Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 6914-D-2010
Sumario: PROCEDENCIA DE LA EXTRADICION DEL CIUDADANO CHILENO GALVARINO SERGIO APABLAZA GUERRA, SOLICITADA POR LA REPUBLICA DE CHILE
Fecha: 21/09/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 138
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su convicción respecto de la procedencia de la extradición del ciudadano chileno Galvarino Sergio Apablaza Guerra, solicitada por la República de Chile, para su juzgamiento por hechos de homicidio de un Senador de la Nación y secuestro de un periodista, realizados en dicho país, en un todo de acuerdo con lo resuelto al respecto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso "Apablaza Guerra, Galvarino Sergio s/arresto preventivo".
Asimismo manifiesta su criterio respecto de que no procede el otorgamiento al citado ciudadano chileno del estatus de refugiado político, en razón de lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos citados y de la suscripción de tratados internacionales contra el terrorismo, cuya aplicación nuestro país reclama en la investigación del atentado contra la mutual AMIA.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La República de Chile ha solicitado la extradición de Galvarino Apablaza, para juzgarlo por su participación en la comisión del homicidio del senador Jaime Guzmán y del secuestro del empresario periodístico Christian Edwards.
Consideramos que procede la extradición, para que Galvarino Apablaza sea sometido a juzgamiento por ante los tribunales chilenos, que sin duda garantizan la aplicación de la ley en un estado de derecho.
Además de ello, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó que en este caso pueda considerarse "crimen político" a la participación en el asesinato de un senador de la democracia y en el secuestro extorsivo de un directivo del diario "El Mercurio", uno de los principales del país hermano.
Nuestro país reiteradamente reclama, aún en el seno de la Organización de las Naciones Unidas, que Irán conceda la extradición de los ciudadanos iraníes acusados de haber participado en el atentado terrorista contra la sede de la AMIA, por lo que no puede desconocer el fallo del máximo tribunal argentino, los tratados internacionales sobre lucha contra el terrorismo y los compromisos con un país hermano central para nuestras relaciones exteriores.
Considerar que en lugar de procederse a la extradición correspondería aceptar al imputado como refugiado político en nuestro país, implicaría considerar legítimos a actos de terrorismo como el asesinato de representantes del pueblo y secuestros de periodistas, justificando el crimen por ideas, concepto inaceptable en la república democrática que reconoce las reglas del estado derecho.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ARBO, JOSE AMEGHINO CORRIENTES PARTIDO LIBERAL DE CORRIENTES
PINEDO, FEDERICO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
03/11/2010 DICTAMEN Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como proyecto de declaración
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1847/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 6914-D-2010, 7077-D-2010 y 7157-D-2010 CON MODIFICACIONES; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 37/2010 25/11/2010