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PROYECTO DE TP


Expediente 6783-D-2008
Sumario: TRANSITO, LEY 24449: INCORPORACION DEL INCISO Z`) AL ARTICULO 48 (PROHIBICION DE CIRCULACION DE TRANSPORTES DE CARGAS DURANTE LOS FINES DE SEMANA LARGOS).
Fecha: 11/12/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 179
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1°: Incorpórese el inciso z') al artículo 48, capítulo I, título VI, de la Ley Nº 24.449 que quedará redactado de la siguiente manera:
"z') Prohibición al transporte de cargas circular en tráfico de jurisdicción nacional de todo el territorio argentino durante los fines de semana largos."
ARTÍCULO 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Los fines de semana largos suelen ser propicios para que se produzcan hechos lamentables, como los múltiples accidentes de tránsito que tienen a las rutas de nuestro país como principales escenarios.
Si bien la Ley de Tránsito 24449 establece la normativa explícita sobre tránsito en nuestro territorio, sin embargo sería favorable contar con el agregado de especificaciones acerca de la circulación de vehículos durante los fines de semana largos.
Cada vez que un automovilista, aún el más consciente y educado, decide salir a las rutas de nuestra red de circulación terrestre nacional, muchas veces con su familia, de vacaciones, por negocios o por trabajo, admite que está corriendo un riesgo mortal que él no puede controlar.
Un conductor sabe que a pesar de su prudencia, de su educación vial y de su acatamiento a las normas se suma el peligro por excelencia: el choque con el consiguiente accidente, en muchos casos fatal, durante su viaje en períodos en donde el fin de semana se presenta con un día más de descanso.
De esta manera, y a través de este Proyecto, se manifiesta la imperiosa necesidad de la restricción de tránsito de camiones por las principales rutas del país y los accesos a Capital Federal en aquellas fechas afectadas por fines de semana largo nacionales.
Como antecedente se encontraría la restricción llevada a cabo por la Oficina de Prensa de la Dirección Nacional de Vialidad (D.N.V.), la cual habría dado cuenta que la Agencia Nacional de Seguridad Vial, dependiente del Ministerio del Interior, conjuntamente con la provincia de Buenos Aires y la ciudad autónoma de Buenos Aires, habrían dispuesto la restricción de la circulación de camiones de cargas generales y peligrosas por la rutas argentinas de todo el país. Esto sucedió en el marco del último fin semana largo del corriente año con el objetivo de evitar accidentes de tránsito.
La medida adoptada resolvió en ese momento los siguientes horarios: Viernes 10 de octubre: desde las 20:00 hasta las 24:00 horas Sábado 11 de octubre: desde las 0:00 hasta las 5:00 horas Lunes 13de octubre: desde las 14:00 hasta las 24:00 horas.
Este importante régimen obtendría un resultado positivo para todo el país aliviando las rutas en los días y horarios más complejos para transitar.
Teniendo en cuenta dicho antecedente, seria necesario restringir el tránsito por rutas nacionales a camiones de cargas generales y peligrosas de más de 3500 kilos, a fin de prevenir accidentes viales.
La circulación restringida de camiones también regiría para los accesos de la ciudad de Buenos Aires, en toda su extensión a fin de brindar seguridad de miles de personas que parten de viaje por el fin de semana largo y cuando estiman que circularía de regreso a sus hogares la gran mayoría de los viajeros.
Quedarían exceptuados el transporte de leche cruda de tambo, de animales vivos, medios de comunicación, atención de emergencias, asistencia de vehículos accidentados y cisterna de traslado de combustibles.
También se exceptuarían a los camiones que trasladan gas natural comprimido, transporte de gases para el funcionamiento de centros sanitarios y gases transportados a particulares para asistencia sanitaria domiciliaria.
De acuerdo a la consulta con expertos, de los más de 4000 (cuatro mil) accidentes relevados por el CESVI (Centro de Experimentación y Seguridad Vial de Argentina) durante estos 11 (once) años de actividad se puede observar que los camiones tienen una participación del 23 % de un total de 350 (trescientos cincuenta) casos.
De este modo, al ver los relevamientos realizados por el CESVI se podría apreciar que casi en el total de los accidentes con muertos y heridos graves que tuvieron repercusión masiva, hubo algún camión involucrado. Se puede concluir que durante 2007 aumentó un 7 % (siete por ciento) la participación de camiones en accidentes graves.
Otro estudio realizado por CESVI a 100 Km. (cien kilómetros) de la Ciudad de Buenos Aires determinaría que un 80 % (ochenta por ciento) de los camiones que circulaban con destino a Rosario no respetaban la velocidad máxima de 80 Km. /h. (kilómetros por hora).
Frente a este panorama, resulta ineludible establecer en la norma la prohibición del tránsito nocturno de transporte de cargas en fechas de calendario en donde existan fines de semana largos.
La idea sería controlar y prevenir accidentes en nuestras rutas. Existe el convencimiento de que se producirían buenos resultados y con ello se procuraría que todos aporten para cambiar la cultura de circulación vial argentina.
Por todo lo expuesto es que solicito de mis pares me acompañen en el tratamiento y aprobación del presente Proyecto que contribuirá al progreso de la educación vial en nuestra sociedad.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ZANCADA, PABLO V. SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
FEIN, MONICA HAYDE SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
GEREZ, ELDA RAMONA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
BARRIOS, MIGUEL ANGEL SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
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Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
LEGISLACION DEL TRABAJO