PROYECTO DE TP
Expediente 6583-D-2014
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO (LEY 20744): MODIFICACION DEL ARTICULO 158, SOBRE LICENCIA PARA LOS PADRES ADOPTANTES.
Fecha: 25/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 108
El Senado y Cámara de Diputados...
MODIFICACIÓN AL REGIMEN DE
LICENCIAS ESPECIALES ESTABLECIDAS EN EL ART. 158 DE LA LEY 20.744, E
INCORPORACIÓN AL RÉGIMEN DE LOS PADRES ADOPTANTES.-
Artículo 1º: Modifíquese el art. 158
inciso a) de la Ley 20.744, el cual quedará redactado de la siguiente forma:
Artículo 158º: El trabajador gozará de
las siguientes licencias especiales:
Por nacimiento de hijo y por
concesión de guarda con fines de adopción, quince (15) días corridos.
Artículo 2º: Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La familia es el núcleo central del ser
humano, allí nace, crece y se desarrolla. Su objetivo principal es el de preservar y
transmitir los valores y tradiciones de sus miembros. Tal es su importancia que
nuestra Carta Magna le otorga protección constitucional.
Así es como el Artículo 14 bis de
nuestra Constitución enumera diferentes derechos sociales entre los cuales figuran
la "protección integral de la familia" que abarca la libertad de formar una familia y
la "compensación económica familiar" que refiere a los subsidios proporcionales y
justos para los trabajadores cuando estos tengan cargas de familia.
También los Tratados Internacionales
con jerarquía constitucional (Artículo 75 Inc.22) promueven la protección de la
familia, entre las que podemos detallar, la Convención sobre los Derechos del Niño
(Ley 23.849); la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San
José de Costa Rica) - ratificado por Ley 23.054-; el Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre la Eliminación de
todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Ley 23.179).
El objeto del proyecto busca ampliar
de dos (2) días a quince (15) días el plazo de las licencias otorgadas en la Ley
20.744 a favor del trabajador en relación de dependencia durante el período
posterior al nacimiento o por la concesión de guarda con fines de adopción.
Dicha modificación del período de
licencia por nacimiento, y la incorporación de los padres adoptivos busca fomentar
la relación paterna-filial fundamental en los primeros días de vida para fortalecer el
vínculo no sólo entre padre e hijo sino también para promover los lazos familiares
y la ayuda mutua entre los padres. Estos son los primeros en reflejar la imagen de
quiénes somos y cómo nos relacionamos.
El proyecto tiene la particularidad de
reconocer el derecho de los padres adoptantes, que no tienen reconocimiento en
la legislación laboral, buscando la equiparación de derechos de los padres
biológicos con los adoptivos, asimilando la concesión de la guarda con fines de
adopción al nacimiento de un hijo.
Por todo lo expuesto, solicito a mis
pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PETRI, LUIS ALFONSO | MENDOZA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
29/04/2015 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |