PROYECTO DE TP
Expediente 6749-D-2010
Sumario: DEROGACION DEL ARTICULO 4 DE LA LEY 24445, DE FERIADOS NACIONALES, INCLUYENDO NUEVAMENTE LOS FERIADOS NACIONALES 20 DE JUNIO Y 17 DE AGOSTO, FECHAS CONMEMORATIVAS DE LOS PASOS A LA INMORTALIDAD DE LOS GENERALES MANUEL BELGRANO Y JOSE DE SAN MARTIN, RESPECTIVAMENTE.
Fecha: 14/09/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 133
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º-
Derógase el artículo 4º de la Ley 24445 incluyendo
nuevamente los feriados nacionales del 20 de junio y 17 de
agosto, fechas conmemorativas del paso a la inmortalidad del
General Manuel Belgrano y del General José de San Martín,
entre las excepciones del artículo 3º de la Ley 23.555.
Artículo 2º -
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Reproducimos este Proyecto de Ley presentado en mi
anterior período como legislador de esta Cámara y registrado
como expediente 2249-D-03. Considerando que el
contenido de los fundamentos presentados oportunamente
continúan siendo válidos, transcribimos el mismo en su
totalidad.
Mediante este proyecto estamos proponiendo que los
feriados nacionales del 20 de junio y 17 de agosto -fechas
conmemorativas del fallecimiento del General Manuel
Belgrano y del General José de San Martín- tengan el
carácter de no trasladable y se celebren en el día que
corresponde por calendario, tal como sucede con las otras
fechas patrias del 25 de Mayo y 9 de Julio.
Esta institución que solicitamos encuentra su fundamento
en el hecho de considerar que el traslado del feriado
desvirtúa el verdadero valor y significación histórica que estas
fechas implican, ya que hacen a la esencia de nuestro acervo
histórico cultural.
Hacemos esta afirmación pues se trata de la conmemoración
del fallecimiento de quienes fueron forjadores de nuestra
patria: el libertador y artífice de la emancipación
hispanoamericana, don José de San Martín, y el general
Manuel Belgrano, creador de la bandera nacional, que es
símbolo constante de la identidad de los argentinos,
representativa de la historia y la tradición de nuestro
pueblo.
Entendemos que con esta medida se contribuirá a la
construcción de la identidad nacional, especialmente en lo
que afecta a los niños en la primera etapa de su
formación.
Esto es así, porque esta dicotomía atenta contra la
solemnidad que estos recordatorios merecen, al privar la
identificación del feriado con la conmemoración en fecha
distinta, cuestión difícil de entender en la primera niñez, con
el agregado que al ser jornada laborable los padres no
pueden participar con sus hijos en los actos
celebratorios.
Por lo expuesto, esperamos ser acompañados unánimemente
en esta iniciativa que creemos trasciende los objetivos de
promoción del mini turismo de fin de semana, que motivaron
el artículo que pretendemos derogar.
Las fechas aludidas constituyen un homenaje a nuestros
próceres y estimamos que su recordatorio debe darse en el
momento genuino y no en fechas extrañas que no se eligen
sino para satisfacer los intereses de grupos económicos.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
OBEID, JORGE ALBERTO | SANTA FE | PERONISMO FEDERAL |
FORCONI, JUAN CARLOS | SANTA FE | PERONISMO FEDERAL |
AGOSTO, WALTER ALFREDO | SANTA FE | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia) |
TURISMO |
CULTURA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
30/09/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
21/10/2010 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen con disidencias |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1641/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0148-S-2008, 3507-S-2008, 0208-D-2009, 0677-D-2009, 0704-D-2009, 3079-D-2009, 4128-D-2009, 0370-D-2010, 0602-D-2010, 0916-D-2010, 2240-D-2010, 4508-D-2010, 4574-D-2010, 5063-D-2010, 6749-D-2010, 0025-PE-2010, 6835-D-2010, 7251-D-2010, 7274-D-2010, 7378-D-2010 y 7369-D-2010 | CON MODIFICACIONES; CON 48 DISIDENCIAS PARCIALES Y 1 DISIDENCIA TOTAL; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA LOS EXPEDIENTES 4946-D-09, 0396-D-10, 2394-D-10, 0547-OV-10 Y 0555-OV-10; OBSERVACIONES: 1 SUPLEMENTO; 1 FE DE ERRATAS | 29/10/2010 |
Senado | Orden del Dia 1220/2008 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0822-S-2007, 0148-S-2008, 3507-S-2008, 0208-D-2009, 0677-D-2009, 0704-D-2009, 3079-D-2009, 4128-D-2009, 0370-D-2010, 0602-D-2010, 0916-D-2010, 2240-D-2010, 4508-D-2010, 4574-D-2010, 5063-D-2010, 6749-D-2010, 6835-D-2010, 7251-D-2010, 7274-D-2010, 7378-D-2010 y 7369-D-2010 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR OTRO PROYECTO DE LEY | 21/11/2008 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LA COMISION DE CULTURA. | 13/10/2010 |