PROYECTO DE TP
Expediente 6719-D-2014
Sumario: CARGAS DE EXPORTACION ORIGINADAS EN PUERTOS ARGENTINOS: APLICABILIDAD EN EL AMBITO DE LOS PAISES QUE INTEGRAN EL MERCOSUR: SUSPENSION DE LA DISPOSICION 1108/13 DE LA SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES.
Fecha: 28/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 111
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo
Nacional a fin de requerir se suspenda la disposición 1108/13 de la
Subsecretaria de Puertos y Vías Navegables del Ministerio del Interior y
Transporte, la que ha disminuido manifiestamente la actividad del
Puerto de Rosario y entorpece de manera ostensible el comercio exterior
de la Región al impedir que las cargas de exportación originadas en
puertos argentinos, sean transbordadas en puertos de países que,
aunque formen parte del MERCOSUR, no tengan acuerdos de
transporte marítimo de cargas con la República Argentina.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Ente Administrador de Puerto de Rosario pidió mediante un
comunicado que "se termine con la aplicación de la disposición
1108/13 de La Subsecretaria de Puertos y Vías Navegables de la
Nación, que no permite el transbordo en puertos de Uruguay".
El Consejo Directivo y el Consejo Consultivo del Ente Administrador
Puerto Rosario (ENAPRO), manifiestan su profunda preocupación por
los impactos producidos sobre el puerto de Rosario debido a la
aplicación de la disposición 1108/13 de La Subsecretaria de Puertos y
Vías Navegables de la Nación.
La resolución impide que las cargas de exportación originadas en
puertos argentinos, sean transbordadas en puertos de países que,
aunque formen parte del MERCOSUR, no tengan acuerdos de
transporte marítimo de cargas con la República Argentina.-
En un comunicado explica: "Como es de público conocimiento, salvo
Paraguay y Brasil, el resto de los países del MERCOSUR no tienen
acuerdos de transporte, por lo que en la práctica las cargas originadas
desde el puerto de Rosario quedaron imposibilitadas de ser
transbordadas en el Puerto de Montevideo.- Previo a la entrada en
vigencia de dicha resolución, noviembre de 2013, el Puerto de Rosario
contaba con conexiones regulares de transporte por agua con el Puerto
de Navegantes (Brasil), el puerto de Buenos Aires vía barcaza y dos
líneas regulares con el Puerto de Montevideo, salida que por su
regularidad y servicio era elegida por cargadores locales.
Las razones por las cuales el gobierno nacional impulsó esta disposición
se basaron específicamente en propiciar que la logística de las cargas se
direccione a los puertos nacionales, promoviendo el uso de flotas de
bandera nacional. Sin embargo, a casi 10 meses de su entrada en
vigencia, podemos destacar que las consecuencias de su aplicación
tienen un impacto altamente negativo, no habiendo logrado el objetivo
planteado.
En lo que específicamente concierne al Puerto de Rosario, ha afectado
de manera sustancial la conectividad fluvio-marítima de la terminal
portuaria. Tal como lo advertimos en su momento, si lo que se
perseguía era evitar que la mayoría de las cargas de los puertos
fluviales hagan transbordo en puertos de países limítrofes, esta
disposición no ha sido la solución ya que en el caso del Puerto de
Rosario los cargadores actualmente optan por sacar sus productos a
través del Puerto de Navegantes (operado por una naviera
internacional), o bien, transportan por tierra sus productos hasta el
Puerto de Buenos Aires, lo que ocasiona mayor concentración de
camiones en las rutas y no representa ningún impulso ni beneficio para
la flota de bandera nacional. Y, en contraste, disminuye la actividad
rosarina.
Un claro ejemplo de lo mencionado anteriormente es la reciente
confirmación de la suspensión del servicio regular que conectaba el
Puerto de Rosario con el de Buenos Aires a través de embarcaciones de
bandera nacional.
En cuanto a las razones que se han esgrimido, es importante destacar
que el ENAPRO siempre sostuvo e impulsó la necesidad de contar con
una buena conexión fluvial con el Puerto de Buenos Aires, no como una
salida exclusiva, pero si en línea con la idea de que la Argentina
requiere de una matriz de transporte que tenga puertos competitivos
dentro de en su territorio.
Motivo que les ha llevado a suscribir un acuerdo con el puerto de
Buenos Aires a los efectos de mejorar la operación de las embarcaciones
de cabotaje originadas en Rosario, optimizando los transbordos en
tiempos y eficiencia operativos, a la par de haber gestionado
insistentemente una modificación en la prácticas aduaneras para que
los manifiestos de exportación se expidan en los puertos de origen.
Por otra parte, el ENAPRO manifiesta su interés y apoyo por el
desarrollo de una flota mercante de bandera nacional, y de la industria
naval y el trabajo de los argentinos en las distintas actividades
vinculadas a la navegación.
Por consiguiente es importante resaltar que la discordancia con la
disposición no la centramos en las razones que explícitamente se
esgrimieron, sino en las consecuencias que la medida trae como
resultado de su aplicación, sumado a que su implementación fue
llevada a cabo de manera arbitraria e intempestiva.
En consecuencia, entendemos que la medida avanza sobre la economía
de la región, complica la integración regional y del MERCOSUR, es el
resultado de la negación de diálogo previo a las medidas, además de ser
centralista en su concepción.-
En vista a los fundamentos y consideraciones aquí vertidas,
reclamamos con carácter de urgencia la suspensión de la resolución y
la apertura de un espacio de diálogo para llegar a consensos
beneficiosos para la logística regional, los exportadores argentinos y la
actividad del puerto de Rosario, sirviendo el presente proyecto como un
llamado de atención al Poder Ejecutivo.
Pido por consiguiente la aprobación de mis colegas diputadas y
diputados nacionales.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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COMERCIO (Primera Competencia) |