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PROYECTO DE TP


Expediente 6827-D-2010
Sumario: EDUCACION NACIONAL - LEY 26206 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 92, SOBRE INCLUSION EN LA CURRICULA DEL TEMA RELACIONADO CON LA RECUPERACION DE LAS MALVINAS Y AFIANZAMIENTO DE LA SOBERANIA EN EL SECTOR ANTARTICO.
Fecha: 16/09/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 135
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Articulo 1ro.- Modifícase el artículo 92 inciso b) de la Ley 26206, que quedará redactado de la siguiente forma:
" b) La causa por la recuperación de nuestras islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, de acuerdo con lo prescripto en la disposición transitoria primera de la Constitución Nacional y el afianzamiento de la soberanía argentina sobre el sector antártico Argentino."
Artículo 2do.- Establécese la obligatoriedad de colocar en todos los establecimientos de enseñanza del país, un mapa de la República Argentina junto a su proyección integral en la Antártida, a efectos de reflejar plenamente el carácter bicontinental de la República Argentina.
Artículo 3ro.- Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto, tiene como objetivo ampliar la difusión en los diferentes niveles de enseñanza de todo el país, de los derechos de soberanía sobre el sector Antártico Argentino de una forma gráfica y explícita, así como de los intereses y la actividad antártica de la República Argentina.
Es interesante fomentar en nuestros jóvenes la idea de entender a la Argentina como país bicontinental, con un territorio disputado junto a otros países y dar a conocer las actividades de investigación científica, la logística a ella asociada y la protección del medio ambiente que se lleva a cabo en el sector Antártico Argentino, en conformidad con la legislación nacional y con los principios y propósitos del tratado antártico.
Creo conveniente destacar, que desde nuestro portal Educ.ar, se propone la difusión de un documento básico hacia nuestros docentes de todo el país, destinado a resaltar, como características del Tratado Antártico las siguientes:
• Utilización de la Antártida exclusivamente para fines pacíficos.
• Prohibición de explosiones nucleares y la eliminación de desechos radiactivos.
• Apertura a la participación de otros Estados interesados en la Antártida, además de los doce Estados signatarios originarios, con la condición de respetar los principios y objetivos del Tratado Antártico.
• Posibilidad de que los Estados adherentes se conviertan en Estados Partes Consultivas en la medida que desarrollen una significativa actividad científica en la región, mediante el envío de una expedición o instalación de una base para ser admitido en dicha calidad.
• Protección y conservación de los recursos vivos.
• Realización de reuniones periódicas de los representantes de los Estados Partes Consultivas, en la que se adopten medidas sobre la base de la unanimidad.
No obstante, el Artículo IV de dicho tratado, ha dejado bien en claro que:
1 . Ninguna disposición del presente Tratado se interpretará:
a) como una renuncia, por cualquiera de las Partes Contratantes, a sus derechos de soberanía territorial o a las reclamaciones territoriales en la Antártida, que hubiere hecho valer precedentemente;
b) como una renuncia o menoscabo, por cualquiera de las Partes Contratantes, a cualquier fundamento de reclamación de soberanía territorial en la Antártida que pudiera tener, ya sea como resultado de sus actividades o de las de sus nacionales en la Antártida, o por cualquier otro motivo;
c) como perjudicial a cualquiera de las Partes Contratantes, en lo concerniente a su reconocimiento o no reconocimiento del derecho de soberanía territorial, de una reclamación o de un fundamento de reclamación de soberanía territorial de cualquier otro Estado en la Antártida.
2. Ningún acto o actividad que se lleve a cabo mientras el presente Tratado se halle en vigencia constituirá fundamento para hacer valer, apoyar o negar una reclamación de soberanía territorial en la Antártida, ni para crear derechos de soberanía en esta región. No se harán nuevas reclamaciones de soberanía territorial en la Antártida, ni se ampliarán las reclamaciones anteriormente hechas valer, mientras el presente Tratado se halle en vigencia.
Por ello creemos conveniente que se incluya especialmente en la ley nacional el texto que por el presente propiciamos, recalcando el interés en brindar conocimiento sobre el afianzamiento de nuestra soberanía, mediante el aporte de los argumentos territoriales, históricos e inalienables para nuestro país.
El suministro de material gráfico, como el mapa que proponemos, que bien puede tratarse del denominado "mapa de la República Argentina de proyección integral (Lambert)", de acuerdo con los requisitos establecidos por el Instituto Geográfico Militar (IGM), estimo que será sumamente conveniente para formar en nuestros jóvenes, desde su mismo inicio educacional, la idea de la bicontinentalidad de nuestro país, y crear la imagen subyacente de la extensión antártica.
Los motivos explicitados entiendo que son suficientes para generar el apoyo de mis pares en el presente proyecto, lo que así solicito.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BERTONE, ROSANA ANDREA TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
VARGAS AIGNASSE, GERONIMO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DI TULLIO, JULIANA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GODOY, RUPERTO EDUARDO SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CALCHAQUI, MARIEL TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FERNANDEZ BASUALDO, LUIS MARIA FORMOSA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BERNAL, MARIA EUGENIA JUJUY FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GIANNETTASIO, GRACIELA MARIA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BLANCO DE PERALTA, BLANCA SANTA CRUZ FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
KUNKEL, CARLOS MIGUEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PAIS, JUAN MARIO CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FERRA DE BARTOL, MARGARITA SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FADUL, LILIANA TIERRA DEL FUEGO PARTIDO FEDERAL FUEGUINO
KORENFELD, BEATRIZ LILIANA SANTA CRUZ FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA