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PROYECTO DE TP


Expediente 6792-D-2013
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA EL PRIMER CONGRESO NACIONAL DE JUICIO POR JURADOS BAJO EL LEMA: "EL PUEBLO COMO PROTAGONISTA DE LA JUSTICIA", A REALIZARSE LOS DIAS 24 Y 25 DE OCTUBRE DE 2013 EN LA CIUDAD DE RESISTENCIA, PROVINCIA DEL CHACO.
Fecha: 01/10/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 145
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Declarar de interés de la Honora- ble Cámara de Diputados, el Primer Congreso Nacional de Juicio por Jurados, bajo el lema ¨El pueblo como protagonista de la Justicia¨, a realizarse los días 24 y 25 de Octubre de 2013, en la ciudad de Resistencia, provincia del Chaco.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El juicio por jurados no sólo es el medio más enérgico de hacer reinar al pueblo, sino también el medio más eficaz de enseñarle a reinar" Alexis de Tocqueville
El Primer Congreso Nacional de Juicio por Jurados, bajo el lema ¨El pueblo como protagonista de la Justicia¨, se realizara los días 24 y 25 de Octubre de 2013, en el Centro de Convenciones de la ciudad de Resistencia, en la provincia del Chaco.
Asimismo contara con la participa- ción de la Asociación Argentina de Juicio por Jurados AAJJ) y el instituto de Es- tudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales INECIP), autoridades del Gobierno Nacional y provincial.
El mismo contara con las diserta- ciones de importantes juristas en el ámbito nacional e internacional como Rus- sell Juriansz, Adolfo Velloso, Hector Fernández, Oscar Pandolfi, Luis Cevasco, Alberto Binder, Víctor Del Río, Ángela Ledesma entre otros.
Señor Presidente la Constitución Nacional establece:
Artículo 24. ¨El Congreso promo- verá la reforma de la actual legislación en todos sus ramos, y el establecimiento del juicio por jurados.
Artículo 75 inciso 12. ¨ Correspon- de al Congreso: (...) Dictar los códigos Civil, Comercial, Penal, de Minería, y del Trabajo y Seguridad Social, en cuerpos unificados o separados, sin que tales códigos alteren las jurisdicciones locales, correspondiendo su aplicación a los tribunales federales o provinciales, según que las cosas o las personas cayeren bajo sus respectivas jurisdicciones; y especialmente leyes generales para toda la Nación
sobre naturalización y nacionali- dad, con sujeción al principio de nacionalidad natural y por opción en beneficio de la argentina; así como sobre bancarrotas, sobre falsificación de la moneda corriente y documentos públicos del Estado, y las que requiera el establecimien- to del juicio por jurados.
Artículo 118. ¨Todos los juicios criminales ordinarios, que no se deriven del derecho de acusación concedido a la Cámara de Diputados se terminarán por jurados, luego que se establezca en la República esta institución. La actuación de estos juicios se hará en la misma provincia donde se hubiere cometido el delito; pero cuando éste se cometa fue- ra de los límites de la Nación, contra el Derecho de Gentes, el Congreso deter- minará por una ley especial el lugar en que haya de seguirse el juicio.
Finalmente, establecer el juicio por jurados como obligación constitucional y como forma democrática de ejercicio del poder punitivo es un hecho que se comienza a vislumbrar en la Argentina, tal y como debería haber sido regla desde la sanción de la Constitución Nacio- nal.
El Primer Congreso Nacional de Juicio por Jurados, bajo el lema ¨El pueblo como protagonista de la Justicia¨, incluirá la temática relacionada con casos de juicio contra miembros de las co- munidades originarias, donde se establecerá que el jurado este íntegramente compuesto por miembros de las comunidades originarias, previamente este ju- rado se elegirá por sorteo; serán instruidos por el derecho aplicable, será con carga pública y se estipula la libertad de conciencia y la prohibición de represa- lias.
Señor Presidente, por la importan- cia del El Primer Congreso Nacional de Juicio por Jurados, por una reforma le- gal e institucional que establezca el juicio por jurado en el ámbito nacional, porque consideramos indispensable la realización de debates académicos en lo que se discuta con seriedad y profundidad este instituto, no sólo en lo que se vincula con sus basamentos y postulados fundamentales, sino también en lo referido a las circunstancias y a las consecuencias de su implementación con- creta, y por lo expuesto es que solicito la aprobación del proyecto de resolución que someto a consideración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SOTO, GLADYS BEATRIZ CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)