PROYECTO DE TP
Expediente 6900-D-2006
Sumario: ADHESION FEDERAL NUMERO MAXIMO DE MIEMBROS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, EXTENDIENDOSE LA COMPOSICION A LOS TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA PROVINCIALES.
Fecha: 16/11/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 175
El Senado y Cámara de Diputados...
ADHESION FEDERAL AL NUMERO
MAXIMO DE MIEMBROS DE LOS SUPREMOS TRIBUNALES
Artículo 1º .- Invitase a los
Distritos Provinciales a adherir a la norma de reforma de composicion de los miembros
de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion, haciendo suya la letra de la ley y
aplicandola en la composicion de los Tribunales Superiores de Justicia.
Artículo 2º .- Comuníquese
al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Poder Judicial argentino esta
ramificado en Federal y Local o provincial, según la caracteristica del delito y el lugar
donde se consume, pero el sistema esta ordenado de manera tal que trabaje como un
engranaje, asi la ultima instancia provincial solo puede ser revisada por el Corte federal
mediante un recurso extraordinario creado por la ley 48 en su articulo 14.
El proyecto que se trae a consideracion
de esta Honorable Congreso tiene el objetivo de darle mayor cohecion al sistema, ya
que por medio de la presente, las provincias en su conjunto adecuarian la estructura de
su cupula judicial a la del sistema federal.
Un ejemplo de ello es el Supremo
Tribunal de la Provincia de Buenos Aires que tiene 9 miembros y asemeja a la
estructura de la Corte de los anos 90, o, el Supremos Tribunal de la provincia de
Cordoba donde lo componen 7 miembros divididos en sala según la materia que
dictaminan.
Existen países donde él numera de
miembros de los supremos tribunales de justicia tiene raigambre constitucional, es
decir, están incorporados en la letra de la Carta Magna con lo que de alguna manera
“petrifican” el sistema y le dan credibilidad.
Lo más importante que tiene un sistema
de Justicia es la confianza que depositan los ciudadanos que dirimen sus vidas en sus
foros, jueces y secretarios.
De la única manera de darle confiabilidad
al Poder Judicial es no modificarlo de manera sistemática y temporal, o, darle
características de orden publico para que su modificación sea extraordinaria y
excepcional.
El número de miembros de la Corte: Un
problema cíclico
En la actualidad, los miembros de la Corte
son Enrique Petracchi (presidente), Elena Highton de Nolasco (vice), Ricardo Lorenzetti
(presidente electo a partir del 1 de enero), Eugenio Zafaronni, Carmen Argibay, Carlos
Fayt y Juan Carlos Maqueda.
Tal como se señaló aquí una semana atrás,
la Corte se halla hoy virtualmente maniatada, al tener sólo siete de sus nueve
integrantes, que están sometidos a una regla por la cual la mayoría sólo puede lograrse
con cinco votos.
La idea de reducir, progresiva y
naturalmente, el máximo cuerpo judicial de nueve a cinco miembros parece acertada
desde el punto de vista conceptual.
En oportunidad del aumento de los
integrantes de la Corte a nueve, dispuesto en 1990 por una ley impulsada desde el
gobierno menemista, en esta columna editorial se insistió en que no resultaba
convincente el argumento esgrimido entonces sobre la necesidad de otorgarle al
tribunal más jueces para afrontar la pesada carga de trabajo que soportaba.
Durante el debate parlamentario que
concluyó con el aumento del número de miembros
de la Corte, se adujo que tal incremento
permitiría una mayor rapidez en el trabajo del tribunal y en la resolución de las causas.
También se señaló que con más jueces no sería indispensable consumar tantas
delegaciones del trabajo judicial en secretarios y relatores que asisten a los ministros de
la Corte.
Sin embargo, la experiencia vivida durante
los últimos 15 años indica que ninguna de aquellas razones fue corroborada. La Corte
ha continuado mostrando un considerable atraso en su labor, al tiempo que su personal
letrado se ha multiplicado. Quedó demostrado que un tribunal de nueve miembros no
es más eficiente que uno de cinco; por el contrario, que nueve personas se pongan de
acuerdo en algo siempre es más complicado que lograr un consenso entre cinco.
No quedan hoy dudas de que los
argumentos dados por los impulsores de la reforma en 1990 encubrían el verdadero
propósito de la ampliación: que el gobierno de Carlos Menem tuviera una Corte
adicta.
Lamentablemente, no ha sido la
administración menemista la única que buscó tener una mayoría adicta en la cabeza del
Poder Judicial a lo largo de la historia argentina. Desde el primer gobierno de Juan
Domingo Perón, prácticamente ningún presidente constitucional o de facto pudo resistir
la tentación de realizar innovaciones en la composición de la Corte Suprema.
No ha sido la excepción el gobierno de
Néstor Kirchner, que bregó desde el principio por la remoción de todos los integrantes
del alto tribunal nombrados durante la gestión menemista y designó nada menos que a
cuatro de sus actuales integrantes.
Al margen de cualquier discusión sobre la
cantidad ideal de jueces del máximo tribunal de la Nación, es menester reparar en que
lo verdaderamente esencial pasa por otra cuestión. Nos referimos a la necesidad de que
sea definitivamente erradicada de la vida argentina la idea de que cada gobierno está
autorizado a provocar una renovación del más alto órgano judicial, dejando su huella.
La Corte Suprema, en tanto cabeza del
Poder Judicial, garantiza y legitima la existencia de una auténtica república.
Si el tribunal no es independiente de los
intereses políticos transitorios y de los vaivenes producidos por los lógicos recambios
que acontecen periódicamente en el poder político, seguiría viéndose amenazado
nuestro sistema de derechos y garantías.
Es de esperar que los actuales y los
futuros integrantes del máximo tribunal sepan despejar cualquier sospecha sobre la
eventual incidencia de factores partidistas en el desenvolvimiento de este órgano vital
del Estado. La República lo reclama.
Es por todos los argumentos vertidos ut
supra, y por las razones que dar el miembro informante en su debida exposición, que,
solicito a mis pares que acompañen el presente proyecto de ley para su
aprobación.
Firmante | Distrito | Bloque |
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VARGAS AIGNASSE, GERONIMO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ROJKES DE ALPEROVICH, BEATRIZ LILIANA | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
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