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PROYECTO DE TP


Expediente 6630-D-2012
Sumario: MONEDA EXTRANJERA: CREACION DEL PROGRAMA DE CONSULTA DE OPERACIONES CAMBIARIAS, RESOLUCIONES GENERALES DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, 3210/11 Y 3356/12; MODIFICACIONES, SOBRE ADQUISICION DE MONEDA EXTRANJERA EN CONCEPTO DE TURISMO Y VIAJES AL EXTERIOR Y LA ADQUISICION EN CONCEPTO DE VIATICOS DIARIOS.
Fecha: 19/09/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 128
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1º.- Sustitúyese el texto del artículo 7º de la Resolución General 3210/11 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, el que queda redactado de la siguiente forma:
"Artículo 7º.- Ante la respuesta "Con Inconsistencias", el adquirente podrá consultar los motivos de las mismas ante la dependencia de este Organismo en la cual se encuentre inscripto. En el caso de sujetos no inscriptos ante aquella correspondiente a la jurisdicción de su domicilio.
Dicha respuesta no impedirá la validación de las operaciones de compra de moneda extranjera en concepto de turismo y viajes al exterior."
ARTICULO 2º.- Sustitúyese el texto del artículo 6º de la Resolución General 3356/12 de la Administración Federal de Ingresos Públicos, el que queda redactado de la siguiente forma:
"Artículo 6º.- Las operaciones de compra de moneda extranjera en concepto de turismo y viajes al exterior requerirán, para su validación, que los datos declarados por el potencial adquirente sean confirmados por la empresa de transporte aéreo, marítimo, fluvial o terrestre, o, en su caso, por el operador turístico interviniente. Asimismo, este Organismo considerará, a los efectos de la validación, el país de destino informado y la moneda que se pretenda adquirir.
Dicha confirmación deberá efectivizarse mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio "web" institucional (http://www.afip.gob.ar) ingresando al servicio denominado "Viajes al Exterior - Operadores", mediante el uso de la "Clave Fiscal".
Los valores de las operaciones de compra de moneda extranjera autorizados en razón de viáticos diarios por estos conceptos, serán los determinados en el Decreto 280/95 y sus modificatorios."
ARTICULO 3º.- La vigencia de la presente se mantendrá en tanto subsistan las limitaciones sobre los montos para la adquisición de moneda extranjera para atender gastos en concepto de viajes al exterior para los ciudadanos y residentes en el país.
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 28 de octubre del año 2011, tan solo cinco días después de las elecciones nacionales, se dictó la Resolución General 3.210/11 de la Administración Federal de Ingresos Públicos creando el Programa de consulta de operaciones cambiarias.
La nombrada resolución y las dictadas en el mismo sentido, derivaron en distintas interpretaciones y controversias sobre su motivación y alcance, ocasionando la presentación de demandas judiciales para lograr respuestas concretas para casos puntuales.
La presente iniciativa se centra en adecuar las resoluciones generales 3210/11 y 3356/12, para que TODOS los adquirentes de moneda extranjera para turismo y viajes al exterior cuenten con las mismas reglas.
Señalamos esto, dada la vigencia del Decreto 280/95 y sus modificatorios que establece el régimen de viáticos y montos para los distintos destinos para la Administración nacional, permitiendo a los funcionarios tener un monto preferencial en relación a los que la AFIP válida para un particular.
Esta distinción que realizan las normas, fue manifestada por distintos medios públicos en los cuales se ha señalado que los funcionarios nacionales están autorizados a comprar, de acuerdo a la categoría que ocupen en la administración y el destino elegido, hasta u$s622 diarios, monto que equivaldría a diez veces más de las divisas que los turistas están habilitados a adquirir.
Señor Presidente, en el presente proyecto se busca alcanzar la igualdad en los requisitos y limitaciones para todos los adquirentes de moneda extranjera para turismo y viajes al exterior, mientras perduren las restricciones y limitaciones en la adquisición de moneda extranjera para tales fines.
Por estas y por las demás razones que en oportunidad de su tratamiento expondré en el recinto, solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
FINANZAS