PROYECTO DE TP
Expediente 6870-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL LISTADO DE INSTITUCIONES PUBLICAS Y PRIVADAS DONDE SE ENCUENTRAN ALOJADOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN VIRTUD DE RESOLUCION JUDICIAL.
Fecha: 20/09/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 137
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder
Ejecutivo que, a través de los organismos que resulten competentes se expida
sobre los siguientes puntos:
1) Listado de
instituciones publicas y privadas donde se encuentren alojados niños, niñas y
adolescentes en virtud de resolución judicial. Indicar la provincia y la localidad de
cada una de estas instituciones.
2) Capacidad de
alojamiento de cada una de dichas instituciones.
3) Cantidad de
niños, niñas y adolescentes alojados en dichas instituciones en virtud de una
resolución judicial dictada en proceso penal. Discriminar por tribunal de origen,
sexo, franja etárea, sanción impuesta y fecha de cumplimiento conforme el
computo judicialmente aprobado.
4) Informe si
dentro de alguna de las instituciones se encuentran alojados compartiendo un
mismo ámbito niños, niñas y adolescentes restringidos o privados de la libertad
como consecuencias de medidas impuestas en un proceso penal, y niños alojados
por razones de índole asistencial. En su caso, establecimientos y responsables
que autorizaron esos alojamientos.-
5) Si en dichas
instituciones se encuentran alojados en un mismo espacio niños, niñas y
adolescentes con prisión preventiva, y personas con condena firme y en su caso,
funcionario que lo haya dispuesto.
6) Si en alguna de
las instituciones se encuentran alojados en un mismo espacio niños, niñas y
adolescentes con personas mayores de edad. En caso afirmativo detallar nomina
de las instituciones y funcionarios que haya dispuesto esa situación.
7) Si los niños,
niñas y adolescentes reciben asistencia psicológica. Deberà indicarse cantidad de
profesionales destinados a tal efecto.-
8) Como es el
régimen de visitas de cada una de dichas instituciones.
9) Indicar
dependencias, organismos públicos y/o área del cual dependen las
instituciones.
10) Monto mensual
que invierte el estado por cada niño, niña y adolescente institucionalizado.
11) Si existen
estadísticas sobre la cantidad de delitos cometidos por menores de 18 años de
edad. En caso afirmativo, detallar por tipo de delito, sexo, franja etárea y
provincia
12) Indicar tiempo
promedio de permanencia de los niños, niñas y adolescentes en dichas
instituciones.
13) Indicar
responsable administrativo y de conducción de cada una de las instituciones
mencionadas.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Para poder llevar a
cabo serias políticas de Estado es imprescindible contar con información fidedigna
sobre la realidad a la que asistimos.
Al
igual que la prescripción de medicamentos debe obedecer siempre a un
diagnostico basado en una serie de estudios que confirmen los síntomas del
paciente, los caminos para combatir los males que aquejan a la sociedad deben
fundamentarse en un minucioso estudio de los sucesos diarios.
Claro esta, que la simple observación de la realidad nos brinda un
alarmante panorama de los acontecimientos a los que somos testigos, y más
evidente es esa realidad cuando se encuentra confirmada por auditorias
internacionales, como lo es el informe realizado por el Comité de los Derechos del
Niño sobre el cumplimiento del Estado argentino de la Convención Internacional
de los Derechos del Niño.
El
Comité de los Derechos del Niño es el organismo de las Naciones Unidas que
evalúa la aplicación de la Convención en cada uno de los estados parte. El 21 de
Junio del presente año el Comité presentó un informe en donde determino el
grado de cumplimiento por parte de la Argentina de dicha Convención, y entre sus
principales apreciaciones merecen especial interés en lo que respecta al presente
proyecto las siguientes: "El Comité insta al Estado parte a adoptar todas las
medidas necesarias para dar curso a las recomendaciones de las observaciones
finales sobre su segundo informe periódico que aún no se hayan aplicado o lo
hayan sido de manera insuficiente. Entre ellas figuran cuestiones tales como la
aplicación de las nuevas leyes en los ámbitos nacional y provincial, los niños
privados de un entorno familiar y la falta de distinción entre los niños que
necesitan atención y protección y los que están en conflicto con la ley." (1)
"Preocupa asimismo al Comité que la tercera parte de los centros de privación de
libertad de niños no estén especializados y que a veces los niños permanezcan
recluidos con adultos." "Otra preocupación del Comité es que la mayoría de los
menores infractores permanezcan privados de libertad en espera de juicio.". "El
comité insta al Estado a que..: a) Derogue la Ley 22.278, e) Adopte todas las
medidas necesarias para garantizar que la privación de libertad tenga lugar de
conformidad con la ley y respete los derechos del niño enunciados en la
Convención, y que los niños permanezcan separados de los adultos tanto durante
la detención preventiva como después de la condena, f) Adopte todas las medidas
necesarias para que las condiciones existentes en los centros de privación de
libertad no entorpezcan el desarrollo del niño y se ajusten a las normas mínimas
internacionales, y que los casos que involucren a menores sean enjuiciados lo
mas rápidamente posibles. (2) "
Pero más apropiado
resulta obtener la información por parte de aquellos organismos, y de aquellas
personas que tienen a su cargo la gestión de las labores propias del Estado. Son
ellos quienes tienen el deber de conocer con exactitud la realidad diaria, y son
ellos los que deben contar con informes y estadísticas apropiados para delimitar
cuales son los logros alcanzados, y cuales son las falencias que se deben corregir.
Solo a partir de una certera información del estado de situación se pueden adoptar
las medidas necesarias para desarrollar apropiadas políticas de estado.
En
lo atinente al presente pedido de informes, el propósito es poder conocer cual es
la situación en la que se encuentran los menores alojados en instituciones en
virtud de una decisión judicial. Es indispensable conocer cuales son las
condiciones en las que se encuentran los menores institucionalizados, y si hay una
adecuada diferenciación entre los niños que se encuentran alojados por causas
asistenciales, de aquellos que lo están como consecuencia de haber infringido la
ley.
Es
a los fines de contar con información certera y fidedigna que solicito a mis pares la
aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
FORTE, ULISES UMBERTO JOSE | LA PAMPA | UCR |
ALVAREZ, ELSA MARIA | SANTA CRUZ | UCR |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
FEIN, MONICA HAYDE | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |