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PROYECTO DE TP


Expediente 6615-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO REGLAMENTAR LA LEY 26588, DE ATENCION MEDICA, INVESTIGACION CLINICA Y EPIDEMIOLOGICA, CAPACITACION PROFESIONAL EN LA DETECCION TEMPRANA, DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD CELIACA.
Fecha: 08/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 129
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


La necesidad de de reglamentar la Ley 26.588, "Ley Celíaca Nacional", sancionada el 2 de diciembre de 2009, promulgada el 29 de diciembre de 2009 y publicada en el Boletín Oficial del 31 de diciembre de 2009, declarando de "interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión y el acceso a los alimentos libres de gluten"

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Se estima que en nuestro país hay alrededor de medio millón de personas que padecen de la enfermedad celíaca. También que por cada caso detectado existen siete u ocho que aún no lo fueron.
Para quienes padecen esta enfermedad el único tratamiento conocido hasta el momento consiste en la ingesta de alimentos libres de gluten, de por vida.
Es fundamental para los celíacos el conocer cuáles son los alimentos que no contienen gluten, para poder mantener su dieta. La ley 26.588 establece claramente la obligatoriedad de que los distribuidores de productos difundan correctamente la ausencia del ingrediente en las fórmulas alimenticias.
Conviene recordar que este mal no hace distinciones de clases sociales, por lo tanto un gran porcentaje de los afectados tienen dificultades para acceder a los alimentos manufacturados o a las materias primas para su elaboración. En este sentido es de destacar que la legislación mencionada brinda herramientas para que las obras sociales contemplen en su cobertura a "la detección, el diagnóstico, el seguimiento y el tratamiento de la misma, incluyendo las harinas y premezclas libre de gluten, cuya cobertura determinará la autoridad de aplicación".
Con la firme convicción de estar aportando para que un gran número de argentinos se integren a los beneficios que mejoren su calidad de vida es que invito a mis pares a acompañar esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
REGAZZOLI, MARIA CRISTINA LA PAMPA PARTIDO JUSTICIALISTA LA PAMPA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)