PROYECTO DE TP
Expediente 6559-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA RELACION CONTRACTUAL CON LOS REPRESENTANTES LEGALES DEL ESTADO ARGENTINO EN NUEVA YORK (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) Y LOS HONORARIOS FACTURADOS POR EL ESTUDIO "CLEARY GOTTLIEB STEEN & HAMILTON LLP", Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 25/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 108
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
en los términos del art. 100 inciso 11 de la C.N. para que por intermedio de la
Procuración del Tesoro de la Nación y demás organismos competentes en la
materia, informen a la H. Cámara de Diputados de la Nación sobre los siguientes
puntos vinculados a los términos de la relación contractual con los representantes
legales del Estado argentino en Nueva York - Estados Unidos de Norteamérica -y
los honorarios facturados por el estudio Cleary Gottlieb Steen & Hamilton LLP a
cargo del caso que perdió la Argentina en todas las instancias legales de la Justicia
de Estados Unidos por la deuda reclamada por algunos de los bonistas
holdouts.
1.- Remitir copia fiel de todos los
instrumentos suscriptos a tenor del decreto 749/2002 por la Procuración del
Tesoro de la Nación, mediante los cuales se hayan contratado servicios jurídicos
para asesorar, asistir o representar al Estado Nacional frente a los tribunales de
Justicia de los Estados Unidos, sean condales o nacionales.
2.- Especificar con la documentación
respaldatoria pertinente, cada uno de los pagos trimestrales que se hubieran
efectuado al estudio jurídico Cleary Gottlieb Steen & Hamilton LLP (CGS&H), con
domicilio en One Liberty Plaza
New York, NY 10006, Estados Unidos. Al respecto, habrá de discriminarse el valor
hora por asistencia o asesoramiento, los viáticos y demás gastos que hayan sido
exigidos y rendidos por el bufete citado, a tenor del anexo al decreto 749/2002
(presentación de documentos, cargos de la entrega, cargos de telecomunicaciones,
gastos de conferencia, horas extras de estenografía, gastos de viaje, cargo por
investigación en la web). Adjuntar cada factura emitida junto con el resumen de
los servicios prestados durante el período cubierto por la facturación; el
memorándum descriptivo detallando las tareas realizadas durante el período y el
detalle de las horas trabajadas por cada integrante del equipo en cada proyecto,
señalando el honorario/hora y el valor total por el tiempo de cada uno de los
integrantes de CGS&H.
3.- Puntualizar si el gobierno nacional
ha efectuado el pago de sus emolumentos profesionales al special master Daniel
Pollack, designado por el juez del Segundo Distrito Sur de Nueva York
(Manhattan), Mr. Thomas Poole Griesa, en el marco del caso: NML Capital v.
Republic of Argentina, 08-cv-6978. En caso afirmativo, acreditar monto
erogado.
4.- Remitir un listado actualizado de la
totalidad de las causas y controversias que tramiten ante tribunales judiciales
extranjeros o internacionales, en los cuales las República Argentina sea parte,
adjuntando una breve reseña del estado procesal de las actuaciones y
puntualizando de qué modo se ejercita la supervisión y ejecución de la estrategia
de defensa de los intereses de la Nación. Al respecto, distinguir entre todas las
demandas que se hubieran planteado con motivo de la deuda soberana argentina;
los juicios de relevante significación económica (Resoluciones PTN 2/2000,
40/2001, 23/2003, 73/2007); otros juicios ante tribunales internacionales o
extranjeros.
5.- Siendo que bajo la dirección del
Procurador del Tesoro de la Nación, se representa a la República Argentina en
todos los casos arbitrales iniciados ante el Centro Internacional de Arreglo de
Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), o bajo las reglas del Reglamento de
Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil
Internacional (UNCITRAL) y también se interviene en los arbitrajes que tramitan
ante la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional
(CCI), remitir una nómina de procesos arbitrales actualmente en trámite con
sinopsis del estado de cada una de las causas y puntualizando de qué modo se
ejercita la supervisión y ejecución de la estrategia de defensa de los intereses de la
Nación (Decreto 965/2003, Resoluciones PTN 2/2001, 61/2003, 965/2003).
6.- En relación a la Dirección Nacional
de Asuntos y Controversias Internacionales referir la cantidad de dictámenes
emitidos durante los años 2007 a la actualidad sobre asuntos de Derecho
Internacional Público y Privado, y especificar de qué modo ha tomado intervención
en los asuntos que ingresaron, en idéntico plazo, a la Procuración del Tesoro de la
Nación que involucran cuestiones de derecho internacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Dirigimos el presente pedido de
informes conforme a la Ley 24.667, dado que el Procurador del Tesoro de la
Nación, depende directamente del Presidente de la Nación. Tiene jerarquía
equivalente a la de los Ministros del Poder Ejecutivo y ejerce sus competencias con
independencia técnica.
Siendo sus competencias y funciones:
1- Brindar asesoramiento jurídico al Poder Ejecutivo Nacional y organismos
dependientes. 2- Asumir la representación y defensa del Estado Nacional en juicio;
Dirigir al Cuerpo de Abogados del Estado. 3- Instruir investigaciones y sumarios
administrativos en los casos previstos por el ordenamiento jurídico y cuando así lo
disponga el Poder Ejecutivo. 4- Registrar y auditar los juicios en los que el Estado
Nacional sea parte. 5- Atender las necesidades de capacitación superior del Cuerpo
de Abogados del Estado.
