Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 6853-D-2008
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA RESOLUCION PRESIDENCIAL DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY 2052, DONDE DENIEGA LA ASISTENCIA QUE SOLICITA NUESTRO PAIS REFERIDA A NOTAS Y EXHORTOS EN MATERIA JUDICIAL.
Fecha: 17/12/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 181
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Expresar preocupación ante la Resolución Presidencial de la Republica Oriental del Uruguay, N° 2052, de fecha 9 de diciembre de 2008, en la que se deniega la asistencia solicitada por nuestro país referida a Notas y Exhortos remitidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina a la Asesoría Autoridad Central de Cooperación Jurídica Internacional del Ministerio de Educación y Cultura de la República Oriental del Uruguay.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Motiva el presente proyecto, la Resolución Presidencial N° 2052 del Presidente de la ROU, Dr. Tabaré Vazquez, de fecha 9 de Diciembre de 2008. (http://www.presidencia.gub.uy/_web/resoluciones/2008/12/R2052__00001.PDF).-
En la mencionada Resolución, se deniega la asistencia solicitada por nuestro país, referida a Notas y Exhortos remitidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina a la Asesoría Autoridad Central de Cooperación Jurídica Internacional del Ministerio de Educación y Cultura de la República Oriental del Uruguay, relacionados con la causa caratulada "Busti, Jorge Pedro y otros S/ Denuncia Art. 55 de la Ley 24.051 en grado de tentativa (N° 56.204), en trámite por ante el Juzgado Federal del Primera Instancia de la Ciudad de Concepción del Uruguay, Provincia de Entre Ríos.-
El Presidente uruguayo, Dr. Tabaré Vazquez, alega en la mencionada Resolución que la R.O.U. está facultada a la denegatoria, en virtud de lo dispuesto por el Protocolo de Asistencia Jurídica Mutua en Asuntos Penales del MERCOSUR (Artículo 5); como también por lo que prescribe el Protocolo de Asistencia Jurídica Mutua en materia civil, comercial, laboral y administrativa (Artículo 8).-
Como último considerando, la Resolución en cuestión expresa que se denegará la asistencia solicitada en la Nota N° 5074 de 8 de abril de 2008 que refiere al Exhorto N° 315/08 librado por el juzgado Federal de Primera Instancia de Concepción del Uruguay, en los autos caratulados "Ñandubaysal S.A. y otros c/ Botnia S.A. y otra. Acción de Tutela Preventiva de Daños", Expte. 729/07.-
Asimismo, el presidente Tabaré Vazquez, expone que "la cooperación solicitada afecta, tanto la seguridad y los intereses esenciales del Estado uruguayo, como el orden público internacional", pero omite considerar que somos dos países limítrofes separados por el río Uruguay y que ha violado el Estatuto del Río Uruguay desde que resolvió, en forma unilateral e inconsulta, la instalación de la papelera Botnia.-
Por los fundamentos expuestos, es que pido a todos los Diputados presentes que aprueben este proyecto de Declaración.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CREMER DE BUSTI, MARIA CRISTINA ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PETIT, MARIA DE LOS ANGELES ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MARTINEZ GARBINO, EMILIO RAUL ENTRE RIOS CONCERTACION ENTRERRIANA
ZAVALLO, GUSTAVO MARCELO ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)