dos períodos consecutivos. En Neuquén este tema no ha sido una moda ni algo para
figurar en los espacios radiales y televisivos. Fue un sentir común de la sociedad
plasmado en un artículo constitucional. Y digo común porque la cláusula –impulsada por
el Movimiento Popular Neuquino- fue votada por unanimidad en la Convención. Por si
fuera poco, también nuestra Constitución prohíbe expresamente y sin atenuantes al
Gobernador, dictar los denominados decretos de necesidad y urgencia.
El proyecto abarca, básicamente, los
cargos a los cuales alcanza este régimen, como así también establece una retroactividad
expresa en función de abarcar a todos aquellos a quienes se encuentran en
cumplimiento de un mandato.
Por otro lado, en su parte final el proyecto
tiene la intención de invitar a las provincias, a la C.A.B.A. y a los municipios, a que en el
ejercicio de sus autonomías y autocefalías, sean parte del presente cambio institucional,
que representa la renovación constante y el ingreso de nuevos actores al plano
político.
Es de destacar, que el presente trabajo, se
da en el marco de continuidad de la institución democrática, que ininterrumpidamente
viene dándose desde 1983, y que ahora aparece como necesario restringir la posibilidad
de reelecciones indefinidas.
Por las razones expuestas, solicito a mis
pares me acompañen en esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
COMELLI, ALICIA MARCELA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0209-D-08 |