PROYECTO DE TP
Expediente 6674-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN LA LEY 23736, SOBRE DISPONER LA CONSTRUCCION DE UN MONUMENTO A LA MEMORIA DEL EX PRESIDENTE, DOCTOR ARTURO UMBERTO ILLIA, EN LA CIUDAD DE PERGAMINO, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 02/12/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 174
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional que a través de los organismos pertinentes se sirva informar a
la brevedad sobre lo siguiente:
1. Si se ha dado
cumplimiento a lo dispuesto en la ley 23.736.
2. En caso contrario, si
se procedió al dictado de las normas previstas por el artículo 3º de la ley
23.736 en lo referido a la elección del lugar físico de emplazamiento del
monumento y si se constituyó la comisión honoraria para ese fin. En
caso afirmativo, nómina de sus integrantes, copia de las conclusiones a
las que arribara, y lugar elegido.
3. Si se procedió al
dictado de las normas regulatorias del concurso público entre artistas
argentinos para determinar el responsable de su construcción.
4. En caso afirmativo,
copia de las bases del concurso, nómina de inscriptos y del jurado
actuante, y resultado final del mismo.
5. Los motivos que
generaran el incumplimiento en las distintas instancias, de lo
determinado por la ley 23.736.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El día 13 de septiembre de
1989 ésta H. Cámara de Diputados de la Nación aprobó el expediente
1398-D-88, iniciado por el entonces Diputado Jorge E. Young.
El proyecto disponía la
construcción de un monumento a la memoria del ex Presidente de la
República Argentina, doctor Arturo Umberto Illia, que debería ser
emplazado en su ciudad natal, Pergamino.
La iniciativa contemplaba la
conformación de una comisión honoraria que aconsejara el lugar preciso
de emplazamiento, y la convocatoria a un concurso público entre
escultores argentinos para su realización.
Una semana más tarde de
la votación en nuestra Cámara, el H. Senado convertía la iniciativa en la
ley 23.736.
Sin duda, que al momento
de aprobar este proyecto, los integrantes de ambas Cámaras compartían
el espíritu que el autor del mismo, imaginara para este monumento: ser
"una prenda más de unión de todos los habitantes de la Nación".
Sin embargo, a casi dos
décadas de la sanción de aquella ley, la misma sigue sin haberse
concretado en los hechos.
Lo extenso del lapso
transcurrido, pareciera contribuir a dar por tierra con los distintos
argumentos que pudieran haberse esgrimido en distintos momentos para
fundamentar la demora, por lo que resulta conveniente conocer de parte
del actual Poder Ejecutivo, el estado actual de cumplimiento de esta ley
y los motivos por los cuales la misma se encuentra demorada.
Concretar lo dispuesto por
la ley 23.736 no solo será dar cumplimiento a un imperativo legal, sino
también hacer un acto de justicia para con don Arturo Illia.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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AZCOITI, PEDRO JOSE | BUENOS AIRES | UCR |
LANCETA, RUBEN ORFEL | BUENOS AIRES | UCR |
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