Motiva este pedido de informes que
existirían pagos, presuntamente abultados y no informados, para los abogados
que representan a la Argentina, ya que no se difunden cifras oficiales, pero en los
últimos dos meses habrían facturado más de un millón de dólares por 14 jornadas,
aunque perdieron en todas las instancias judiciales.
A modo de contraste, el Banco
Central de la República Argentina difunde en su página web los pagos de los
estudios que contrata en el extranjero.
Además, no puede soslayarse que se
requiere un fuerte control para garantizar que las horas de trabajo facturadas por
los representantes legales a sus contratantes se correspondan con el tiempo
dedicado a la tarea.
En el caso del gobierno argentino, la
falta de transparencia en el contrato con el estudio Cleary Gottlieb Steen &
Hamilton LLP (CGS&H), a cargo del caso que perdió la Argentina en todas las
instancias legales de la Justicia norteamericana por la deuda reclamada por los
acreedores que no ingresaron a los canjes de 2005 y 2010, despierta fuertes
sospechas sobre un negocio que distintas fuentes estiman como
multimillonario.
El virtual secreto de Estado que
protege esta erogación pública se basa en el Decreto 749/2002, firmado por el ex
presidente Eduardo Duhalde y el ex ministro de Economía Roberto Lavagna que
delegó la facultad de representar al Estado -y contratar los servicios legales
necesarios- en la Procuración del Tesoro de la Nación. Un dato que contradice el
relato oficial, que intenta en todo momento diferenciarse de las gestiones que lo
antecedieron. El ciclo actual - iniciado en 2003 - mantuvo el contrato con el
estudio CGS&H, que se inició con el citado decreto. Más aún, este mismo
instrumento legal detalla en sus considerandos que el despacho jurídico se encargó
de la reestructuración de la deuda a través del Plan Brady, durante la gestión del
ex presidente Carlos Menem, al justificar la conveniencia de la elección.
Ya en el decreto de 2002, se
adjuntaba el contrato con el estudio legal y se indicó que los abogados senior
cobrarían hasta US$ 625 por hora. Sin embargo, distintas fuentes con experiencia
de litigio en el exterior indicaron que esta suma asciende en la actualidad, al
menos, a 800 dólares más los gastos, que también se facturan al cliente, como
viáticos y comidas. Las estimaciones más altas apuntan a 1.500 dólares por hora
de asesoramiento legal. Desde 2002, el Estado no realizó ninguna publicación
sobre los nuevos contratos que se firmaron con el estudio, amparado en la
delegación de la responsabilidad en la Procuración del Tesoro que, a su vez, se
basó en las competencias que cedió el Congreso al Ejecutivo desde la crisis de
2001.
La excepcionalidad que rodea el
contrato por los juicios de de la deuda con los fondos NML Elliott y Aurelius Capital,
entre otros, queda en evidencia por el modo en que maneja esta misma
información el Banco Central en los casos por pedidos de embargos de los
holdouts. La entidad pública informa cada pago realizado como contratación
directa en la tercera sección del Boletín Oficial.
De allí, el blog Eliminando Variables
realizó un relevamiento de los pagos del Central al estudio CGS&H, por servicios de
asistencia legal: entre 2008 y 2012, la autoridad monetaria argentina abonó US$
2.127.814,50. Si se toman los datos de las 33 contrataciones directas de servicios
legales en el exterior, realizadas por el BCRA entre 2008 y 2013, que incluye otros
estudios, el total se eleva a más de 22 millones. Sin duda, la facturación por el
caso a cargo de la Procuración del Tesoro en la contienda con los buitres debería
ser muy superior a esta cifra.
En base a precios de referencia
provistos por abogados con experiencia en litigios internacionales, el diario Perfil
pudo estimar que desde la primera audiencia ante el juez del Segundo Distrito de
Nueva York, Mr. Thomas Poole Griesa, tras la negativa de la Corte Suprema
norteamericana a revisar el caso, el pasado 18 de junio, el país ya gastó más de
US$ 1,1 millón en costas. Esta suma resulta de multiplicar las 14 jornadas de
trabajo por 80 mil dólares, una estimación conservadora sobre la cantidad de
horas que se facturarían para la preparación de cada audiencia con el juez o
instancia de mediación con su representante, el abogado Daniel Pollack.
Sin embargo, la facturación final, que
el país debe abonar trimestralmente, alcanzaría un número mucho más abultado,
porque los abogados de CGS&H y sus asistentes dedican muchas horas de trabajo
al asesoramiento del Gobierno para cada paso que da en el frente interno, como la
presentación del proyecto de ley sobre "pago local soberano", enviado a este
Congreso la semana pasada. Entre los funcionarios de carrera del Ministerio de
Economía, hay un comentario frecuente sobre el estudio de abogados: sería el
único dispuesto a aceptar las marchas y contramarchas del Gobierno. A diferencia
de otros, el tiempo facturado juega gananciosamente a su favor.
Por todo lo expuesto, solicito el
acompañamiento de mis pares a fin de aprobar esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |