PROYECTO DE TP
Expediente 6620-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS CONDUCENTES A REIMPLANTAR LA VIGENCIA PARA EL SECTOR TURISMO DEL CONVENIO QUE EXISTIERA ENTRE LA SECRETARIA DE PYMES Y EL BANCO DE LA NACION ARGENTINA EN RELACION A LA LINEA 400.
Fecha: 09/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 130
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Vería con
agrado que el PEN arbitre las medidas conducentes a
reimplantar la vigencia para el sector turismo del convenio
que existiera entre la Secretaria de Pymes y el Banco de la
Nación Argentina en relación a la "Línea 400. Condiciones
especiales para el sector turismo".
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Cabe destacar que en el sector del Turismo desde
2003 se crearon 4.500 nuevas pymes vinculadas al turismo, tanto en alojamiento como en
gastronomía, y las mismas generaron 55.000 puestos de trabajo.
Las empresas del sector de turismo son
principalmente pymes y han contribuido fuertemente al crecimiento económico del período
2003-2008, convirtiéndose en la quinta actividad generadora de divisas para nuestro país, por
encima de las exportaciones de productos químicos o carnes.
Es por este motivo que en su momento se creo
esta línea crediticia especial la cual bajo el entonces Ministerio de Industria y Turismo fuera
suscripta en Noviembre de 2009 por la Ministra de Industria y Turismo, Débora Giorgi, junto a
la Presidenta del Banco Nación, Mercedes Marcó del Pont, al Secretario de Turismo, Enrique
Meyer, y al Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional (Sepyme),
Horacio Roura, ocacion en la que presentaron esta línea de créditos a tasa fija -subsidiada por
la Sepyme- de hasta el 13 % para pequeñas y medianas empresas del sector turístico.
"La línea 400 Condiciones especiales para el sector
turismo", surgio del convenio firmado entre la SEPyME y el Banco de la Nación Argentina. La
mencionada línea contaba con un monto de hasta 80 millones de pesos y financiaba hasta
$800.000 con plazos máximos de 5 años en inversión y/o adquisición de bienes de capital, y
hasta $300.000, con plazo máximo de 2 años, en capital de trabajo. Además contemplaba, una
tasa aún más baja para las empresas de las provincias del norte argentino.
La tasa vigente de la Línea 400 es del 15% anual
fija, pero la Sepyme bonificaba un 2% y se podía acceder a un 1% más por buen desempeño,
bonificado por el Banco Nación, por lo que se podia llegar a una tasa real del 12 %.
Esta línea para el sector turismo se vio interrumpida
cuando se creo el nuevo Ministerio de Turismo al desaparecer la Secretaria de Turismo del
ámbito del entonces Ministerio de Industria y Turismo. Es por ello que solicitamos la misma sea
reimplantada dentro de este nuevo Ministerio y que continúe beneficiando a los emprendedores
del Sector.
Es por lo antes descripto y en virtud de poder darle
continuidad a este tipo de iniciativas que apoyan el desarrollo del turismo que solicito a mis
pares me acompañen en el presente proyecto.
"Línea 400. Condiciones especiales para
el sector turismo"
CONVENIO ENTRE SEPYME Y BANCO NACIÓN
PARA FINANCIAMIENTO DEL SECTOR TURISMO
El Régimen de bonificación de Tasas asigna cupos de crédito para que las entidades financieras
coloquen créditos con diversos destinos productivos. En este marco, la Sepyme y el Banco
Nación lanzan una línea de financiamiento especial para el sector turismo.
El convenio suscripto entre la Sepyme y el Banco de la Nación Argentina, posee las siguientes
características:
Línea de crédito: "Línea 400. Condiciones especiales para el sector turismo".
Fondeo: BNA (hasta 80 Millones).incluidas:
Alojamiento hotelero y para-hotelero. gastronómicos. de Viaje y Turismo.
Destinos:
Inversión y/o adquisición de bienes de capital nuevos de origen nacional.
Montos: hasta $ 800.000
Plazo: máximo de 60 meses
Capital de trabajo.
Montos: hasta $ 300.000. máximo de 24 meses.
TNA:
Vigente en la Línea al momento del otorgamiento. Hoy 15% Fija, con una bonificación de 100
bp por cumplimiento.
Bonificación SEPYME: 2 puntos porcentuales anuales de la tasa.
El convenio, está dirigido a las siguientes actividades, con los siguientes destinos específicos:
Alojamiento Hotelero y para-hotelero
Activos fijos: construcción, ampliación, refacción e instalaciones. de capital: menaje: cristalería,
vajilla, cubiertos, platería, equipamiento de cocinas industriales, heladeras, enseres, batearías
de cocina, etc. y tapicería (incluye colchonería). ículos electrodomésticos: sistemas de
refrigeración, calefacción, lavandería, iluminación, informáticos y de comunicaciones, etc.
Empresas gastronómicas
Activos fijos: construcción, ampliación, refacción e instalaciones nuevas. de capital: Menaje -
cristalería, vajilla, cubiertos, platería, equipamiento de cocinas industriales, heladeras, enseres,
batearías de cocina, etc. y tapicería. artículos electrodomésticos: sistemas de refrigeración,
calefacción, lavavajillas, iluminación, informáticos y de comunicaciones, etc.
Agencias de viajes
Bienes de capital: Equipamiento informático. Adquisición de bienes nuevos y/o usados de origen
nacional para ampliación o conformación de flotas en agencias de viajes receptivas.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PANSA, SERGIO HORACIO | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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TURISMO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
10/11/2010 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones en los términos del articulo 114 del reglamento de la H. Cámara |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1737/2010 | CON MODIFICACIONES; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 36/2010 | 18/11/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 02/12/2010 | APROBADO |