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PROYECTO DE TP


Expediente 6802-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS MEDIDAS ADOPTADAS PARA LOGRAR UN EFICAZ CONTROL DE LAS PRESTACIONES QUE BRINDA EL "INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS - PAMI -", Y EVITAR EL COBRO NO DOCUMENTADO E IRREGULAR DE ARANCELES SUPLEMENTARIOS EN LA ATENCION MEDICA DE SUS AFILIADOS.
Fecha: 01/10/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 145
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo nacional para requerirle que, por intermedio del Ministerio de Salud de la Nación, informe las medidas adoptadas en cumplimiento de las Leyes 19032, 19465, 22245, 25615 , 26422 y modificatorias relativas al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (PAMI), a efectos de lograr un eficaz control administrativo y técnico de las prestaciones, adecuar el ejercicio de la fiscalización y los controles necesarios para garantizar la transparencia de la gestión, con el objeto de evitar el cobro no documentado e irregular de aranceles suplementarios o "plus" de atención médica a los afiliados.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de resolución tiene por objeto requerir información oficial del Ministerio de Salud de la Nación, relativa al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (PAMI), sobre las medidas adoptadas para lograr un efectivo control administrativo y técnico de las prestaciones del organismo, su fiscalización y los controles necesarios para el cumplimiento de la legislación en vigencia.
En particular, con este proyecto de resolución se procura alertar sobre el cobro no documentado e irregular de aranceles suplementarios o "plus" de atención médica a los afiliados, que - según la información disponible-, se registra actualmente en la Provincia del Chaco, que tengo el honor de representar ante el Congreso Nacional, aunque no descarto que dicha modalidad abusiva se haya extendido a otras jurisdicciones del país.
Conforme las leyes que regulan su creación y funcionamiento el INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS tiene por objeto otorgar -por sí o por terceros- a los jubilados y pensionados prestaciones sanitarias y sociales para la prevención, protección, recuperación y rehabilitación de la salud, que respondan al mayor nivel de calidad disponible, atendiendo a las particularidades e idiosincrasia propias de las diversas regiones del país.
Dicho Instituto tiene a su cargo la atención integral de de jubilados y pensionados, de las personas mayores de setenta años sin jubilación y de los ex Combatientes de Malvinas, bajo control estatal federal. Ha sido pionero en la asistencia a los mayores y cumplió un rol histórico desde su fundación en la década del 70 en el desarrollo y aplicación de políticas globales de salud para la tercera edad.
Como uno de los ejes centrales de su accionar el Instituto contó con el llamado Programa de Atención Médica Integral (PAMI) que en sus primeros años funcionó para los afiliados domiciliados en la Capital Federal y se extendió luego a todo el país.
Actualmente el PAMI registra 36 Unidades de Gestión Local -ex delegaciones regionales-, con más de 600 oficinas de atención en todo el territorio nacional y alrededor de 4.500.000 afiliados, con una dimensión y cobertura que la convierten en la mayor obra social del país.
El origen de sus aportes provenientes de los propios jubilados y de los trabajadores en actividad define su naturaleza jurídica como una persona de derecho público no estatal, con individualidad financiera y administrativa. Su acción está sometida al contralor de la Sindicatura que se ha instituido por ley en su seno, quedando su auditoría externa a cargo de la Auditoría General de la Nación.
La Sindicatura del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados es presidida por tres síndicos designados por el Poder Ejecutivo nacional, con amplias atribuciones para fiscalizar su funcionamiento, debiendo presentar en forma anual un informe sobre su labor al Ministerio de Salud de la Nación.
El Congreso de la Nación, previo dictamen de la Auditoría General de la Nación, puede disponer por ley la intervención del Instituto frente a situaciones de grave deterioro institucional que así lo justifiquen, por un lapso de ciento ochenta días. De acuerdo a la normativa en vigencia, también el Poder Ejecutivo puede decretarla su intervención por el mismo lapso, dando de ello inmediata cuenta al Congreso.
Creemos que es muy importante mantener una constante supervisión sobre el funcionamiento y administración del PAMI desde el Congreso de la Nación, debiendo extremar todos los recaudos para evitar irregularidades y abusos en la atención de sus afiliados, como los que se denuncian en el presente pedido de informes.
Por todos los medios a nuestro alcance debemos preservar una trayectoria de transparencia, calidad y eficiencia en las prestaciones médicas y sociales del PAMI para nuestra población.
Se trata de resguardar el correcto desempeño de un organismo que, por la complejidad y variación de sus prestaciones, logró convertirse en un modelo único en su género. Los servicios que brinda cuentan con las innovaciones tecnológicas y técnicas de tratamiento más modernas para la tercera edad. Pero están también compenetrados de una esencia social, humana y recreativa, entendiendo que la mejora en la calidad de vida no se refiere solo al estado de salud físico, sino también social y emocional de sus afiliados.
En el año 2009, el gobierno nacional adoptó para el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados identificado con las siglas que en sus comienzos hacían alusión al Programa de Atención Médica Integral, PAMI, un nuevo eslogan que debe hacerse realidad y se ha redefinido como : "Por una Argentina con Mayores Integrados". Que así sea, con justicia, equidad y transparencia.
Por las razones expuestas, pido a los Señores Legisladores dar aprobación al presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MALDONADO, VICTOR HUGO CHACO UCR
BRIZUELA Y DORIA DE CARA, OLGA INES LA RIOJA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)