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PROYECTO DE TP


Expediente 6807-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA POSIBLE INCORPORACION DE SOLDADOS VOLUNTARIOS CUYO DESTINO SERA PATRULLAR LA FRONTERA NORTE DEL PAIS, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 02/10/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 146
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a través del Ministerio de Defensa, informe a esta Cámara de Diputados sobre los siguientes puntos:
Si es verdad que se planea incorporar 6 mil soldados voluntarios cuyo destino será patrullar la frontera norte del país.
De ser afirmativo, cuáles serán las modalidades de los controles y qué zonas o lugares específicos abarcará.
Si dichos soldados voluntarios son para reemplazar a los gendarmes que se hallaban en la frontera y que fueron enviados al Gran Buenos Aires, para cumplir tareas de seguridad.
Cuál es la reestructuración de las escuelas de formación de Campo de Mayo para afrontar la incorporación de nuevos soldados.
Cuál es el tiempo estimado con el que se planea capacitar y entrenar a los nuevos soldados.
Si, de no realizarse la incorporación de estos seis mil nuevos soldados, de todas maneras se desplegará al Ejército en la frontera.
Ante un eventual delito descubierto por las fuerzas militares, cuáles son los procedimientos de detención para el delincuente y el tratamiento de las cosas decomisadas.
Si el delito es el de narcotráfico, cuál es el procedimiento para la detención y decomiso.
Si este nuevo plan se ejecuta como reemplazo y continuidad del plan "Escudo Norte" que lanzó la ex ministra de defensa Nilda Garré en 2011.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Sabido es el fracaso que ha tenido el plan "Escudo Norte", lanzado en el año 2011 desde el Ministerio de Defensa por la ex ministra de esa cartera, Nilda Garré.
La inseguridad se acrecienta día a día en nuestro país, provocada en gran parte por los delitos de narcotráfico y su consecuencia, las narcoadicciones.
Las provincias del norte argentino, Salta, Jujuy y Misiones, siguen siendo una gran puerta de entrada para dicho tráfico ilegal, no sólo a nivel terrestre y fluvial, sino también aéreo.
Urgente resulta instrumentar una pronta solución, desde la radarización completa de la frontera, hasta patrullaje terrestre y fluvial continuo, no sólo para el delito de narcotráfico, sino para el contrabando, trata de blancas y de niños, entre otros. Inclusive es tiempo para que se sancione la normativa que autorice el derribo de las aeronaves clandestinas.
Sin embargo, para cumplir con esta necesidad no se debe obstar el complimiento de la ley y entrar con ello en colisión con otras fuerzas de seguridad de la nación.
Claro es el artículo cuarto de la ley de defensa nacional 23.554 que estipula: 'Para dilucidar las cuestiones atinentes a la Defensa Nacional, se deberá tener permanentemente en cuenta la diferencia fundamental que separa a la Defensa Nacional de la Seguridad Interior. La Seguridad Interior será regida por una Ley Especial'.
Que la ley 19.349, de Gendarmería Nacional, en sus distintos incisos del Capítulo III - Funciones -regla lo que a continuación detallamos:
CAPÍTULO III
Funciones
Art. 3°.- Dentro de su jurisdicción, Gendarmería Nacional cumple las siguientes funciones:
a) Policía de seguridad y judicial en el fuero federal.
b) Policía auxiliar aduanera, de migraciones y sanitaria, donde haya autoridad establecida por las respectivas administraciones y dentro de las horas habilitadas por ellas.
c) Policía de prevención y represión del contrabando, migraciones clandestinas e infracciones sanitarias en los lugares no comprendidos en el inciso anterior, como así también en éstos, fuera del horario habilitado por las respectivas administraciones.
d) Ejercer por delegación, mediante acuerdo, funciones inherentes a los organismos aduaneros, de migración y sanitarios en los lugares que en cada caso se establezca.
e) Policía de prevención y represión de infracciones que le determinen leyes y decretos especiales.
f) Policía en materia forestal de conformidad con lo que determinen leyes, reglamentaciones y convenios pertinentes.
g) Policía de prevención y de represión de infracciones a normas especiales que determine el Comando Militar establecido, cuando se la afecte a la vigilancia de fronteras, protección de objetivos y otras actividades afines con sus capacidades.
h) Policía de seguridad de la navegación en los lagos, ríos y demás cursos de agua, cuando dicha función sea delegada por el Comando en Jefe de la Armada al comandante en jefe del Ejército. El ejercicio de esa delegación no incluirá lo relativo a habilitación de personal y material.
i) Intervenir para reprimir la alteración del orden público, o cuando éste se vea subvertido, o cuya magnitud sobrepase las posibilidades de control de las fuerzas policiales, o cuando adquiera las características de guerrilla, en cualesquiera de sus formas.
Esta función será ejercida por disposición del Poder Ejecutivo Nacional.
j) Toda otra función que se le asigne conforme a su misión y capacidades.
Asimismo, la presente iniciativa por la cual consultamos, entra en colisión con otras fuerzas de seguridad interior como Policía Federal Argentina, Policía de jurisdicción provincial, Prefectura Naval Argentina, Policía de Seguridad Aeroportuaria.
Por lo detallado ut supra, la iniciativa de enviar a efectivos del Ejército, claramente colisiona con los controles y atribuciones de Seguridad Interior.
En esta materia de seguridad debe estar vedado tanto improvisar como infringir la normativa vigente. Sería un contrasentido flagrante intentar paliar este flagelo de la inseguridad mediante decisiones violatorias de la ley.
Por los motivos expuestos solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES COMPROMISO FEDERAL
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA BIANCHI IVANA (A SUS ANTECEDENTES)