PROYECTO DE TP
Expediente 6862-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA EFECTIVIZAR EL SERVICIO DE SEPELIO POR PARTE DEL PAMI EN LA PROVINCIA DEL CHACO.
Fecha: 18/12/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 182
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional, para que a través del Ministerio de Salud y Acción Social,
arbitre las medidas necesarias para que el PAMI en la provincia del
CHACO efectivice en forma automática el servicio por sepelio,
conforme los convenios que se suscriben con los prestadores de dicho
servicio a los efectos de que los deudos accedan a los recursos o al
servicio en tiempo y forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Resulta necesario restituir
la plena vigencia del subsidio por sepelio para todos los beneficiarios
del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, ya que el subsidio
por sepelio es un beneficio de carácter universal que debe ser
otorgado a cada beneficiario del sistema previsional nacional.
Es de público
conocimiento y ha sido tema de tratamiento en los medios de
comunicación locales y nacionales, los terribles problemas que deben
afrontar los deudos afiliados al PAMI Chaco, sin que hasta la fecha se
hayan adoptado medidas eficaces para solucionar tales inconvenientes.
No nos olvidemos
lo que la ley 21.074 establece textualmente en su artículo 1º:
"Institúyese el subsidio por sepelio de beneficiarios del régimen
nacional de previsión y de pensiones no contributivas a la vejez, por
invalidez, graciables y de leyes generales", que dada la burocracia
existente, en este momento, nuestros coprovincianos no están
recibiendo.
Asimismo,
resulta extraño y preocupante que el Señor Gobernador de la Provincia
no haya tomado cartas en el asunto cuando gran parte de la población
del Chaco se encuentra afectada.
Por las
razones expuestas, es que solicitamos la aprobación del presente
proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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URLICH, CARLOS | CHACO | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |