PROYECTO DE TP
Expediente 6784-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL SEÑOR MINISTRO DE DEFENSA, INGENIERO AGUSTIN ROSSI, ANTE LA COMISION DE DEFENSA NACIONAL DE LA H. CAMARA, SOBRE LAS ACCIONES JUDICIALES INICIADAS POR EL JEFE DEL EJERCITO GENERAL CESAR MILANI EN CONTRA DE UN GRUPO DE DIRIGENTES POLITICOS.
Fecha: 01/10/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 145
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Citar de manera urgente ante la
Comisión de Defensa Nacional de esta Honorable Cámara al Señor Ministro de
Defensa Ing. Agustín Rossi para que brinde explicaciones sobre las acciones
judiciales iniciadas por el Sr. Jefe del Ejército General Cesar Milani en contra de
un grupo de dirigentes políticos, incluidos Diputados y Senadores Nacionales.
En particular, deberá informar lo siguiente:
Si el Jefe del Ejército puso en
conocimiento de sus superiores el inicio de las acciones legales.
Si el Jefe del Ejército solicitó
autorización a las autoridades del Ministerio de Defensa y/o Presidencia de la
Nación para iniciar las causas judiciales.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Durante la madrugada del día
jueves 26 de septiembre, y durante el transcurso de la sesión especial en la
cual se dio tratamiento al proyecto de presupuesto, un grupo de diputados,
entre los que me incluyo, tomamos conocimiento de que el Jefe del Ejército
Argentino General Cesar Milani se había presentado ante el Juez Federal Daniel
Rafecas solicitando la citación a ratificar la denuncia oportunamente presentada
contra su persona.
Asimismo, el General Milani habría
iniciado una acción civil con el objeto de obtener un resarcimiento pecuniario de
PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 2.500.000.-) de parte del Senador
Gerardo Morales y los Diputados Manuel Garrido, Fernando Solanas, Elisa Carrió
y quien suscribe. La demanda se sustentaría en los presuntos daños
ocasionados por calumnias e injurias que habría sufrido de parte de los
legisladores.
Las acciones asumidas por el
General Milani resultan claramente improcedentes y constituyen burdo intento
de intimidar o amedrentar a un grupo de dirigentes políticos a fin de que no
continúen investigando las denuncias acerca de su injustificado crecimiento
patrimonial y su actuación durante la última dictadura militar.
La sola idea de que un militar, en
particular el Jefe del Ejército Argentino, intente acallar la opinión y acción de
legisladores resulta aberrante y atenta contra el orden Constitucional. La
Constitución Nacional reconoce la inmunidad de opinión a senadores y
diputados.
Según resolvió la Corte Suprema
de Justicia de la Nación en el caso "Eduardo Varela Cid", de 1992, las opiniones
o discursos "en el desempeño de la función de legislador no pueden ser
enjuiciados ante los tribunales de justicia y sólo pueden ser pasibles de las
sanciones por abuso o desorden de conductas previstas en el art. 58 de la
Constitución Nacional" (hoy art. 66), (ED 150.323) La Corte Suprema ha
interpretado que la inmunidad de opinión es un elemento central de la forma
representativa y republicana de gobierno, porque su finalidad es proteger la
existencia misma del parlamento como órgano deliberativo. Consecuentemente,
en sucesivos fallos que se remontan a los inicios de nuestra jurisprudencia
constitucional, con hitos como "Martín Piñero" de 1863 (Fallos 1:297) y
"Martínez Casas" de 1960 (Fallos 248:462), la Corte ha dado a esta inmunidad
un carácter amplio y absoluto, solo limitada por la comisión de las conductas
previstas en el art. 29 de la Constitución (cfr "Fueros o privilegios
parlamentarios - Inmunidades legislativas" - Dr. Horacio Spector). La
inmunidad a la que se hace referencia no solo alcanza al fuero penal sino que
se extiende al fuero civil.
Es evidente que las acciones del
Jefe del Ejército violan la Constitución Nacional y no pueden ser toleradas por
esta Honorable Cámara. Ello, a pesar de la negativa de la banca oficialista al
tratamiento de la cuestión de privilegio planteada por el Diputado Manuel
Garrido y mi persona.
Asimismo, resulta imprescindible
conocer si el militar ha contado con la autorización o conocimiento de las
autoridades civiles. Ya sea el Sr. Ministro de Defensa o la Sra. Comandante en
Jefe del Ejército, o sea, la Presidenta de la Nación. De ser así, el avasallamiento
y la falta de respeto por esta Cámara resultarían aún más graves.
La trágica historia argentina, es
evidencia suficiente. No puede tolerarse ni permitirse que un militar pretenda
acallar, por la vía que fuere, la voz de los representantes del Pueblo Argentino.
Por todo lo expuesto solicito a los
colegas que me acompañen en esta iniciativa y sancionen el presente proyecto
de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
OCAÑA, GRACIELA | BUENOS AIRES | UNIDAD PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y LA EQUIDAD |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia) |