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PROYECTO DE TP


Expediente 6935-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS IRREGULARIDADES E INCONVENIENTES QUE PADECEN LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA OBTENER SU CORRESPONDIENTE CERTIFICADO.
Fecha: 22/09/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 139
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo para que a traves de los organismos que corresponda se sirva informar acerca de las irregularidades e inconvenientes que padecen las personas con discapacidad para obtener su correspondiente Certificado de Discapacidad:
1) ¿Cuantas denuncias se han recibido acerca de los inconvenientes que tienen las personas con discapacidad para obtener la su Certificado de Discapacidad de 2008 a la actualidad?
2) Si después de haber sido realizada, se cumplió por parte de las autoridades que corresponda el relevamiento correspondiente a los efectos de tratar de analizarlas y resolverlas? Caso contrario, se informe los motivos.
3) ¿Se ha realizado también un relevamiento de 2008 a la actualidad para comprobar si todas las personas que tienen la oblea que los identifica cumplen con los debidos requisitos?
4) ¿Se ha realizado un relevamiento de 2008 a la actualidad de comprobación que todas las personas que tengan esta oblea realmente sean personas con discapacidad?
5) ¿Se ha realizado una investigación en relación a la demostración de la discapacidad, el otorgamiento de la oblea y la posibilidad de la compra de un rodado con todos lo beneficios que esto conlleva?
6) ¿En caso de una comprobación de una manifiesta irregularidad en el otorgamiento del certificado, se imponen las correspondientes sanciones?
7) ¿Se realizan campañas de concientización en la sociedad para mostrar la importancia de este Certificado y del otorgamiento del mismo con transparencia? Caso contrario, se informen los motivos.
8) ¿Se realizan campañas publicitarias a los efectos de dar a conocer la existencia de este certificado, sus requisitos a cumplir y los beneficios que se logran a través del mismo? En caso afirmativo, indique cuales. En caso negativo, se informen los motivos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Es importante destacar que la persona que lo posee padece una alteración funcional permanente o prolongada, motora, sensorial o mental, que en relación a su edad y medio social implica desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral.(Ley 24.901).
Tiene igual valor que el Documento Nacional de Identidad por lo que ante su pérdida debe efectuarse la denuncia inmediata.
No afecta a la vida civil de la persona, ni su capacidad civil. No tiene relación con el porcentaje de discapacidad, ni con la declaración judicial de insania o inhabilitación que determina la designación de curador.
La certificación de discapacidad deberá ir acompañada de la orientación prestacional que cada caso requiera.
Su vigencia es limitada en el tiempo (5 ó 10 años) y luego deberá renovarse.
El Certificado de Discapacidad extendido por el Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de las Personas con Discapacidad acredita plenamente la discapacidad en todo el territorio nacional en todos los supuestos en que sea necesario invocarse.
El Certificado de Discapacidad Original es un documento que debe ser conservado y posibilita el acceso a la cobertura integral de las prestaciones básicas de habilitación y rehabilitación - Ley Nº 24.901.
-Cobertura integral de medicación - Ley Nº 23.661 -art. 28-.
-Cobertura integral de tratamiento psicológico y/o psiquiátrico, incluido el grupo familiar.
-Cobertura integral de alimentación dietoterápica que no se produzca en el país.
-Diagnóstico, orientación y asesoramiento preventivo para los integrantes del grupo familiar de pacientes que presentan patologías e carácter genético-hereditario.
Además facilita la realización de gestiones, tales como:
-Pase libre en Transporte Público de pasajeros.
-Símbolo internacional de acceso para el automóvil (logo) y la exención de la patente.
-Libre tránsito y estacionamiento (Ley 19.279, art. 12).
-Régimen de Asignaciones Familiares en ANSES (Ley 22.431, art. 14 bis).
-Franquicias para la compra de automotores (Ley 19.279).
-Explotación de pequeños comercios (Ley 22.431, art. 11).
-Exenciones de ciertos impuestos.
-Solicitar empleo en la administración pública.
También es importante poner de manifiesto que las personas con dis-capacidad tienen derechos especiales a los que pueden acceder si poseen un Certificado de Discapacidad, es muy importante que los discapacitados conozcan sus derechos "adquiridos por leyes" ya que, de esta manera, también pueden acceder a los beneficios que derivan de ellos.
La legislación Nacional enumera un serie de prestaciones básicas que deben ser cubiertas por las obras sociales y también establecen obligatoriedad de que el Estado se compromete, a través de sus órganos dependientes, a prestar a los discapacitados los servicios relacionados con la discapacidad en la medida en que ellos mismos, las personas de quienes dependan o los entes de obra social a los que estén afiliados, no puedan afrontarlos.
Estos derechos especiales pueden ser adquiridos sólo si la persona ha realizado el trámite para la obtención de un "Certificado de Discapacidad". Este certificado es emitido por el Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación, organismo que establece los criterios y elabora la normativa de evaluación y certificación de la discapacidad.
Este certificado es un documento público, otorgado por organismo oficial -por el anteriormente nombrado- y que determina un diagnóstico funcional que permitirá delimitar una orientación prestacional.
El diagnóstico funcional describe las limitaciones funcionales que repercuten en la vida familiar, laboral y social del solicitante. Brinda numerosos beneficios y las personas con discapacidad pueden utilizarlo o no según su necesidad y/o deseo.
No representa ninguna limitación ni obstáculo para la búsqueda de empleo, la inserción en el sistema educativo, etc.
Para obtenerlo, el primer requisito es tener es un diagnóstico de enfermedad discapacitante extendido por su médico tratante (acorde a su enfermedad) es decir una síntesis actualizada de su historial clínico, no mas de seis meses.
Todas estas características nos hace observar y no dejar de tener en cuenta que debe ser otorgado con responsabilidad, criterio y en forma expeditiva para resolver con rapidez los numerosos problemas que padecen estas personas y aun también sus familiares.
Por todo lo expuesto, es que vengo a solicitar de mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS PERONISMO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DISCAPACIDAD (Primera Competencia)