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PROYECTO DE TP


Expediente 6897-D-2006
Sumario: PREVENCION Y LUCHA CONTRA EL MAL DE CHAGAS - LEY 22360 -. DEROGACION DEL ARTICULO 7, SOBRE OBLIGATORIEDAD DE REALIZAR LAS REACCIONES SEROLOGICAS.
Fecha: 16/11/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 175
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1.- Derógase el articulo 7 de la Ley 22.360.
ARTICULO 2.- De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Articulo 7 de la Ley 22.360 expresa que serán obligatorias las reacciones serológicas para determinar la infección chágasica, así como los exámenes complementarios que permitan el diagnostico de enfermedades vinculables, de acuerdo a lo que establezca la autoridad sanitaria nacional.
De la lectura del Articulo surge la discriminación al infectado de chagas y el menoscabo de sus derechos y garantías constitucionales, principalmente en lo referente al plano laboral en atención a que aún las personas con serológia (+) pueden desarrollar cualquier tipo de tareas.
En este sentido en el Articulo 2º de la ley 23.798 establece que las disposiciones de esa ley y de las normas complementarias que se establezcan, se interpretarán teniendo presente que en ningún caso pueda: a) Afectar la dignidad de la persona; b) Producir cualquier efecto de marginación, estigmatización, degradación o humillación; c) Exceder el marco de las excepciones legales taxativas al secreto médico que siempre se interpretarán en forma restrictiva; d) Incursionar en el ámbito de la privacidad de cualquier habitante de la Nación Argentina; e) Individualizar a las personas a través de fichas, registros o almacenamiento de datos, los cuales, a tales efectos, deberán llevarse en forma codificada.
Por su parte el Articulo 1º de la Ley 23.592 determina que quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados.
Por lo que se propone la derogación del Articulo 7 de la Ley 22.360, elevando la presente a los fines de su aprobación.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
COLLANTES, GENARO AURELIO CATAMARCA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)