PROYECTO DE TP
Expediente 6984-D-2008
Sumario: TARTAGAL, PROVINCIA DE SALTA: DECLARAR ZONA DE DESASTRE Y EMERGENCIA ECONOMICA Y SOCIAL POR EL PLAZO DE CIENTO OCHENTA DIAS PRORROGABLES POR IGUAL TERMINO.
Fecha: 10/02/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 187
El Senado y Cámara de Diputados...
TARTAGAL, PROVINCIA DE SALTA: ZONA DE DESASTRE Y EMERGENCIA
ECONOMICA Y SOCIAL
ARTICULO 1°.- Declárase zona de
desastre y emergencia económica y social por el plazo de CIENTO OCHENTA
(180) días, prorrogables por igual término por el Poder Ejecutivo Nacional, a la
Ciudad de Tartagal, cabecera del Departamento San Martín, Provincia de
Salta.
ARTÍCULO 2°.- A los efectos del
cumplimiento de la presente ley, autorízase al Sr. Jefe de Gabinete de Ministros a
destinar las partidas del Presupuesto de Gastos y Recursos del ejercicio 2009, a
fin de crear un Fondo Especial de Emergencia para atender el gasto que origine la
declaración de emergencia indicada en el artículo 1º.
ARTICULO 3º.- El Poder Ejecutivo
Nacional, en coordinación con las autoridades del Gobierno de la Provincia de
Salta y del Departamento de la zona afectada, instrumentará los mecanismos
necesarios para diagnosticar fielmente el estado de situación, fijar las prioridades,
planificar los objetivos, establecer plazos, metodologías y recursos económicos
para cumplir con los fines de la presente ley.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Hace varios años que junto a diferentes
organizaciones sociales, venimos denunciando el desmonte indiscriminado en
todo el territorio nacional. La ONG Greenpeace viene alertando que "las actuales
inundaciones en el norte de la provincia de Salta, como sucediera también en el
año 2006, son consecuencia directa del irracional proceso de destrucción al que
se encuentran sometidos los últimos bosques nativos argentinos por la falta de
una política firme contra los desmontes. La zona cercana a la Ciudad de Tartagal
es una de la más afectadas por los desmontes para la ampliación de la frontera
agrícola. Además, padecen los impactos de la explotación maderera sin control,
que abre caminos en sus cerros en los que múltiples aserraderos ilegales
irrumpen para robar madera y deteriorar sin pausa la estructura del bosque".
En abril del año 2006 Greenpeace,
presentó un completo Informe sobre la "Incidencia de la deforestación en los
recientes desbordes de ríos y arroyos en el norte de la provincia de Salta", en
donde señalan que "los desmontes no sólo generan las condiciones para que se
produzcan las inundaciones al perderse la cobertura vegetal de los suelos sino
que además contribuyen con emisiones de gases que incrementan el cambio
climático. Los desmontes en la región del parque Chaqueño en Argentina
contribuyen en la emisión de gases de efecto invernadero casi al mismo nivel que
la industria en el ámbito nacional".
Lamentablemente, el 9 de febrero del
2009, un episodio similar se vuelve a producir, ya que por la mañana, tras varias
horas de intensas lluvias, un alud de agua, barro y troncos, provocó un desastre
de enormes proporciones en la localidad salteña de Tartagal.
El desborde del río que atraviesa esa
Ciudad, arrasó con aproximadamente 600 casas, automóviles y también provocó
el derrumbe de un puente ferroviario. Todo esto obligó a que miles de pobladores
tengan que evacuarse, en cuyas viviendas el lodo llegó hasta un metro y medio de
altura.
La situación humanitaria es dramática,
ya que la Ciudad esta colapsada, el servicio eléctrico se encuentra interrumpido,
cientos de personas perdieron sus hogares y aún se siguen buscando a varios
desaparecidos.
Vista la magnitud del desastre, es que
deben adoptarse medidas urgentes, tendientes a colaborar con la frágil situación
por que están atravesando miles de argentinos. Por ello, frente a esta situación, es
que consideramos necesario, que el Estado Nacional intervenga en forma
inmediata.
Por todo esto, es que a través de esta
ley, declaramos la zona de desastre y emergencia económica y social, creando a
su vez un Fondo Especial de Emergencia, que tendrá como finalidad la ejecución
de asistencia económica, sanitaria y social de las zonas afectadas en el territorio
de la Provincia de Salta, debiéndose ejecutar las acciones concretas que tiendan a
la reconstrucción de la zona afectada por el desastre motivado por las intensas
lluvias y sus consecuentes inundaciones.
A su vez, proponemos que el Poder
Ejecutivo Nacional, en coordinación con las autoridades del Gobierno de Salta y
del Departamento de la zona afectada, instrumenten los mecanismos necesarios
para diagnosticar fielmente el estado de situación, fijando las prioridades,
planificando los objetivos, estableciendo plazos, metodologías y recursos
económicos para cumplir con los fines de la presente ley.
Ante esta grave situación que viven
miles de compatriotas, este Parlamento, debe pronunciarse en forma categórica,
por lo tanto solicitamos a los Sres/as. Diputados/as la aprobación del presente
proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
FABRIS, LUCIANO RAFAEL | CHACO | UCR |
RIOBOO, SANDRA ADRIANA | BUENOS AIRES | UCR |
PORTELA, AGUSTIN ALBERTO | CORRIENTES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
17/03/2009 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
14/07/2009 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
28/07/2009 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
04/08/2009 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |