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PROYECTO DE TP


Expediente 6760-D-2014
Sumario: EDUCACION NACIONAL (LEY 26206): ESTABLECER LA INCLUSION EN LA CURRICULA EDUCATIVA DE LA ENSEÑANZA DE LA CLASIFICACION, REDUCCION, REUTILIZACION Y RECICLADO DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS.
Fecha: 29/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 112
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


La presente ley tiene por objeto establecer las bases para la promoción de la enseñanza de la clasificación, reducción, reutilización y reciclado de los residuos sólidos urbanos en todos los niveles y modalidades del sistema educativo nacional establecido en la Ley Nº 26.206 de Educación Nacional.
Incorpórese a la currícula educativa, en todos los niveles y modalidades del sistema educativo nacional como contenido obligatorio la clasificación, reducción, reutilización y reciclado de los residuos sólidos urbanos, cuyos objetivos generales consistirán en:
Promover la responsabilidad de cada individuo sobre sus propios residuos sólidos urbanos;
Acercar al educando a la problemática de la contaminación ambiental alentando a la conservación de un ambiente limpio y saludable para las personas;
Generar una mirada sobre los residuos tal que se los identifique como recursos de posible aprovechamiento;
Potenciar el sentido crítico e iniciativa personal del educando.
Serán objetivos específicos del contenido curricular: La incorporación de conocimiento en los educandos referente a:
La clasificación de los residuos según su origen y composición;
Las diferentes acciones y modalidades para: reducir, reutilizar y reciclar los residuos sólidos urbanos.
El Poder Ejecutivo, a través de sus órganos competentes, establecerá las bases curriculares del contenido, a los efectos de cumplimentar con los objetivos de la presente Ley.
El Poder Ejecutivo, a través de sus órganos competentes, será el órgano encargado de implementar las políticas de capacitación, perfeccionamiento y actualización docente, programas de educación permanentes, como asimismo la producción del material didáctico específico para el dictado de los contenidos establecidos en la presente ley.
Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley
De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En la Argentina, como en todo el mundo, la recolección, disposición y tratamiento se ha convertido en un gran problema que deben enfrentar directamente todos los municipios de nuestro país. Es alarmante ver la situación de absoluto desbordamiento y contaminación que sufren muchos de ellos.
Dicha contaminación de nuestro territorio no sólo viene de la mano de la disposición final de los residuos, sino también como consecuencia de la extracción de algunas materias primas; siendo las tareas de separación, reutilización y reciclado una importante alternativa para recuperar materiales y disminuir el volumen de extracción.
Tanto el Estado como todos los habitantes de nuestro país son responsables de dicha problemática tal y como establece la última reforma de la Constitución Nacional en el artículo 41: "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. (...)"
Como para la mayoría de los problemas que debe enfrentar un país, éste requiere indefectiblemente, de la formación de ciudadanos responsables. No podrá jamás el estado paliar todos los problemas de una sociedad irresponsable y desinteresada, es por eso que debe trabajar desde la educación y la concientización para prevenir, disminuir y evitar los problemas trabajando conjuntamente con sus habitantes.
Por otro lado, la Ley General del Ambiente 25.675, en el Artículo 2, inc. h) establece que la política ambiental nacional debe cumplir, entre otros objetivos, con el de "Promover cambios en los valores y conductas sociales que posibiliten el desarrollo sustentable, a través de una educación ambiental, tanto en el sistema formal como en el no formal".
Como respuesta a lo detallado y atendiendo a lo que dicta la Constitución Nacional y la Ley General del Ambiente, creo necesario incorporar en la currícula educativa de todos los niveles y modalidades del sistema educativo nacional, contenidos relacionados con el la clasificación, reducción, reutilización y reciclado de los residuos urbanos para reforzar los contenidos de Educación Ambiental que hoy se dictan en todas las escuelas.
En base a lo expuesto, solicito a mis pares el acompañamiento en el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SEMHAN, MARIA DE LAS MERCEDES CORRIENTES ENCUENTRO POR CORRIENTES
PASTORI, LUIS MARIO MISIONES UCR
BARLETTA, MARIO DOMINGO SANTA FE UCR
VALDES, GUSTAVO ADOLFO CORRIENTES UCR
SOTO, GLADYS BEATRIZ CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BALCEDO, MARIA ESTER BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SANTIN, EDUARDO BUENOS AIRES UCR
JUAREZ, MYRIAN DEL VALLE CATAMARCA FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA
TOLEDO, SUSANA MARIA SANTA CRUZ UCR
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA MENDOZA UCR
MALDONADO, VICTOR HUGO CHACO UCR
FERREYRA, ARACELI CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
OLIVARES, HECTOR ENRIQUE LA RIOJA UCR
CARRIZO, SOLEDAD CORDOBA UCR
RICCARDO, JOSE LUIS SAN LUIS UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER ADHERENTE DE LA DIPUTADA ZIEBART (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO RICCARDO (A SUS ANTECEDENTES)