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PROYECTO DE TP


Expediente 6871-D-2014
Sumario: FOMENTO DE CULTIVO, INDUSTRIALIZACION Y COMERCIALIZACION DEL BAMBU.
Fecha: 02/09/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 114
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


DE FOMENTO DE CULTIVO E
INDUSTRIALIZACIÓN DEL BAMBÚ
Artículo 1°.- La presente ley tiene por objeto el Desarrollo de la Cadena Productiva del Bambú, incluyendo sin carácter limitativo el fomento, cultivo, industrialización y comercialización del Bambú.
Artículo 2°.- A tal fin se deberá a través del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, instrumentar los medios a fin generar un Ente Rector.
Este Ente Rector, deberá estar integrado por el Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación, el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial, y las provincias interesadas.
El Ente Rector tendrá como misión:
1. Difundir las características y beneficios del cultivo del bambú;
2. Entender en todo lo referente a la investigación relacionada con los aspectos biotecnológicos, agronómicos y sanitarios de dicha planta, especialmente las especies autóctonas y con respeto al ecosistema de cada lugar;
3. Fomentar y realizar la capacitación y formación de personal obrero, técnico y profesional en tecnologías agronómicas e industriales basadas en la utilización del bambú,
4. Promover la participación de empresas, entidades cooperativas, asociaciones civiles y de organizaciones no gubernamentales para el desarrollo de emprendimientos productivos a través del empleo del bambú como materia prima; equiparando o incluyendo al cultivo del bambú con la Ley de Promoción Forestal Nº 25.080
5. Establecer Convenios de Cooperación con entidades públicas y privadas nacionales e internacionales;
6. Difundir e informar a nivel institucional, al público en general y a los mercados nacionales e internacionales sobre los avances y desarrollos de la cadena de valor del bambú que se están cumplimentando en la República Argentina, por los distintos medios de difusión o a través de campañas organizadas al efecto.
Artículo 3°.- El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva será la autoridad de aplicación de la presente ley.
Artículo 4°.- El ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva podrá prestar asistencia técnica y ayuda económica o financiera a los proyectos que presenten personas físicas o jurídicas, emprendedores cooperativos, comunidades locales u aborígenes, instituciones con personería jurídica, gobiernos municipales o estados provinciales. Los mencionados proyectos deberán ser previamente evaluados por el Ente Rector Creado.
Artículo 5°.- La presente ley deberá ser reglamentada dentro de los 60 (sesenta) días, a partir de su promulgación.
Artículo 7°.- Invitase a las provincias a adherir a la presente ley.
Artículo 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el año 2005, la Secretaría de Agricultura, a través de la resolución 866/05, lanzó un proyecto para promover la utilización de una especie que en la lejana Asia tiene trece siglos de historia, infinidad de usos y un comercio floreciente, que llega a los 15.000 millones de dólares anuales, es decir el Bambú.
Dicho Proyecto no consideró adecuadamente la presencia de especies nativas de Bambúes, de gran valor cultural y potencial económico y que fuera desplazada por especies foráneas como el Pino.
Así se creó en Argentina el Foro Nacional para el desarrollo integral del bambú en el ámbito de la citada Secretaría de Agricultura, que nunca funcionó, y que cuenta con la representación de varias provincias.
El bambú es altamente utilizado por su versatilidad de fácil crecimiento y renovable, presentándose como una alternativa ante materiales actualmente mucho más costosos, pudiendo también ser usado como fuente de energía y reemplazo de maderas en rubros tales como alimentación, vivienda, trabajo, usos en la agricultura, transporte, caza, música y usos industriales.
La cosecha anual puede ser comenzada a realizarse entre los 6 y 8 años de edad, sin necesidad de resiembra alguna, ni nuevas aplicaciones de agroquímicos ni uso de gasoil. El aprovechamiento casi integral de la materia prima y la gran cantidad de productos y procesos que requiere para su transformación son factores preponderantes para ser considerado como un recurso altamente intensivo en la absorción de mano de obra.
Las bajas inversiones de capital, en consideración a que existe maquinaria especializada para el bambú de bajo costo de adquisición, convierte a la industria del bambú en una opción favorable para la creación de micro empresas y programas de desarrollo en países que tienen altas necesidades de generación de empleos a nivel rural.
A su vez, la alta tasa de crecimiento de los bambúes, su gran diversidad y adaptabilidad, hacen de esta especie una atractiva alternativa para impulsar el desarrollo socioeconómico, y disminuir el impacto ambiental al bajar la presión de utilización sobre los bosques nativos, especialmente en áreas rurales tropicales y subtropicales de países en desarrollo.
Las restricciones a la poda de bosques naturales que se han realizado en el mundo, han favorecido la generación de un dinámico impulso por reimplantar bambúes, cubriendo y cicatrizando así sectores anteriormente deforestados, favoreciendo el avance y crecimiento natural de bosques nativos.
