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PROYECTO DE TP


Expediente 6850-D-2013
Sumario: REGIMEN DE PROMOCION Y CAPACITACION EN EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE.
Fecha: 02/10/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 146
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


LEY DE PROMOCIÓN Y CAPACITACIÓN EN EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE
Artículo 1°- Objeto. El Ministerio de Educación, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación, deberá promover acciones para concientizar sobre la importancia del cuidado del medioambiente.
Artículo 2º- Finalidad. La presente ley tiene por finalidad capacitar a los estudiantes de todos los niveles educativos en el cuidado del medioambiente, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 41 de la Constitución Nacional, el artículo 89 de la Ley Nº 26.206, Ley de Educación Nacional, y el artículo 15 de la Ley N° 25.675, Ley General Del Ambiente.
Art. 3°- Autoridad de aplicación. Será autoridad de aplicación la que determine el Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 4°- Asesoramiento. Créase la Comisión Asesora del Cuidado del Medio Ambiente, con carácter consultivo, en el ámbito del Ministerio de Educación.
Art. 5°- Integración de la Comisión Asesora del Cuidado del Medio Ambiente estará integrada por un (1) representante del Ministerio de Educación, un (1) Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, un (1) representante del Consejo Federal de Educación, un (1) representante del , Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), los que serán designados en carácter ad honórem.
Art. 6°- Funciones. Serán funciones de Comisión Asesora del Cuidado del Medio Ambiente:
Formular y planificar lineamientos, propuestas, estrategias y acciones dirigidas a la confección de contenidos educativos sobre el cuidado de medioambiente.
Procurar los medios para incorporar una visión sistematizada e interdisciplinaria adaptada para cada nivel educativo, sobre esta temática.
Diseñar desde las instituciones educativas acciones positivas para la toma de conciencia sobre la importancia del cuidado del medio ambiente.
Propiciar análisis críticos y responsables promoviendo el trabajo educativo de manera conjunta con organizaciones vinculadas a la temática.
Promover acciones que demanden el análisis, debate y participación efectiva del grupo familiar de los alumnos en el abordaje de la temática.
Promover la realización de jornadas de concientización y campañas permanentes destinadas a las comunidades educativas y especialmente de capacitación a docentes de todos los niveles y sistemas educativos.
Recomendar a las jurisdicciones los contenidos actualizados la temática. Difundir las normativas vigentes sobre el tema.
Art. 7 °- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El artículo 41 de la constitución nacional garantiza el derecho ambiente sano para los habitantes de nuestro país y a la vez obliga a preservarlo garantizado lo para las generaciones futuras. También la obligación de recomponer el daño ambiental generado. Además obliga a las autoridades a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.
En el año 2002, se sanciona la Ley General del Ambiente, dotando a nuestro sistema normativo de los principios de la política ambiental a través de los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable. Esta norma en su artículo 15 define a la educación ambiental como un proceso continuo y permanente, sometido a constante actualización que, como resultado de la orientación y articulación de las diversas disciplinas y experiencias educativas, deberá facilitar la percepción integral del ambiente y el desarrollo de una conciencia ambiental. Y obliga a las autoridades competentes a la implementación de planes y programas en los sistemas de educación, formal y no formal de manera coordinada con los consejos federales de Medio Ambiente (COFEMA) y de Cultura y Educación,
La Ley N° 26.206, Ley De Educación Nacional en su artículo 89 dispone que el ministerio de educación tomara las medidas necesarias para proveer la educación ambiental en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional, con la finalidad de promover valores, comportamientos y actitudes que sean acordes con un ambiente equilibrado y la protección de la diversidad biológica; que propendan a la preservación de los recursos naturales y a su y a su utilización sostenible y que mejoren la calidad de vida de la población y para capacitar a los docentes en esta temática.
A principios de septiembre los niños de mi provincia dejaron sentada su preocupación sobre las cuestiones ambientales. Como lo hacen periódicamente debatieron en la Legislatura provincial. En esta ocasión se reunieron en la Cámara de Diputados de la provincia de San juan para realizar, el 1º Foro Provincial de Clubes Ambientales Escolares, que estuvo organizada por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, allí Clubes Ambientales Escolares tuvieron la oportunidad de, exponer y discutir sus proyectos ambientales. Como conclusión, los chicos destacaron la necesidad reducir la cantidad de residuos, reciclar, difundir las actividades en la comunidad, organizar charlas y jornadas ambientales.
En consonancia con lo expuesto, con la legislación vigente y escuchando el interés de los niños, creemos de vital importancia el dictado de una norma que incluya la enseñanza de cuestiones relativas al cuidado del medio ambiente en los programas de todos los niveles de educación, está la finalidad de la presente ley, para ello dispone la creación de una Comisión Asesora del Cuidado del Medio Ambiente integrada por representantes de todos los organismos gubernamentales intervinientes en la temática, Ministerio de Educación, Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, Consejo Federal de Educación, Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), y la Secretaria de Cultura de la Nación.
En virtud de lo expuesto solicito a mis pares me acompañen con la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CASELLES, GRACIELA MARIA SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PARTIDO BLOQUISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
04/11/2014 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LA COMISION DE PRESUPUESTO Y HACIENDA.