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PROYECTO DE TP


Expediente 6928-D-2006
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA PROMOCION DEL CRECIMIENTO Y DESARROLLO DE LAS PYMES MINERAS, IMPULSANDO EL INSTRUMENTO FINANCIERO WARRANT.
Fecha: 16/11/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 175
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo y a miembros del Poder Legislativo la promoción del crecimiento y desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas Mineras, impulsando para ello políticas de alcance general a través de la consolidación de un instrumento financiero ya existente y poco usado en el sector minero como es el warrant, con el fin de superar concretos inconvenientes que sufren las pymes en cuestión.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Hoy es un hecho en nuestro país que las PYMES mineras necesitan acomodar su oferta a las nuevas y cada vez más difíciles exigencias del mercado. Entre algunos de los obstáculos que ello implica está que no llegan a tener un stock suficiente para vender en buenas condiciones, por lo que almacenan su pequeña producción, dejándola improductiva, hasta llegar al mínimo que el mercado requiere. En la década de los 60, el Estado dispuso la creación de Agencias de Rescate que iban comprando las pequeñas producciones y así se les confería a las PYMES mineras liquidez para seguir operando, en su momento fue una salida, pero fueron dejadas sin efecto. Hoy tenemos el mismo viejo inconveniente pero también disponemos de nuevas herramientas financieras que subsanan tales falencias, es el caso del warrant.
En la Comisión de Minería vemos a diario proyectos presentados, especialmente pedidos de informes, en salvaguarda del medio ambiente y la seguridad de los trabajadores mineros, curiosamente apuntan de manera especial a los grandes proyectos, quienes cuentan con capital suficiente para cumplir la normativa. No digo que no sea necesario el control en éste sector, al contrario, pero lo evidente es que quienes cuentan con verdaderos inconvenientes para agiornarse a las exigencias son las pymes mineras (por inconvenientes económicos entre otros), así es que la mirada debe ser especialmente canalizada a ellas, siempre con actitud constructiva para que puedan seguir adelante con la actividad cumpliendo con los requisitos legales. Es por éste motivo que buscar salidas factibles para superar dificultades concretas consideramos es de gran importancia y que requiere el compromiso de todo el sector minero.
El warrant es un título de crédito que permite al dueño de una mercadería darla en custodia a una empresa emisora debidamente autorizada, obteniendo a cambio la emisión de un certificado de depósito y warrant
La Ley 9643 que regula el Certificado de Depósito y Warrants y su Decreto Reglamentario del 31 de octubre de 1914, debe considerarse vigente, y constituye el único mecanismo jurídico en la materia que actualmente se encuentra operable.
Si bien en el transcurso del tiempo han aparecido opiniones que plantean la necesidad de su reforma, dicha cuestión debe tratarse con mucha cautela. Muchos proyectos que la alentaron han incorporado conceptos y figuras que tienden a desnaturalizarla.
El warrant en esencia tiene como destinatario fundamental al pequeño y mediano productor. Actúa como soporte de las denominadas economías regionales y debe resultar sencillo en su comprensión y aplicación, y permitir el uso generalizado de todos los factores que intervengan.
Este instrumento financiero constituye un verdadero impulsor del crédito por lo que resulta necesario brindar toda la seguridad y transparencia que los actores exigen para su utilización, lo que contribuye al desarrollo de toda la actividad económica.
Sin perjuicio de las ventajas económicas que permiten retener el producto y venderlo a futuro en mejores condiciones, el instrumento facilita, desde el punto de vista jurídico, una rápida percepción del crédito, mediante el empleo de una sencilla ejecución en forma extrajudicial. Para el caso de que a su vencimiento no haya sido satisfecho su importe, utilizándose para ello una simple vía administrativa por parte del acreedor, se deberá tener en cuenta que la subasta no se suspende por quiebra, incapacidad o muerte del deudor, ni por otra causa que no sea orden judicial escrita, previa consignación del importe de la deuda, sus intereses y gastos calculados.
Para llegar al stock que justifique los costos de la operación proponemos que las PYMES mineras a través de las Cooperativas y/o Cámaras que las representan se unan, nombrando un apoderado para poder realizar la operación warrant con cualquiera de las entidades autorizadas para ello.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BULLRICH, ESTEBAN JOSE CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
GIOJA, JUAN CARLOS SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
HERRERA, GRISELDA NOEMI LA RIOJA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
MINERIA (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
21/11/2006 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1726/2006 12/12/2006
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 14/03/2007 APROBADO