PROYECTO DE TP
Expediente 6906-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE LAS RAZONES QUE DIERON SUSTENTO A LA DECISION DE HACER PARTICIPAR A LAS FUERZAS ARMADAS EN EL DESALOJO DE TERRENOS FISCALES EN LA CIUDAD DE RIO GALLEGOS, PROVINCIA DE SANTA CRUZ.
Fecha: 07/10/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 149
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo para que a
través del Ministerio de Defensa se sirva informar sobre los siguientes
aspectos:
1º) Motivos que dieron sustento a la
decisión de hacer participar a las FFAA en el desalojo de terrenos fiscales en la
ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz.
2º) Qué relación habría entre el retiro
de las fuerzas de seguridad para asignarlas a tareas en la Provincia de Buenos
Aires y la necesidad de contar con personal militar en las tareas de
seguridad.
3º) Si ha habido algún cambio en la
política del Poder Ejecutivo Nacional en cuanto a la participación de las FFAA en
tareas de seguridad interior.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Nº 24.059 dispone que la
seguridad interior se encuentre exclusivamente a cargo de las fuerzas policiales y
de seguridad de la Nación, prohibiendo la participación de las FFAA en tareas de
represión. Sólo en casos excepcionales las FFAA podrán apoyar con logística
(arsenales, intendencia, sanidad, ingenieros, comunicaciones) las tareas que
cumplan las fuerzas de seguridad.
Esta ley de la democracia dispone
asimismo que el Presidente de la Nación, en uso de las atribuciones contenidas en
el artículo 99, inciso 14 de la Constitución Nacional, dispondrá el empleo de
elementos de combate de las fuerzas armadas para el restablecimiento de la
normal situación de seguridad interior, previa declaración del estado de sitio.
Los argentinos dijimos nunca más a la
represión y a las tareas de inteligencia interna por parte de las fuerzas armadas
que dejaron un saldo de miles de muertos y desaparecidos. Por ello vemos con
preocupación que no se estén cumpliendo acabadamente con las leyes de Defensa
Nacional y de Seguridad Interior en cuanto al rol que estas normas le asignan
respectivamente a las fuerzas armadas y de seguridad. Tanto las acciones del
entonces jefe de la Armada, que realizaba espionaje ilegal a políticos, periodistas y
militantes de organizaciones sociales, como las más recientes en que la
Gendarmería Nacional montara el Plan X para recolectar datos de dirigentes
sociales, constituyen graves violaciones a los derechos humanos y resultan
contrarias a la Constitución Nacional y a las leyes dictadas en democracia
Con el traslado de las fuerzas de
seguridad nacionales desde las Provincias hacia el conurbano bonaerense con
motivo de nuestras próximas elecciones han quedado desguarnecidas nuestras
fronteras y nuestras rutas.
La participación de las fuerzas
armadas en el desalojo de terrenos fiscales en Río Gallegos sienta un peligroso
antecedente que tenemos la obligación de señalar, máxime si se tiene en cuenta
que el Gobierno se ha negado sistemáticamente a constituir la Comisión Bicameral
de Fiscalización de los Organos y Actividades de Seguridad Interior, dispuesta en el
art. 33 de la Ley 24.059 cuya misión es verificar que el funcionamiento de los
órganos y organismos de seguridad se ajuste estrictamente a lo preceptuado en
las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, constatando la
estricta observancia y respeto de las garantías individuales consagradas en la
Constitución Nacional, así como de las disposiciones contenidas en la Convención
Americana de Derechos Humanos.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ZABALZA, JUAN CARLOS | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia) |