PROYECTO DE TP
Expediente 6710-D-2012
Sumario: RUTA NACIONAL 12, TRAMO: POSADAS - PUERTO IGUAZU, PROVINCIA DE MISIONES: SE DECLARA EN SITUACION DE EMERGENCIA VIAL POR EL PLAZO DE DOS AÑOS.
Fecha: 21/09/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 130
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1°.- Declarase
en situación de emergencia vial, por el plazo de dos años, a todo el territorio
de la provincia de Misiones, atravesado por la Ruta Nacional N° 12, tramo
que va desde la ciudad de Posadas hasta la ciudad de Puerto Iguazú.
ARTICULO 2°.- La
emergencia que se declara implicará, entre otras consecuencias, la obligación
de los distintos organismos competentes en la materia de adoptar de manera
coordinada medidas excepcionales, idóneas, indispensables y urgentes,
tendientes a paliar y revertir el número de muertes por accidentes de tránsito
en dicha jurisdicción.
ARTICULO 3°.- Crease el
Programa Nacional Misiones Ruta Nacional 12, que tendrá como meta
mejorar y potenciar las acciones de las entidades competentes para evitar o
disminuir significativamente los accidentes viales y sus consecuencias
fatales.
ARTICULO 4°.- Las bases
sobre las que se implementará el presente programa son:
a) Inversión en obras,
señalización vertical y horizontal en pos de lograr seguridad vial.
b) Integración de sectores
públicos y privados en la aplicación de medidas conducentes a disminuir la
accidentolgía vial.
ARTICULO 5°.-Recursos.
a) La financiación del presente
programa, se harán con partidas presupuestarias destinadas al Ministerios de
Planificación, Federal Inversión Pública y Servicios.
b) El monto destinado al
desarrollo del presente programa no podrá ser menor a cuatrocientos millones
de pesos ($ 400.000.000), de los cuales el 95% será destinado al cumplimiento
del Inc. a) del Art. 4 de la presente ley.
ARTÍCULO 6°.- Ámbito de
aplicación. El presente programa será de aplicación en todo el recorrido de la
Ruta Nacional N° 12, desde la ciudad de Posadas hasta la ciudad de Puerto
Iguazú inclusive, ambas en la provincia de Misiones.
ARTICULO 7°.-Autoridad
de Aplicación. La autoridad de aplicación de la presente ley será el Ministerio
del Interior de la Nación, a través de La Agencia Nacional de Seguridad Vial y
la Dirección de Vialidad Nacional.
ARTICULO 8°.- La presente
ley será reglamentada por el Poder Ejecutivo, dentro de los 30 días de su
entrada en vigencia.
ARTICULO 9°-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente
proyecto, pretende ser parte de la solución, ante la delicada y preocupante
situación que se está atravesando en la actualidad en todo el recorrido de la
Ruta Nacional N° 12, en la provincia de Misiones, a raíz del incremento
notorio en los accidentes de tránsito, haciendo especial hincapié en los tramos
que traspone ejidos urbanos, siendo prioritario impulsar las obras necesarias a
fin de beneficiar la seguridad vial de todos los ciudadanos, que transitan por
dicho corredor.
El alto
porcentaje de accidentes automovilísticos que exhibe , la provincia de
Misiones, hace necesario un compromiso público y social para resolverlo,
previendo y ejecutando medidas urgentes que permitan reducir el número de
puntos potenciales de colisión entre vehículos, permitir limitar la velocidad de
circulación y definir un flujo de tránsito continuo y ordenado, y con ello,
evitar la gravedad de los accidentes que se vienen produciendo desde hace
varios años y en sostenido aumento, la mayoría con consecuencias
fatales.
Las cifras de
accidentes de los últimos años y en especial del año en curso nos indican que
si no se adoptan medidas inmediatas los niveles en la accidentología vial en
Misiones seguirá creciendo con la consecuente y trágica contabilización de
múltiples pérdidas de vidas.
Esta situación
se plantea, entre otras causales, por el crecimiento sostenido de la actividad
industrial, productiva, turística y comercial en la provincia, lo que genera un
aumento genuino del parque automotor y la transitabilidad de dichas vías, -con
un tránsito que combina automóviles, ómnibus y transporte de carga-, realidad
que nos obliga a corregir la situación actual, la cual reviste una gran
peligrosidad y que ha cobrado la vida de numerosos automovilistas, ciclistas
y transeúntes.
El impulso al desarrollo e
integración de las regiones generado en el marco de la política nacional, con
fuerte apuesta a lo largo y a lo ancho del país, en la promoción de vías
comerciales y turísticas como eje central para el desarrollo de las regiones, nos
convoca a trabajar en instrumentos que nos permitan adaptar la infraestructura
vial existente - sean éstas nuevas y/o de mantenimiento- con inversiones
acordes a la nueva realidad Nacional, a fin de garantizar en forma inmediata la
seguridad de los automovilistas que transitan por dicho corredor con el
principal e irrenunciable objetivo de que nadie más pase por el camino de
perder un amigo o un ser querido en una desgracia evitable.
A modo ilustrativo,
debemos considerar, que en la actualidad se está construyendo la ruta que une
Paso Rosales, de San Pedro-Mnes y la ruta Nacional N°14, en el marco del
desarrollo del Corredor Bioceánico cuyo caudal vehicular con destino al
Puente Internacional que unirá Argentina y Paraguay, sobre el Río Paraná -
obra cuyo estudio de factibilidad se encuentra en plena ejecución en el marco
del acuerdo bilateral llevado a cabo entre Argentina y Paraguay- deberá
indefectiblemente atravesar la RN12.
La situación actual
amerita que por un plazo predeterminado se establezca la emergencia nacional
en seguridad vial, lo que le permitirá al Poder Ejecutivo Nacional tomar
medidas extraordinarias en el marco de una planificación dentro de una
política de estado. Para ello, es indispensable que se pueda articular y
conciliar, en el marco de un estado federal, los distintos intereses nacionales,
provinciales y municipales: esto es posible a través del Consejo Federal de
Seguridad Vial, único órgano con representatividad provincial.
En virtud de lo
manifestado, y en pos de proteger la vida y el bienestar de todos los
argentinos, promoviendo y garantizando su seguridad vial es que solicito el
apoyo de mis pares, para la aprobación de éste proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ZIEGLER, ALEX ROBERTO | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GUCCIONE, JOSE DANIEL | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
LEVERBERG, STELLA MARIS | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
REDCZUK, OSCAR FELIPE | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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