Sin ir más lejos, una de las pocas alternativas comerciales que le queda al pequeño productor propietario de tierras denominadas Amarillas, es la implantación de alguna de estas especies de Bambú autóctono.
De la misma manera, el bambú muestra un gran potencial para detener procesos erosivos, ya que cuenta con un complejo sistema de raíces con gran capacidad de retención de suelos, es capaz de crecer en fuertes pendientes, es de rápida cobertura en terrenos deforestados cicatrizando montes y principalmente protegiendo cauces hídricos, flora y fauna autóctona.
Las formaciones de bambú cumplen un importante rol en el control de riberas y taludes. Luego del fenómeno climático conocido como "El Niño", en Ecuador, en el año 1998 se verificó la eficiencia del bambú como vegetación protectora en aquellas riberas cubiertas con cultivos o formaciones naturales de estas especies.
Otro aspecto importante a tener en consideración es la alta tasa de crecimiento de estas especies, lo que implica una dinámica actividad fisiológica. Esto ha llevado a que los bambúes sean considerados como un elemento de notable importancia para el balance de Oxígeno y Dióxido de Carbono en la atmósfera. Ya existen plantaciones de Bambú, certificadas y tenedoras de bonos de carbono.
Como dijimos, el bambú tiene variados usos:
En alimentación, toda Asia lo consume diariamente, solamente como dato, China consume 33 kilos de bambú por año por persona.
Se cosecha para utilizarse en construcciones tanto lujosas como viviendas sociales en reemplazo directo de madera.
Se utiliza para fabricar papel. En India y China es el insumo excluyente, tanto es así, que en India además por ley, el 20% del papel debe ser fabricado con fibra de bambú, y aquí la firma Ledesma ha utilizado un elemento similar, la caña de azúcar para hacer papel.
En Brasil existe y funciona la fábrica de papel Itapage, del grupo Joao Fernandes, que fabrica papeles para packaging, exclusivamente alimentada por sus 160.000 hectáreas sembradas con bambú implantado.
Un uso de primera necesidad y posible de fabricar de manera sencilla a nivel municipal o cooperativo, son las chapas para techos.
También se lo procesa para obtener fibras textiles, que de tan cotizadas son las preferidas por los jugadores de golf en todo el mundo.
Se lo usa para obtener ciertos químicos y para generar biocombustibles.
El Bambú es una gramínea, es la planta de mayor crecimiento de todo el planeta, quizás la criatura viva que más rápidamente crece, tanto así que en Japón se usa aún hoy en día como materia prima y se le da una importancia aún mayor que al cemento, acero o al silicio de los semiconductores.
Cosechar bambú no daña el medio ambiente. El bambú no se tala, sino que se poda anualmente, solo se sacan los ejemplares maduros y se deja más del 60% de la planta intacta. Esto actúa como un elemento crítico para el equilibrio de Oxígeno (02) y Dióxido de carbono (CO2) de la Atmósfera.
Se aprovecha íntegramente, desde la raíz hasta las hojas (La laca vegetal por sus múltiples aplicaciones)
Algunos productos de bambú comienzan a dar ganancias antes de los 16 meses de la plantación, entre ellos los brotes comestibles y los chips para biomasa y celulosas.
Como se mencionó, no necesitan replantarse cada año; produciendo por más de 50 años continuos.
Es precisamente esta versatilidad, la que podría beneficiar directamente a las economías locales y regionales donde se desarrollen nuevas plantaciones impulsadas por esta ley, contribuyendo a mitigar las problemáticas socioeconómicos de la región, creando una gran cantidad de nuevos puestos de trabajo junto con oportunidades de fabricación y comercialización del bambú en las regiones más castigadas.
Otro aspecto a tener en cuenta, es que una nueva generación de técnicos, artesanos, profesionales, capacitadores, escuelas y talleres se incorporaran a esta cadena de valor, hoy prácticamente inexistente.
En la convicción de que el bambú se presenta como una solución real, factible y perfectamente sustentable para el crecimiento de nuestras comunidades regionales, siendo posible aprovechar este cultivo, preservando por tiempo indefinido las plantaciones favoreciendo el medio ambiente.
Esto sería un comienzo para sentar las bases avanzar hacia políticas públicas de Fomento Agroindustrial, y que además sirva para potenciar las ya existentes.
Creo que dicha discusión debe darse en el Congreso de la Nación, de manera que sea éste Congreso quien discuta y decida cuáles serán los sectores a fomentar y otorguen las correspondientes herramientas.
Dicha discusión debe tener en cuenta la incorporación en la normativa de los siguientes ejes: a) Condicionalidad de los beneficios entregados, b) Evaluación de impactos y resultados de los proyectos al momento de finalizar los mismos; y c) Auditorías y controles externos a todo el esquema de fomento respecto a la gestión.
Por las razones expuestas solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
SCAGLIA, GISELA SANTA FE UNION PRO
BROWN, CARLOS RAMON BUENOS AIRES FE
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
PRESUPUESTO Y HACIENDA