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PROYECTO DE TP


Expediente 6870-D-2012
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA APLICACION PARCIAL Y DISTORSIONADA DE LAS FACULTADES DE LA LEY 26522 -SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Fecha: 28/09/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 134
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Expresar su más profunda preocupación por la aplicación parcial y distorsionada que lleva adelante parte del PEN de las facultades que la ley 26522 le otorga, con el fin de violar claramente el espíritu de la norma mencionada, resaltando la imperiosa necesidad de ajustar los actos de gobierno a la institucionalidad vigente en nuestro país.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ciudadanía toda ha tomado conocimiento de la propuesta por parte del PEN, para que el diputado Martin Sabbatella asuma como presidente de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, que tiene nada más y nada menos que la responsabilidad de garantizar la plena aplicación de una norma que busca garantizar la pluralidad de voces y de acceso a los medios para todos los argentinos.
En este contexto la apresurada nominación de Sabbatella a presidir el AFSCA no solo resulta una afrenta al espíritu de la ley, sino un ataque directo a las garantías que aquella norma impone.
En efecto, son varias las razones por las que la propuesta del diputado nacional Sabbatella a la presidencia de la AFSCA debe ser replanteada, y esto está claro sin que signifique una desvalorización hacia su persona.
Como primer punto, Sabbatella, como diputado nacional, voto la creación del organismo que ahora presidirá, es decir que activamente participa en la creación un ente regulador que tiempo después pasa a presidir. De esta manera, la primera condición que impone el artículo 14, que dice que "el presidente y los directores no podrán tener intereses o vínculos con los asuntos bajo su órbita", es infringida por la postulación del actual diputado integrante del bloque kirchnerista. También se deja de lado, como dice ese mismo artículo, que "los directores deben ser personas de alta calificación profesional en materia de comunicación social", cosa que no se cumple con el mencionado postulante.
En segundo lugar, esta designación viola otro de los requisitos del artículo 14 de la norma, en tanto "la conformación del directorio se efectuará dentro de los dos (2) años anteriores a la finalización del mandato del titular del Poder Ejecutivo nacional, debiendo existir dos (2) años de diferencia entre el inicio del mandato de los directores y del Poder Ejecutivo nacional", lo cual no coincide con la situación actual, ya que la Presidenta lleva menos de un año de su segundo mandato.
En tercer lugar, el Poder Ejecutivo Nacional comienza por designar al Presidente del AFSCA, sin haber conformado los organismos de control de la norma, como el Consejo Consultivo (art. 124 y subsiguientes) ni los restantes directores (que incluyen a las minorías parlamentarias, art. 131 y subsiguientes) , ni el Consejo Consultivo Honorario de los Medios Públicos ( art. 124) y mucho menos la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual prevista por la Ley a fin de controlar su cumplimiento (art. 18 y subsiguientes).
En conclusión, queda absolutamente claro que el candidato propuesto por el PEN no solo carece de la objetividad e imparcialidad imprescindible para el cargo, sino que además adolece de cualquier tipo de experiencia en la materia, haciendo más ostensible la intención de utilizar al ente como una herramienta política mediante la cual acallar voces y medios que no comulguen con el actual oficialismo.
Con esta designación, es evidente que nada de lo que el Congreso votó se refleja en el accionar del Poder Ejecutivo Nacional sino que, por el contrario, estamos frente a un evidente intento de consolidar una política tendiente a amordazar a quienes no acaten el discurso único que se pretende impartir desde el Gobierno Nacional.
La ausencia de consensos y políticas de Estado en temas tan sensibles para el sistema democrático todo no puede ser soslayado.
Si el ente que debe regular todo el sistema de comunicación audiovisual solo tendrá a su presidente (un diputado oficialista, como ya se mencionó) y carece de la totalidad de los cuerpos colegiados que garanticen mínimamente su funcionamiento de acuerdo al espíritu para el cual la norma fue creada, podemos decir que la libertad de opinión en nuestro país está en riesgo.
La aplicación parcial e interesada de una ley por parte del PEN, fue ostensible y descarada en la tristemente recordada década de los noventa, época en la cual mediante el veto selectivo de parte de una norma, o la aplicación parcial de otras, llevaban a que mediante el argumento de una Ley votada por el Congreso de la Nación, se hiciera todo lo contrario a lo que el legislador persiguió.
No debemos permitir que dichas políticas mezquinas vuelvan a instalarse en nuestro país, siendo imprescindible que quienes detentan coyunturalmente el poder político reflexionen sobre su responsabilidad histórica.
Por todo lo expuesto es que solicitamos a los señores legisladores la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE FERRARI RUEDA, PATRICIA CORDOBA UCR
ALVAREZ, ELSA MARIA SANTA CRUZ UCR
NEGRI, MARIO RAUL CORDOBA UCR
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)