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PROYECTO DE TP


Expediente 7007-D-2013
Sumario: IMPUESTO A LAS GANANCIAS (LEY 20628) INCORPORACION DEL INCISO Z) AL ARTICULO 20, SOBRE SUMAS PERCIBIDAS EN CONCEPTO DE ADICIONALES POR ZONA DESFAVORABLE.
Fecha: 10/10/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 152
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º.- Incorpórase como inciso z) del artículo 20 de la Ley Nº 20.628 - Texto Ordenado según Decreto Nº649/97 - y sus modificatorias, el siguiente:
"z) Las sumas percibidas en concepto de adicionales por zona desfavorable que conformen parte de las ganancias de la cuarta categoría previstas en el artículo 79 de la presente ley."
Artículo 2º.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En las provincias de la Patagonia, los trabajadores en relación de dependencia perciben un adicional remunerativo por "zona desfavorable" como compensación por el mayor costo de vida que tiene esta región en comparación con otras, más cercanas a los grandes centros de producción y consumo del país. Es evidente, por lo tanto, que este adicional, lejos de constituir un privilegio persigue un objetivo de justicia social: equiparar el poder adquisitivo de los trabajadores patagónicos con el de los trabajadores radicados en las regiones con menor costo de vida.
Se trata, en definitiva, del reconocimiento práctico del derecho constitucional de igual remuneración por igual tarea para todos los trabajadores patagónicos. Por otra parte, este beneficio está en la línea histórica de las políticas públicas orientadas a desarrollar la región patagónica, promoviendo la radicación de trabajadores en condiciones dignas.
Sin embargo, como el adicional por zona desfavorable no está contemplado en las exenciones del Impuesto a las Ganancias previstas en el art. 20 de la ley 20.628, los trabajadores en relación de dependencia, al pagar este tributo, sufren un importante descuento del monto del beneficio.
En consecuencia, los trabajadores patagónicos actualmente no pueden materializar plenamente el beneficio que implica el adicional y las finalidades de justicia social y desarrollo regional que se señalaron quedan desvirtuadas. Este proyecto de ley propone entonces que el adicional por zona desfavorable no se considere como "ganancia proveniente del trabajo personal ejecutado en relación de dependencia" (según los términos del artículo 79 inciso b de la ley) y por lo tanto el monto correspondiente no se compute para el cálculo del tributo. La reforma que se plantea expresa un reclamo que los trabajadores de la región patagónica vienen sosteniendo desde hace muchos años, y está en línea con otros proyectos de ley presentados en esta Cámara de Diputados de la Nación, que contienen previsiones en el mismo sentido, pero que no han tenido tratamiento.
Finalmente, por su claridad y elocuencia, transcribimos la Declaración 26/2005 del Parlamento Patagónico, en la que se solicita a las autoridades nacionales:
"...excluir del cálculo de la Ganancia Bruta de los trabajadores en relación de dependencia, activos y pasivos, el importe que perciban en concepto de "zona desfavorable", en virtud de un principio de equidad y justicia...". "...Dado que no se atiende en la legislación vigente la situación de los trabajadores en relación de dependencia residentes en Patagonia, que deben afrontar con sus salarios una mayor carga, producto de un costo de vida más alto, es que consideramos un acto de "equidad y justicia" excluir del cálculo del cómputo de la Ganancia Bruta el importe percibido por los trabajadores en relación de dependencia en concepto de "zona desfavorable", acorde al mayor costo de vida imperante en esta Región Patagónica."
Por las razones expuestas, solicito a mis pares la aprobación de este proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GARCIA LARRABURU, SILVINA MARCELA RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
AVOSCAN, HERMAN HORACIO RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BRILLO, JOSE RICARDO NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
YAGÜE, LINDA CRISTINA NEUQUEN UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
LEGISLACION DEL TRABAJO