PROYECTO DE TP
Expediente 6801-D-2012
Sumario: LIBERTAD DE VIENTRES: SE DESIGNA COMO FERIADO EXTRAORDINARIO EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL EL DIA 31 DE ENERO DE 2013, EN CONMEMORACION DE LOS 200 AÑOS DE SU SANCION POR LA ASAMBLEA DEL AÑO XIII.
Fecha: 26/09/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 132
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º: Designase el día 31 de
enero de 2013, fecha en la que se conmemorarán los 200 años de la Ley de
Libertad de Vientres, Declarada por la Asamblea del Año XIII, como feriado
extraordinario en todo el territorio nacional.
Artículo 2º: Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El próximo 31 de enero de 2013 se
conmemorarán los 200 años de la Declaración de la Ley de Vientres dictada en la
Asamblea del Año XIII.
La Asamblea General Constituyente de
1813, fue convocada por el Segundo Triunvirato, en las Provincias Unidas del Río
de la Plata, el cual había accedido al poder en 1812; e inaugurada el 31 de enero
de 1813.
Las declaraciones realizadas por la
Asamblea fueron de corte revolucionario en el orden social; una de ellas es la
denominada Ley de Vientres, decretada en la sesión del 2 de febrero de 1813.
La mencionada Ley, establecía que
todos los hijos de esclavos que nacieran en el Territorio de las Provincias Unidas
del Río de la Plata a partir del 31 de enero de 1813 serían libres.
Asimismo, instauraba que los varones
al cumplir 20 años se les daría su libertad y si demostraban interés por la labranza
o estaban casados, el Estado les otorgaría un terreno y herramientas para
trabajar. Para el caso de las mujeres se establecía al cumplir los 16 años.
Por aquellos años muchas de las
naciones europeas habían abolido el tráfico de esclavos. Por ejemplo: Suecia
abolió la trata en 1813, y al año siguiente lo hizo Holanda.
En América, nuestro Gobierno, fue
pionero en dictar tan trascendental medida. A modo de ejemplo podemos citar
países como Perú, que declaró la Libertad de Vientres en el año 1821, Uruguay en
el año 1825, Paraguay en el año 1842, Brasil en el año 1886.
La Ley de Vientres fue una decisión
que enorgullece a quienes legislamos por y para la sociedad.
Con respecto a lo dicho es dable citar
las palabras de nuestra Presidenta de la Nación, Doctora Cristina Fernández de
Kirchner en su discurso del 25 de Mayo de 2012:
Las Islas Malvinas, Georgias del Sur
y Sándwich del Sur son Argentinas
"...Aquí, en la ciudad de
Buenos Aires y en toda la campaña, la mitad de la población según el censo de
1778, la mitad eran negros y la mayoría de esos negros provenían de Angola. Se
vendían en la Plaza de Montevideo, se compraban aquí; también el orgullo de
poder decirle a ese pueblo angoleño cuando estuve que habíamos sido el primer
país latinoamericano en abolir la esclavitud en el año 1813, nuestra Asamblea de
la cual el año que viene se van a cumplir también 200 gloriosos años donde
abolimos la esclavitud...y quiero contarles porque es una experiencia que muchas
veces los argentinos no valoramos las cosas que tenemos, las cosas que somos y
las cosas que hemos construido entre todos..."
Y concluyó con estas
maravillosas palabras... "Yo quiero decirles a los que por ahí les falta alguna
lección de historia, que la mayor parte de los ejércitos liberadores de la República
Argentina, se constituyeron con negros, mestizos, mulatos, indios que eran los que
iban al frente de batalla..."
La Ley de Vientres fue y será una
iniciativa a lo que hoy enmarcamos dentro de los Derechos Humanos. No
podemos dejar de mencionar que nuestra Nación le ha otorgado raigambre
Constitucional, a los Tratados que contienen estos Derechos, mediante el Artículo
75, Inc. 22.
La conmemoración de
este día, como feriado extraordinario, será para todos los argentinos una "Lección
de historia..." tal como ha expresado el pasado 25 de Mayo nuestra
Presidenta.
Por todo lo expuesto, solicito a mis
pares que nos acompañen en este Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CLERI, MARCOS | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
KUNKEL, CARLOS MIGUEL | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FERNANDEZ SAGASTI, ANABEL | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PIETRAGALLA CORTI, HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BIANCHI, MARIA DEL CARMEN | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ALONSO, MARIA LUZ | LA PAMPA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
LARROQUE, ANDRES | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DE PEDRO, EDUARDO ENRIQUE | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia) |
TURISMO |
CULTURA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
08/11/2012 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
14/11/2012 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
14/11/2012 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
15/11/2012 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados Dictamen de Mayoría y Dictamen de Minoría |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1561/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 2716-D-2012, 0120-CD-2012, 6641-D-2012, 6801-D-2012 y 7595-D-2012 | DICTAMEN DE MAYORIA: CON MODIFICACIONES; DICTAMEN DE MINORIA: ACONSEJA RECHAZAR EL PROYECTO | 29/11/2012 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2716-D-2012, 0120-CD-2012, 6641-D-2012, 6801-D-2012 y 7595-D-2012 | 21/11/2012 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2716-D-2012, 0120-CD-2012, 6641-D-2012, 6801-D-2012 y 7595-D-2012 | ||
Senado | MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2716-D-2012, 0120-CD-2012, 6641-D-2012, 6801-D-2012 y 7595-D-2012 | 19/12/2012 | |
Senado | CONSIDERACION Y SANCION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2716-D-2012, 0120-CD-2012, 6641-D-2012, 6801-D-2012 y 7595-D-2012 | 19/12/2012 | SANCIONADO |