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PROYECTO DE TP


Expediente 6517-D-2014
Sumario: ORTODONCIA CUANDO LAS ANOMALIAS EN LAS ESTRUCTURAS DENTOMAXILOFACIALES DEL PACIENTE INTERFIERAN EN LA CORRECTA DICCION O DETERMINEN PROBLEMAS RESPIRATORIOS: INCORPORACION DE SU COBERTURA AL PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO (PMO).
Fecha: 21/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 106
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1: Incorpórese en el Programa Médi- co Obligatorio (P.M.O.) vigente, la cobertura de ortodoncia cuando las anomalías en las estructuras dentomaxilofaciales del paciente interfieran en la correcta dicción o determi- nen problemas respiratorios.
Artículo 2: Quedan incluidas en la presente Ley, las Obras sociales enmarcadas en las Leyes 23.660, 23.661 y 24.754, la obra social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las universidades, así como también todos aquellos agentes que brinden ser- vicios médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean.
Artículo 3: El incumplimiento de lo estableci- do en el artículo 1º, hará pasible de aplicación de las sanciones comprendidas en el artícu- lo 28 de la Ley 23.660.
Artículo 4: Autorícese al Poder Ejecutivo de la Nación a distribuir las partidas presupuestarias que fije el Ministerio de Salud de la Nación como Autoridad de Aplicación, para el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley.
Artículo 5: La presente Ley entrará en vigen- cia a los 90 (noventa) días de su promulgación, plazo dispuesto para su reglamenta- ción.
Artículo 6: Comuníquese al Poder Ejecuti- vo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ortodoncia como especialidad de la Odon- tología que se encarga del estudio, prevención, diagnóstico y tratamiento de las anomalías de forma, posición, relación y función de las estructuras dentomaxilofaciales, no se en- cuentra incluida en la Cobertura Médica Obligatoria, porque se la relaciona vilmente, con una cuestión estética.
Sin embargo, muchas veces las anomalías en las estructuras dentomaxilofaciales de un paciente, interfieran en la dicción o determina problemas respiratorios, incide en el debilitamiento de dientes por mayor exigencia en el uso y movimiento e inclinación de otros que pueden derivar en posible pérdida, entre otros factores.
Entre las alteraciones más comunes se en- cuentran: Prognatismo (posición adelantada del hueso o de los dientes), Retrognatismo (posición retrasada del hueso o de los dientes), Mordida abierta (Cuando al conectar los dientes superiores contra los inferiores queda un espacio entre ambos, dificultando el se- llado de los labios), Mordida cruzada (colapso del maxilar superior o por el prognatismo mandibular lo cual causa que el maxilar superior quede dentro del maxilar inferior), Mordi- da borde a borde, Diastemas (espacios de separación entre los dientes y que en condicio- nes de normalidad, en una persona adulta no debería existir), Mordida cubierta, Colapso (estrechamiento que se puede presentar tanto en el maxilar como en la mandíbula, lo que provoca que no exista espacio suficiente para albergar correctamente a todos los dien- tes)
Solo del 4 a 8 por ciento realiza los trata- mientos necesarios de ortodoncia por razones económicas.
Los profesionales pertenecientes al Ministerio de Salud de la provincia de Catamarca advirtieron que ocho de cada diez niños requieren ortodoncia antes de los doce años.
Las obras sociales son conscientes de que muchos pacientes -en especial los niños- necesitan este tipo de tratamientos, por eso nunca fue incorporado como un derecho a la Salud en el Plan Médico Obligatorio, lo que genera una clara injusticia social, por el alto costo que presumen.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares el acompañamiento y el pronto tratamiento del presente proyecto
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CACERES, EDUARDO AUGUSTO SAN JUAN UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA