PROYECTO DE TP
Expediente 6784-D-2014
Sumario: REGLAMENTO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION: MODIFICACIONES SOBRE LA AUTORIA DE LOS PROYECTOS.
Fecha: 01/09/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 113
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
MODIFICACION DE LOS ARTICULOS
119 y 125 DEL REGLAMENTO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
NACION
Modifíquese el artículo 119 º del
Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, el que quedará
redactado de la siguiente manera:
"Artículo 119. Todo proyecto se
presentará escrito y firmado por su autor. Si el proyecto se presentare firmado por
más de un diputado, el que quiera ser considerado como autor del proyecto,
deberá expresarlo al momento de la presentación"
Modifíquese el artículo 125 º de
Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, el que quedará
redactado de la siguiente manera:
"Artículo 125. Ni él o los autores de
un proyecto que esté aún en poder de la Comisión o que se esté ya considerando
por la Cámara, ni la Comisión que lo haya despachado, podrán retirarlo ni
modificarlo, a no ser por resolución de aquélla, mediante petición de la totalidad
de los autores o de la Comisión en su caso. No obstante ello, en caso de tener más
de un firmante en calidad de coautor, podrán ser retiradas las firmas del proyecto
siempre y cuando quede al menos un autor representando el mismo y sin
necesidad de más trámite que la petición individual ante la Cámara"
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La presente modificación del
Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación tiene como
objetivo generar la posibilidad que un proyecto de Ley pueda ser firmado por más
de un diputado en calidad de autor.
Hasta el presente, dicha posibilidad se
encuentra vedada, toda vez que cada proyecto admite sólo un autor y el legislador
que quiera acompañarlo puede solo ser firmante, aun habiendo sido un verdadero
coautor.
Este proceso implicó, hasta ahora,
que la intercolaboración y sinergia entre diversos legisladores no fuera totalmente
desarrollada o explotada y en muchos casos, que dos diputados que tuvieran un
interés compartido por el mismo tema, elaboraran proyectos similares por su
cuenta.
Entendemos, por tanto, que la
reforma presentada impulsará el trabajo compartido y la colaboración entre
legisladores no solo de la misma fuerza sino trasversalmente a través de diferentes
espacios políticos, en pos de una visión y compromiso que es requerido por gran
parte de la sociedad.
La posibilidad, entonces, de que cada
diputado elija si quiere acompañar un proyecto como autor o simple firmante,
allanará el camino para que las ideas prósperas y positivas tengan más de una
voz.
Por todo lo expuesto, pedimos se
sancione este proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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STURZENEGGER, FEDERICO ADOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |