PROYECTO DE TP
Expediente 6573-D-2008
Sumario: EXPRESAR REPUDIO AL BLOQUEO QUE EL SINDICATO DE CHOFERES DE CAMIONES REALIZO A LAS PLANTAS DE IMPRESION Y DISTRIBUCION DE LOS DIARIOS "LA NACION" Y "CLARIN" EL DIA 25 DE NOVIEMBRE DE 2008.
Fecha: 25/11/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 170
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Expresar su más enérgico repudio por
el bloqueo perpetrado, por el Sindicato de Choferes de Camiones, a las plantas
impresoras y de distribución de los diarios Clarín y La Nación, y al centro de
distribución de revistas, afectando la libertad de prensa y el derecho de acceso a
la información de la ciudadanía.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 25 de noviembre pasado,
aproximadamente 300 manifestantes del gremio de camioneros, bloquearon
durante tres horas las plantas de impresión y de distribución de los diarios Clarín y
La Nación. El bloqueo realizado incluyó grupos de manifestantes en la puerta de
las plantas de impresión de diarios y revistas, más una decena de camiones
cruzando las calles Zepita y Magaldi, en el barrio de Barracas de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, donde funciona la planta de impresión de los diarios
anteriormente citados.
La intención de Pablo Moyano, quien
conduce el sindicato de camioneros, era la de intentar bloquear cualquier posible
salida de camiones, paralizando la distribución de los diarios y revistas. El pretexto
del mencionado bloqueo, tuvo origen en un reclamo de aumento salarial para los
empleados de empresas de distribución. La medida impidió la salida de
publicaciones para su distribución y venta, afectando la libre circulación de los
medios de comunicación y como consecuencia de ello la libertad de prensa
consagrada en nuestra Constitución Nacional, y vulnerando una vez más derechos
básicos de terceros, como el de los ciudadanos a estar informados.
Las medidas adoptadas, a más de
injustificadas y arbitrarias son ilegales, atento a que el conflicto debió dirimirse
pacíficamente y por las vías y en el ámbito correspondiente, sin violentar normas
constitucionales tales como el derecho prioritario a la Libertad de Expresión,
consagrado asimismo en el Pacto de San José de Costa Rica, que en su artículo
13 punto 3, expresa: "No se puede restringir el derecho de expresión por vías o
medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de
papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos
usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios
encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones".
Esta medida arbitraria y autoritaria
tomada por el sindicato de Camioneros parece seguir un correlato con muchos
otros ataques y cuestionamientos que sufrió la prensa argentina durante el
presente año.
La inexplicable acción surge sin mediar
ningún tipo de solicitud o intento de conversación pacifica previa, por lo que es
necesario que el Estado nacional arbitre las medidas necesarias para evitar
cualquier tipo de nueva intimidación
Ataques como estos a la libertad de
prensa, mediante manipulaciones violentas y prepotentes, hacen daño a la
democracia y alteran el normal funcionamiento de las instituciones y de los
derechos garantizados constitucionalmente, los que deberían ser resguardados
prioritariamente por el Estado Nacional.
Por todo lo expuesto Sr. Presidente es
que solicitamos la aprobación del presente proyecto de Declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
PINEDO, FEDERICO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
AGUAD, OSCAR RAUL | CORDOBA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LIBERTAD DE EXPRESION (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
09/12/2008 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como proyecto de declaración |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1618/2008 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 6573-D-2008, 6578-D-2008, 6579-D-2008, 6625-D-2008, 6623-D-2008, 6595-D-2008, 6608-D-2008, 6643-D-2008 y 6673-D-2008 | CON MODIFICACIONES | 16/12/2008 |