PROYECTO DE TP
Expediente 6937-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL CONTENIDO DE PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES - APROBADO MEDIANTE LA RESOLUCION N° 196/12 DEL MINISTERIO DE TURISMO - CORRESPONDIENTE A LA LICITACION PUBLICA NACIONAL N° 4/12 DE ETAPA MULTIPLE Y MODALIDAD PRECIO DE REFERENCIA PARA LA CONCESION DE LA EXPLOTACION DE HOTELES, SUS COMEDORES, BARES Y LOCALES COMERCIALES DE LA UNIDAD TURISTICA EMBALSE EN LA PROVINCIA DE CORDOBA, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 08/10/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 150
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para
que, a través del organismo que resulte competente, informe y, en caso de
corresponder, remita copia sobre los siguientes puntos:
Contenido del Pliego de Bases y
Condiciones Particulares (aprobado mediante la Resolución Nº 196/12 del MINISTERIO
DE TURISMO) correspondiente a la Licitación Pública Nacional Nº 4/12 de Etapa
Múltiple y Modalidad Precio de Referencia llevada a cabo por el Ministerio de Turismo,
detallándose el contenido de cada una de las cláusulas habidas en todos sus
puntos.
Por qué la Sindicatura General de la Nación
entiende que la situación originada por las especiales características impuestas por el
comitente para evaluar y seleccionar la oferta más conveniente impide el cumplimiento
de los objetivos del Sistema de Precio Testigo, e inhiben su intervención en la licitación.
Detállense las especiales características,
contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, impuestas para evaluar y
seleccionar la oferta económica más conveniente, informándose cuál fue el criterio
utilizado para evaluar la razonabilidad de las ofertas económicas propuestas por las
firmas adjudicatarias.
Acompañe copia fiel del Expediente por el
cual tramitó la mencionada licitación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con fecha 04 de octubre de 2013 se
publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Decisión Administrativa
787/2013 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, mediante la cual se aprobó la
Licitación Pública Nacional Nº 4/2012, de Etapa Múltiple y Modalidad Precio de
Referencia, que tuvo por objeto la concesión de la explotación de los hoteles, sus
comedores, bares y locales comerciales de la Unidad Turística Embalse (Provincia de
Córdoba) dependiente de la Dirección Nacional de Prestaciones Turísticas de la
SECRETARIA DE TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO.
De los considerandos de la mencionada
Decisión Administrativa surge que sólo dos firmas se presentaron a concursar en la
licitación involucrada, pese a que, según se desprende de los propios considerandos, se
cumplieron con todos los requisitos fijados para la publicidad y difusión de un acto
licitatorio (Decreto 1023/01 y normativa reglamentaria).
Abundando con ello, y como también
surge de los considerandos, se cursaron invitaciones a diversas federaciones,
asociaciones y cámaras relacionadas con el sector hotelero-gastronómico y a la Unión
Argentina de Proveedores del Estado (UAPE).
Pese al conocimiento que se tuvo de la
Licitación Pública, y al atractivo que emerge de su propuesta, sólo se presentaron dos
firmas, que resultaron finalmente adjudicatarias; SERVICIOS DE ALIMENTOS SOCIEDAD
ANONIMA y GENERAL DE ABASTECIMIENTO SOCIEDAD ANONIMA.
Semejante situación nos obliga de mínima
a plantearnos algunos interrogantes relacionados con el posible direccionamiento de la
licitación. Por ello, solicitamos que se informe detalladamente el contenido del Pliego de
Bases y Condiciones Particulares (aprobado mediante la Resolución Nº 196/12 del
MINISTERIO DE TURISMO), especificándose el contenido de cada una de las cláusulas
habidas en todos sus puntos, con especial énfasis la cláusula 25, punto 2, del
mencionado Pliego.
Asimismo, de los considerandos de la
Decisión Administrativa 787/2013, surge que la Sindicatura que General de la Nación no
intervino en la licitación que nos ocupa al concluir que el presente tramite "...no se
encuentra alcanzado por el Sistema de Precios Testigo..." puesto que "...las especiales
características que impone el comitente para evaluar y seleccionar la oferta más
conveniente en función de un canon a abonar por parte de la adjudicataria, que se
traduce en un ingreso para el comitente,...toda vez que no implica la sustanciación de
actuaciones que conlleven erogaciones de fondos...".
En este caso, cabe entonces solicitarle a la
SIGEN que explique por qué y cómo entiende que la situación arriba citada la excusa de
intervenir mediante la formación de un precio testigo toda vez que la misma no se
encuadra en ninguna de las excepciones previstas en el artículo 3 y 4 de la Resolución
SIGEN 122/2010.
En segundo lugar, solicitamos al Ministerio
de Turismo detalle "esas" especiales características, contenidas en el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares, impuestas para evaluar y seleccionar la oferta económica más
conveniente, informándose cuál fue el criterio utilizado para evaluar y determinar la
razonabilidad de las ofertas económicas propuestas por las firmas adjudicatarias.
Dicho cuestionamiento y requerimiento se
ve en parte motivado por el gran aporte que implica la participación de la SIGEN en la
gestión de compras y contrataciones estatales para determinar la razonabilidad de los
precios ofrecidos y para lograr una mayor eficiencia, eficacia y transparencia en los
procesos licitatorios.
La intervención de la SIGEN adquiere aun
mayor relevancia en la licitación que nos ocupa puesto que la misma se ampara y
recurre, para conseguir viabilidad legal, a los lineamientos fijados por el artículo 25,
inciso a, apartado 1 del Decreto 1023/2001, a saber; "...1 . El procedimiento de
licitación pública se realizará de acuerdo con el monto que fije la reglamentación y
cuando el criterio de selección del cocontratante recaiga primordialmente en factores
económicos..." (El subrayado me corresponde).
Por lo tanto, y teniendo en cuenta los
cuestionamientos e interrogantes planteados, es que solicitamos la aprobación del
presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TURISMO (Primera Competencia) |