PROYECTO DE TP
Expediente 6874-D-2006
Sumario: CREACION DE LA AUTORIDAD UNICA DE LA CUENCA DEL RIO SALI-DULCE - AUCSAD -.
Fecha: 15/11/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 174
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º: Créase la Autoridad Única
de la Cuenca del Río Salí- Dulce (AUCSAD) como ente de derecho publico
interjurisdiccional en el ámbito de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo
Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la que estará compuesta por
seis integrantes: dos (2) representantes del Estado Nacional, dos (2) representante
de la Provincia de Tucumán y dos (2) representantes de la Provincia de Santiago
del Estero.
Artículo 2º: La AUCSAD dictará sus
reglamentos de organización interna y de operación.
Artículo 3º: Créase en el ámbito de la
AUCSAD, una Comisión de Participación Social, con funciones consultivas. Esta
Comisión estará integrada por representantes de las organizaciones con intereses
en el área.
Artículo 4 º: La AUCSAD tendrá como
función principal el saneamiento y la prevención de la contaminación de la Cuenca
del Río Salí- Dulce y la protección del derecho a la salud de los habitantes del
ámbito de su jurisdicción, así como la preservación del medio ambiente. Para ello
estará facultada a ejercer el poder de policía en materia de control de la
contaminación hídrica de la cuenca, ejercer el control sobre la generación,
manipulación, transporte y disposición final de residuos sólidos, líquidos o
gaseosos, peligrosos, domiciliarios o industriales e imponer sanciones
administrativas a los establecimientos que contaminen, adulteren o envenene las
aguas del Río Salí- Dulce.
Artículo 5º: Créase un Fondo de
Compensación Ambiental que será administrado por la AUCSAD que será
destinado prioritariamente a la protección de los derechos humanos y a la
prevención, mitigación y recomposición de los daños ambientales. Este Fondo de
compensación estará integrado por:
a) Las asignaciones
presupuestarias incluidas en la Ley Anual de Presupuesto que efectúe el gobierno
Nacional.
b) Los fondos recaudados en
concepto de multas, tasas y tributos que establezcan las normas.
c) Las indemnizaciones de
recomposición fijadas en sede judicial;
d) Los subsidios, donaciones o
legados;
e) Otros recursos que le asigne el
Estado Nacional o las provincias de Tucumán y Santiago del Estero.
f) Créditos internacionales.
Artículo 6º: La AUCSAD informará
anualmente al Honorable Congreso de la Nación sobre las iniciativas, acciones y
programas ejecutados.
Artículo 7º: Facúltase al Poder
Ejecutivo Nacional a celebrar los convenios que sean necesarios con las provincias
de Tucumán y Santiago del Estero a fin de cumplir con las funciones establecidas
en el artículo anterior e implementar la presente ley.
Artículo 8º: Invítase a las Legislaturas
de la Provincia de Tucumán y de Santiago del Estero a adherir a los términos de la
presente ley.
Artículo 9º: Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La cuenca del río Salí
tiene una superficie: de 89936 km2, está limitada, al oeste, por la Sierra del
Aconquija y las Cumbres Calchaquíes, mientras que al norte, este y sur sus límites
coinciden aproximadamente con los de la provincia de Tucumán. El mayor aporte
de la cuenca está dado por los numerosos cursos provenientes del ámbito serrano.
Los mismos provienen mayormente del faldeo oriental de las Sierras del Aconquija-
Cumbres Calchaquíes y de los valles intermontanos que separan a éstas de las
serranías menores que corren al este (Cumbres de Siambón, Cumbres de Cabra
Horco, Sierra de la Totora, Cumbres de Tafí, Cumbre de Narvaez, etc.). De norte a
sur, los ríos más importantes son: Acequiones, Choromoro, Vipos, Lules, Colorado,
Famaillá, Balderrama, Seco, Gastona, Medina, Chico y Marapá.
Esta cuenca recibe, a través de sus afluentes,
las descargas sin tratamiento de establecimientos tales como: frigoríficos, hilanderías,
ingenios, citrícolas, curtiembres y otros, además de colectores cloacales y pluviales. La
gran mayoría de estos líquidos residuales están sin tratamientos previos en lo
correspondiente a plantas de tratamientos. Esta descarga de los líquidos en estado crudo
produce contaminación a lo largo de la mencionada cuenca lo que provoca daños sanitarios
a la población al convertir el recurso en propagador de enfermedades, eliminando además,
la flora y fauna ictícola.
La creación
de una Autoridad Única de la Cuenca del Río Salí- Dulce, con personería jurídica de
derecho publico, se debe a la necesidad de contar con una autoridad ad hoc que
con la mayor celeridad posible tome medidas concretas para la solución de los
graves problemas de contaminación ambiental que afectan directamente a las
provincias de Tucumán y Santiago del Estero e indirectamente al país en su
totalidad y proteger el derecho al medio ambiente, garantizado por nuestra
Constitución Nacional en el artículo 41 que establece: “Todos los habitantes gozan
del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y
para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin
comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El
daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo
establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la
utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio
natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación
ambientales. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los
presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para
complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales. Se prohíbe el
ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de
los radiactivos”
Señor Presidente,
estamos ante una preocupante crisis ambiental y debemos advertir que no sólo el
presente sino el futuro de la región se encuentra en estado crítico y que requiere
ante todo un compromiso inmediato y a futuro sobre la vida y la dignidad de los
habitantes de la región afectada, debiendo cumplirse con lo establecido por
nuestra ley fundamental.
Por ello, solicito a mis pares que me acompañen en este
proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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JEREZ, ESTEBAN EDUARDO | TUCUMAN | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS (Primera Competencia) |
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |